Decisión nº PJ0082013000091 de Juzgado Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de Caracas, de 6 de Junio de 2013

Fecha de Resolución 6 de Junio de 2013
EmisorJuzgado Superior Octavo de lo Contencioso Tributario
PonenteDoris I. Gandica
ProcedimientoRecurso Contencioso Tributario

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción

Judicial del Área Metropolitana de Caracas

Caracas, 6 de junio de 2013

203º y 154º

Asunto No. AP41-U-2012-000627

Sentencia Interlocutoria No. PJ0082013000091

Visto el escrito presentado ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de los Tribunales Superiores de lo Contencioso Tributarios del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 27 de mayo de 2013, por la abogada O.O.A., inscrita en el INPREABOGADO bajo el No. 18.424, actuando en su carácter de apoderada judicial de la contribuyente “CNPC SERVICES VENEZUELA LTD, S.A.”, mediante el cual promovió la siguiente prueba: documentales; este Tribunal por cuanto no son manifiestamente ilegales ni impertinentes, admite en cuanto ha lugar en derecho salvo su apreciación en la definitiva.

CAPITULO I DOCUMENTALES: De conformidad con lo establecido en el artículo 269 del Código Orgánico Tributario y 429 del Código de Procedimiento Civil, aplicable supletoriamente a los procedimientos contenciosos tributarios, a tenor de lo dispuesto en el artículo 332 del primero de los códigos mencionados. Las documentales acompañadas al escrito de promoción de pruebas presentado por la representación judicial de la empresa recurrente, fueron agregadas a los autos.

De la presente decisión se oirá apelación, en un solo efecto, conforme a lo previsto en el Parágrafo Único del artículo 270 del Código Orgánico Tributario

La Jueza Superior Titular

Dra. D.I.G.A.

La Secretario Accidental

Abighey C.D.G.

Asunto: AP41-U-2012-000627

DIGA/acdg/jg

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