Decisión nº INTERLOCUTORIA-30 de Juzgado Superior Primero de lo Contencioso Tributario de Caracas, de 6 de Abril de 2010

Fecha de Resolución 6 de Abril de 2010
EmisorJuzgado Superior Primero de lo Contencioso Tributario
PonenteJavier Sanchez Aullon
ProcedimientoAdmision

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas

Caracas, 6 de Abril de 2010

199º y 151º

ASUNTO N° AP41-U-2009-000184.- INTERLOCUTORIA Nº 30.-

Visto el Recurso Contencioso Tributario interpuesto subsidiariamente al Recurso Jerárquico ejercido en fecha catorce (14) de Diciembre de 2006, por ante la División Jurídico Tributaria de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), por el ciudadano MAN YIU LEUNG, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 12.054.547, actuando en su carácter de Representante Legal de la contribuyente “COMERCIAL CONNIE, C.A.”, debidamente asistido por el ciudadano F.L.R., inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 19.827, en contra la Resolución N° SNAT/INTI/GRTI/RCA/DJT/CRA/2007-000286 de fecha treinta (30) de Julio de 2007, emanada de la Gerencia Regional supra mencionada que declaró SIN LUGAR dicho Recurso Jerárquico y en consecuencia confirmó el acto administrativo contenido en la Resolución N° 7151 (decisiones desde la 1/20 hasta la 20/20) de fecha diez (10) de Marzo de 2006, contenidas en las Planillas de Liquidación que se señalan a continuación:

Planillas de Liquidación N° Período Fecha Unidades Tributarias

01-10-01-2-26-003605

01-09-04 al 30-09-2004 10-03-2006 145

01-10-01-2-26-003606 01-11-03 al 30-11- 2003 10-03-2006 62

01-10-01-2-26-003607 01-12-03 al 31-12-2003 10-03-2006 59

01-10-01-2-26-003608 01-07-04 al 31-07-2004 10-03-2006 58,5

01-10-01-2-26-003609 01-08-04 al 31-08-2004 10-03-2006 57

01-10-01-2-26-003610 01-10-03 al 31-10-2004 10-03-2006 55

01-10-01-2-26-003611 01-06-04 al 30-06-2004 10-03-2006 54

01-10-01-2-26-003612 01-07-03 al 31-07-2003 10-03-2006 53

01-10-01-2-26-003613 01-09-03 al 30-09-2003 10-03-2006 51

01-10-01-2-26-003614 01-03-04 al 31-03-2003 10-03-2006 50,5

01-10-01-2-26-003615 01-08-03 al 31-08-2003 10-03-2006 50

01-10-01-2-26-003616 01-05-04 al 31-05-2004 10-03-2006 49

01-10-01-2-26-003617 01-06-03 al 30-06-2003 10-03-2006 47

01-10-01-2-26-003618 01-01-04 al 31-01-2004 10-03-2006 44

01-10-01-2-26-003619 01-02-04 al 29-02-2004 10-03-2006 43,5

01-10-01-2-26-003620 01-04-04 al 30-04-2004 10-03-2006 43

01-10-01-2-26-003621 01-05-03 al 31-05-2004 10-03-2006 38,5

01-10-01-2-26-003622 01-04-03 al 31-05-2003 10-03-2006 37

01-10-01-2-25-000295 01-11-04 al 30-11-2004 10-03-2006 12,5

Por un monto total de 1009,5 Unidades Tributarias. Estando las partes a derecho y siendo la oportunidad procesal correspondiente para admitir o no el presente Recurso Contencioso Tributario, el Tribunal observa que se encuentran llenos los requisitos establecidos en el Código Orgánico Tributario vigente en sus artículos 259, 260, 261, 262 y 266, a saber: se trata de actos administrativos recurribles en la vía jurisdiccional, impugnados por ante la autoridad competente, dentro del lapso legal, mediante escrito en el cual se funda y consta la cualidad y el interés del recurrente, así como también queda demostrada la legitimidad de la persona que se presenta como representante del contribuyente y no consta en autos oposición alguna, este Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario ADMITE dicho Recurso Contencioso Tributario, en cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, procédase a su tramitación y sustanciación de conformidad con los artículos 267 y siguientes del Código Orgánico Tributario vigente, abriéndose la causa a pruebas a partir del primer (1º) día de Despacho siguiente al de hoy, visto que no hubo oposición alguna por parte de la Administración Tributaria. Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Órgano Jurisdiccional en Caracas, a los seis (06) días del mes de abril del año dos mil diez (2010). Años: 199° de la Independencia y 151° de la Federación.-

El Juez Provisorio,

Abg. J.S.A..- El Secretario,

Abg. F.J.E.G..-

ASUNTO N° AP41-U-2009-000184.-

JSA/marr.-

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR