Decisión de Tribunal Primero de Juicio del Trabajo de Anzoategui (Extensión Barcelona), de 10 de Mayo de 2012
Fecha de Resolución | 10 de Mayo de 2012 |
Emisor | Tribunal Primero de Juicio del Trabajo |
Ponente | MarÃa Chavez |
Procedimiento | Amparo Constitucional |
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diez de mayo de dos mil doce
202º y 153º
ASUNTO: BP02-O-2012-000054
Se contrae el presente asunto a recurso de a.c. interpuesto por el ciudadano J.L.S.R., inscrito en el Inpreabogado bajo el número 57.891, actuando en su propio nombre, solicitando la ejecución de la providencia administrativa número 389-11, que declaró con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos presentada por su persona por la conducta omisiva y por la violación flagrante de sus derechos infringidos por parte del SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT) Aduana de Guanta, que estaba laborando por un lapso de dieciséis años y dos meses y estando protegido por inamovilidad laboral por poseer tres fueros, uno por Decreto Presidencial, otro por ser delegado prevención ante el INPSASEL y por último el fuero paternal por haber tenido lugar el nacimiento de su hijo en fecha 31 de julio del 2004, por lo que aperturado el proceso de multa por la actitud incumplidora del SENIAT en su negativa de acatarla, solicita que se declare la ejecución de la providencia administrativa número 389-11.
Recibido el recurso en el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial en fecha 27 de abril del presente año, en fecha 30 de abril declara su inhibición en el conocimiento de la acción, en conformidad con el artículo 82, numeral 15 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto había decidido improcedente en limine litis otro recurso fundamentado en los mismos hechos, remitiendo la causa a este tribunal.
Ahora bien, a los fines de su admisión, advierte este juzgado por notoriedad judicial que se está tramitando la causa BP02-N-2012-000074, cuyo recurso de nulidad fue interpuesto por el SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT), en el cual se abrió un cuaderno de medidas, acordándose la medida cautelar innominada solicitada por el ente tributario, que consiste en la suspensión de los efectos de la providencia 389-11 que hoy pretende el quejoso ejecutar, lo cual se subsume al supuesto establecido en el numeral “1)” del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales que es del tenor siguiente: Artículo 6. No se admitirá la acción de amparo:
1) Cuando hayan cesado la violación o amenaza de algún derecho o garantía que hubiesen podido causarla;
2) Omissis…
Por todas las consideraciones anteriores, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, actuando en sede constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción de A.C. interpuesta por el ciudadano J.L.S.R. contra el SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT), antes identificados, de conformidad con el artículo 6, ordinal “1” de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales-.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en Barcelona a los diez (10) días del mes de mayo del año dos mil doce (2012). Años 202° de Independencia y 153° de la Federación.-
La Juez,
M.A.C.R.
La Secretaria,
Abg. Z.L.
Nota: Publicada en su fecha a las diez y cincuenta y nueve de la mañana.
La Secretaria,
Z.L.