Decisión nº PJ0322007000013 de Tribunal Quinto de Control de Yaracuy, de 23 de Enero de 2007

Fecha de Resolución23 de Enero de 2007
EmisorTribunal Quinto de Control
PonenteLedis Beatriz Pacheco de Perez
ProcedimientoAuto Acordando Solicitud

acordadaASUNTO : UP01-S-2003-002481

Corresponde al Tribunal Quinto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control, emitir nuevamente solicitud de pronunciamiento respecto de la solicitud interpuesta por la Ciudadana;: B.B.D.M. mediante la cual solicita se le acuerde OFICIAR al Tribunal de Ejecución de Medidas de los Municipios Sucre, La Trinidad, A.B., Bruzual, Urachiche, J.A.P., y Peña de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy a los fines de solicitar de ese Tribunal de Ejecución paralizar una medida de ejecución pautada originalmente para el día Doce (12) de Diciembre del 2006- en contra de la propiedad la ciudadana: BELKYS M.B.D.M., venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° 7.300.347 con Domicilio en Avenida Perimetral sur, entre calles 23 y avenida B.C. Nº 23-15 frente a la cancha Y.T.Y.M.P.E.Y.. Este Tribunal acordó la Medida de Protección de la ciudadana Belkys M.B.d.M., y solicitó la paralización de la medida de ejecución en contra de la propiedad de la ciudadana antes identificada y que guarda relación con asunto cursa en este despacho Tribunal de Control Nº 5, causa UPO1- S- 2003- 2481, en el cual la mencionada ciudadana es victima de ESTAFA CONTINUADA, EXTORSION, USURA Y FORJAMIENTO DE DOCUMENTO PUBLICO, tomando en consideración que existe prejudicialidad que esta pendiente en la presente causa. Artículo 35 Código Orgánico Procesal Penal y que toma en consideración la solicitud y analizadas las circunstancias que motivaron la solicitud las cuales constituyen, a criterio de quien aquí decide, sucesos de carácter grave, en virtud, de que el tipo de medida menoscaba el derecho de la ciudadana: BELKYS M.D.M. y los derechos constitucionales de la mencionada ciudadana que de conformidad con los artículos 26, y 55 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela este Juzgado considera procedente y ajustado a derecho acordar y solicitar al Juzgado de Ejecución de medidas de los Municipios; Sucre, La Régimen Procesal Transitorio. T.A.B., Bruzual, Urachiche, J.A.P. y Peña del por la vía judicial penal los juicios que cursan por ante este despacho. Solicito mantener la paralización de la misma de por todo lo antes expuesto este Juzgado Quinto de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LALEY solicita al Tribunal de Ejecución de Medidas con sede en San Pablo a objeto de mantener la paralización de la medida de Ejecución fijada en tanto no sea resuelto `por este Tribunal de Control Nº 5 los delitos llevados por ante este despacho y en el cual la ciudadana; BELKYS M.B.D.M., aparece como víctima de los delitos de Estafa continuada, extorsión, usura y forjamiento de documento público y paralizar el cumplimiento de dicha medida hasta tanto no se haya dilucidado . Regístrese, diarícese, publíquese, notifíquese a las partes, remitir los oficios y copia de la decisión de fecha 15-12-06 al Tribunal de Ejecución de Medidas. correspondiente.

JUEZ DE CONTROL N° 5

Abg. L.B.P.d.P.

LA SECRETARIA,

Abg C.Z.d.D.

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