Decisión nº PJ-010-2015-000137 de Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de Trujillo, de 21 de Septiembre de 2015

Fecha de Resolución21 de Septiembre de 2015
EmisorJuzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo
PonenteJesús David Peña
ProcedimientoRecurso Contencioso Administrativo De Nulidad

N° Expediente : TE11-G-2001-000001 N° Sentencia : PJ-010-2015-000137 Fecha: 21/09/2015 Procedimiento:

Recurso Contencioso Administrativo De Nulidad

Partes:

COMPAÑÍA ELECTRICIDAD DE LOS ANDES (CADELA) HOY CORPORACIÓN ELÉCTRICA NACIONAL (CORPOELEC) CONTRA EL ACTO ADMINISTRATIVO CONTENIDO DE LA P.A. NÚMERO 79, DE FECHA SIETE (07) DE DICIEMBRE DE DOS MIL (2000) EMANANDO POR LA INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO TRUJILLO

Resumen:

Se dictó sentencia interlocutoria en la que este Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara su INCOMPETENCIA para conocer, sustanciar el presente Recurso de Nulidad, interpuesto por el abogado R.M.V., inscrito en el I.P.S.A bajo el número 33.741, en su condición de Apoderado Judicial de la COMPAÑÍA ELECTRICIDAD DE LOS ANDES (CADELA) hoy CORPORACIÓN ELÉCTRICA NACIONAL (CORPOELEC) contra el acto administrativo contenido de la P.A. número 79, de fecha siete (07) de diciembre de dos mil (2000) emanando por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO TRUJILLO, y ORDENA su remisión a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Laboral de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo.

Juez/Ponente:

Jesús David Peña

Organo:

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