Sentencia nº 161 de Tribunal Supremo de Justicia - Sala Electoral de 30 de Julio de 2015

Fecha de Resolución30 de Julio de 2015
EmisorSala Electoral
PonenteJuan José Núñez Calderón

Numero : 161 N° Expediente : 2015-000078 Fecha: 30/07/2015 Procedimiento:

Acción de Amparo

Partes:

Los ciudadanos L.R.S., R.A.L. y la abogada C.C., titulares de la cédula de identidad Nos. 1.853.999, 3.354.271 y N° 3.551.757, respectivamente, la última inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 73.407, quien actúa en nombre propio y asistiendo a los dos primeros, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar contra la Comisión Electoral de la Asociación de Jubilados y Pensionados del Ministerio de Poder Popular para el Transporte Terrestre y Obras Públicas, respecto al proceso electoral para elegir a los miembros de la Junta Directiva de la referida asociación civil, cuyo acto se votación se fijó para el 29 de junio de 2015.

Decisión:

la Sala declaró improcedente lo solicitado por la parte accionada en el sentido que “…se difiera la audiencia …”, que “…se paralice la causa…” y se ordene “…la reposición de esta causa al estado de admisión…”. Así se declara.

Ponente:

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