Decisión de Corte de Apelaciones de Anzoategui, de 26 de Marzo de 2012

Fecha de Resolución26 de Marzo de 2012
EmisorCorte de Apelaciones
PonenteCesar Felipe Reyes Rojas
ProcedimientoDeclara Sin Lugar

N° Expediente : BP01-R-2011-000152 N° Sentencia : Fecha: 26/03/2012 Procedimiento:

Declara Sin Lugar

Partes:

ABOGADO A.R.S., EN SU CONDICIÓN DE DEFENSOR DE CONFIANZA DEL CIUDADANO N.E.C.A., TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº 14.432.661, CONTRA LA DECISIÓN DICTADA EN FECHA 24 DE SEPTIEMBRE DE 2011, POR EL TRIBUNAL DE CONTROL Nº 04 DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL PENAL, MEDIANTE EL CUAL DECRETÓ MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD EN CONTRA DEL CIUDADANO UT SUPRA MENCIONADO, POR LA PRESUNTA COMISIÓN DE LOS DELITOS DE ROBO AGRAVADO, ROBO DE VEHÍCULO, AGAVILLAMIEN

Resumen:

Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley Declara SIN LUGAR los Recurso de Apelación interpuesto por el abogado A.R.S., en su condición de Defensor de Confianza del ciudadano N.E.C.A., titular de la cédula de identidad Nº 14.432.661, contra la decisión dictada en fecha 24 de septiembre de 2011, por el Tribunal de Control Nº 04 de este Circuito Judicial Penal, mediante el cual decretó Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad en contra del ciudadano ut supra mencionado, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, ROBO DE VEHÍCULO, AGAVILLAMIENTO y PECULADO DE USO, previstos y sancionados en los artículos 458 del Código Penal, 5 de la Ley de Robo y Hurto de Vehículo, con las agravantes contempladas en el artículo 6 ordinales 1, 2, 3, 8 y 10; artículos 286 y 54 de la L.....

Juez/Ponente:

Cesar Felipe Reyes Rojas

Organo:

Corte de Apelaciones ----VLEX---- TSJ Regiones - Decisión .clase{ font-family:Times New Roman; font-size:13pt; } function centrar(width,height) { window.resizeTo(800,600); window.moveTo(Math.round(screen.width/2)-width/2,Math.round(screen.height/2)-height/2); }

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA PODER JUDICIAL Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui Barcelona, 26 de Marzo de 2012 201º y 153º ASUNTO PRINCIPAL: BP01-R-2011-000152 PONENTE: DR. C.F.R.R. Se recibieron recursos de apelación interpuestos el primero de ellos por el abogado A.R.S., en su condición de Defensor de Confianza del ciudadano N.E.C.A., titular de la cédula de identidad Nº 14.432.661, contra la decisión dictada en fecha 24 de septiembre de 2011, por el Tribunal de Control Nº 04 de este Circuito Judicial Penal, mediante el cual decretó Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad en contra del ciudadano ut supra mencionado, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, ROBO DE VEHÍCULO, AGAVILLAMIENTO y PECULADO DE USO, previstos y sancionados en los artículos 458 del Código Penal, 5 de la Ley de Robo y Hurto de Vehículo, con las agravantes contempladas en el artículo 6 ordinales 1, 2, 3, 8 y 10; artículos 286 y 54 de la Ley Contra la Corrupción y el segundo recurso igualmente por el Abogado A.R.S., en su carácter de defensor de confianza de los imputados C.A.R.Z., titular de la Cédula de Identidad Nº 20.632.880, J.L.P.P., titular de la Cédula de Identidad Nº 18.154.994 y C.E.S.R., titular de la Cédula de Identidad Nº 18.144.467, en contra de la decisión dictada por el Tribunal de Control Nº 03 de este Circuito Judicial Penal, en la celebración de la audiencia para oír a los imputados en fecha 26 de septiembre de 2011, en la cual decretó medida de privación judicial preventiva de libertad en contra de los ut supra mencionados imputados, por la comisión de los delitos de ROBO DE VEHÍCULO y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previstos y sancionados en el artículo 5 de la Ley de Robo y Hurto de Vehículo

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