Sentencia nº 392 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Plena de 2 de Marzo de 2016

Fecha de Resolución 2 de Marzo de 2016
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala Plena
PonenteJuzgado de Sustanciación
ProcedimientoRecepción de Antecedentes e Informes

Numero : 392 N° Expediente : 2016-000009 Fecha: 02/03/2016 Procedimiento:

Recepción de Antecedentes e Informes

Partes:

La ciudadana R.O., asistida por el abogado A.C.F., actuando en su condición de candidata por la "Mesa de la Unidad Democrática" a diputada por el circuito 2 del estado Guárico, interpone recurso contencioso electoral contra las votaciones efectuadas en cincuenta y seis (56) mesas electorales y sus respectivas actas de escrutinios, así como contra los respectivos Actos de totalización, adjudicación y proclamación, emitidos todos con ocasión del proceso de votación efectuado el día 6 de diciembre de 2015.

Decisión:

Por recibido en esta misma fecha escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente recurso contencioso electoral, así como los antecedentes administrativos, suscrito por los abogados M.E.P.V. y C.C.U., inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 52.044 y 90.583, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del C.N.E., se acuerda agregar al expediente judicial el respectivo informe así como los recaudos que acompañó al escrito, por contener antecedentes administrativos relacionados con el caso.

Ponente:

Juzgado de Sustanciación ----VLEX----

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 02 de marzo de 2016

205º y 157º

Por recibido en esta misma fecha escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente recurso contencioso electoral, así como los antecedentes administrativos, suscrito por los abogados M.E.P.V. y C.C.U., inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 52.044 y 90.583, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del C.N.E., se acuerda agregar al expediente judicial el respectivo informe así como los recaudos que acompañó al escrito, por contener antecedentes administrativos relacionados con el caso.

La Presidenta,

I.M.A. IZAGUIRRE

La Secretaria (E),

INTIANA L.P.

Exp. AA70-E-2016-000009

IMAI/ilp/mj

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