Decisión de Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil sede en Puerto Ordaz de Bolivar (Extensión Puerto Ordaz), de 27 de Junio de 2013

Fecha de Resolución27 de Junio de 2013
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil sede en Puerto Ordaz
PonenteJosé Sarache Marín
ProcedimientoQuerella Interdictal De Restitución Por Despojo

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR.

COMPETENCIA CIVIL.

QUERELLANTE: C.M. PALENCIA G., venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-8.132.088, domiciliada en Barinas, Estado Barinas, abogada en ejercicio inscrita en el I.P.S.A bajo el Nro. 28.014.

APODERADOS JUDICIALES: SUAREZ INFANTE A.A., B.B.S.M., ZURIMA J.F. DIAZ Y WIDO MARRELLI FONTANA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 65.398, 30.663, 21.688 y 23.673.

QUERELLADOS: ELIANTA M.S.S. y V.P., venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-13.156.033 y V-4.034.425, respectivamente, domiciliadas en S.E.d.U., Estado Bolívar.

SIN APODERADO JUDICIAL CONSTITUIDO.

JUICIO: QUERELLA INTERDICTAL DE RESTITUCION POR DESPOJO A LA POSESION.

EXPEDIENTE Nº 43.173.

Se observa que mediante diligencia de fecha 14 de Junio del año 2013, comparece ante este Tribunal la co-demandada V.P., plenamente identificada en autos, debidamente asistida por el abogado en ejercicio O.P., inscrito en el I.P.S.A bajo el Nro. 82.942, en la cual consiga Copia Simple de la Gaceta Municipal Nro. 2.437 de fecha 29/05/2013, contentiva a la Resolución Nro. 148-2013, emanada de la Alcaldía del Municipio Sifontes del Estado Bolívar, de la cual se puede extraer lo siguiente:

… RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: Otorgar a la Gran Misión Vivienda Venezuela, para la construcción de Cuarenta (40) viviendas, un lote de terreno ejidos municipales bajo la modalidad de ejecución inmediata que requiere la obra, equivalente a Dos Hectáreas con Seiscientos Dos metros y Ocho Centímetros (2ha con 0602,08 m2), ubicado en el sector Cerro Amoretti, parroquia San Isidro , Jurisdicción del Municipio Sifontes del Estado Bolívar; cuyos linderos son los siguientes NORTE : Casa y solar de E.A.; SUR: Caseríos; ESTE: Troncal 10 y OESTE: Terrenos Municipales. ARTICULO SEGUNDO: Visto que no existe dentro del sistema de Base de Datos Catastrales ninguna solicitud sobre el lote de terreno, lo que implica que no existe relación arrendaticia entre la Municipalidad y algún particular que ostente un mejor derecho que el mismo Municipio sobre el lote ejidos; se resuelve notificar por prensa a cualquier interesado que pueda sentirse perjudicado con lo decidido mediante la presente resolución, a fin de iniciar el procedimiento administrativo correspondiente. ARTICULO TERCERO: Considerando la importancia y premura para la ejecución de este proyecto habitacional que el gobierno bolivariano nacional esta brindando al país, en este oportunidad a la población de la parroquia San I.d.M.S. del estado Bolívar; este ejecutivo Municipal procede a otorgar dicho lote de terreno antes descrito bajo la modalidad antes indicada; así como notificar a todos los organismos involucrados dentro del procedimiento administrativo de desafectación de bienes pertenecientes al Municipio, para que emitan opinión, aprueben y den visto bueno relativo a la definitiva donación del lote de terreno ejidos municipales en cumplimiento a la Ordenanza de Ejidos y Otros Terrenos Municipales, en atención al escrito signado con el Nº 0010/2013, de fecha 21 de Marzo de 2013…

Por cuanto de la revisión de la presente causa se observa que la presente acción judicial de QUERELLA INTERDICTAL DE RESTITUCION POR DESPOJO A LA POSESION, donde aparece como actor la ciudadana C.M. PALENCIA G y como demandadas las ciudadanas ELIANTA M.S.S. y V.P., siendo que entre otras cosas el objeto de la pretensión es la restitución de la posesión del inmueble ubicado en el km 87+ 200 aproximadamente en la carrera El Dorado- S.E.d.U., de la población de SAN ISIDRO, las Claritas, km 88, Municipio Tumeremo del Estado Bolívar, cuyas medidas y linderos son las siguientes: Norte: con mejoras que son o fueron de J.G.; Sur: Con mejoras que son o fueron de S.M.F.; Este: Que es su frente, con el margen derecho de la carretera nacional que conduce desde el Dorado a S.E.d.U.; y por el Oeste: Que es su fondo, pasando el Caño, con las Guayas de Electricidad de la Sub- Estación Macagua- S.E..

Ahora bien considera este Tribunal que en virtud que la alcaldía del municipio sifontes destino dicho terreno a la misión vivienda, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana y por autoridad de la ley conforme a los artículos 26, 49 numeral 1ro, 253 y 257 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, DECRETA LA SUSPENSION DE LA PRESENTE CAUSA EN EL ESTADO EN QUE SE ENCUENTRA, INSTANDO A LAS PARTES A ACUDIR A LA VIA ADMINISTRATIVA A EFECTUAR EL PROCEDIMIENTO RESPECTIVO, y una vez obtenidas las resultas correspondientes, sean consignadas las mismas ante este Tribunal a fines de la continuidad o no de este proceso, y así expresamente se decide. Asimismo se suspende la medida de secuestro decretada por este Tribunal en fecha 19/02/2013, y materializada por el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Roscio, Sifontes, El Callao y Gran Sabana del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en fecha 10/04/2013, ordenándose librar oficio a la depositaria judicial ciudadano A.C.H., venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nro. V- 24.702.516, y a la ALCALDIA DEL MUNICIPIO SIFONTES DEL ESTADO BOLIVAR acompañándose copia certificada de este auto, se ordena la notificación de las parte actora y la co-demandada V.P., por ser la que se encuentra a derecho. Ofíciese y líbrese las respectivas Boletas de Notificación.- PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISIÓN EN EL TRIBUNAL.

DADA FIRMADA Y SELLADA EN LA SALA DE DESPACHO DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y AGRARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, EN PUERTO ORDAZ, A LOS VEINTISIETE (27) DIAS DEL MES DE JUNIO DEL DOS MIL TRECE (2.013). AÑOS: 203º DE LA INDEPENDENCIA Y 154º DE LA FEDERACION.

EL JUEZ PROVISORIO

ABG. J.S.M.

EL SECRETARIO

ABG. J.J.C.

En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.

EL SECRETARIO,

ABG. J.J.C.

JSM/jc/eloisa

EXP. Nº 43.173

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR