Decisión nº DP31-L-2010-000365 de Tribunal Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo. sede La Victoria de Aragua, de 7 de Febrero de 2011

Fecha de Resolución 7 de Febrero de 2011
EmisorTribunal Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo. sede La Victoria
PonenteCesar Andrés Tenias
ProcedimientoCobro De Prestaciones Sociales

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN LA VICTORIA

La Victoria, siete (07) de febrero del dos mil once (2011)

200º y 151º

N° DE EXPEDIENTE:DP31-L-2010-000365

PARTE ACTORA: O.R. RIVERO RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-11.054.057

APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Procurador de los Trabajadores Abogado C.M., Inpreabogado Nº 101.022

PARTE DEMANDADA: CONSORCIO HORTOFRUTICOLA SARTENEJAS, C.A.

APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ABOGADO MALVIT ZARATE, Inpreabogado Nª 122.932

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día de hoy, lunes siete (07) de febrero del 2011, siendo las 10:00 a.m., oportunidad legal, día y hora fijada por este Tribunal a los fines de dar inicio a LA AUDIENCIA PRELIMINAR en la presente causa, se hizo el anuncio de Ley a las puertas del Tribunal y se declaro abierto el acto, compareciendo a la misma la parte actora Ciudadano O.R. RIVERO RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-11.054.057, asistido por el Procurador de los Trabajadores Abg. C.M., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 101.022, y por la parte demandada Sociedad Mercantil CONSORCIO HORTOFRUTICOLA SARTENEJAS, C.A., comparece su apoderado judicial Abg. MALVIT ZARATE, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 122.932. Ahora bien después de un largo debate conjuntamente con el Juez la representación legal de la parte demandada una vez revisada la pretensión del actor con la norma y hechos los arreglos en cuanto a la reclamación de Cobro de Prestaciones Sociales pendientes y en cumplimiento del llamado hecho por el ciudadano Juez para la búsqueda de la solución de la controversia informa al Tribunal que han llegado a un acuerdo transaccional que pone fin a la demanda planteada. En este estado la parte Demandada ofrece pagar al Demandante la cantidad de ONCE MIL BOLIVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 11.000,oo), mediante Cheque Nº 50944455, de fecha 19 de octubre de 2010, girado contra la cuenta corriente Nº 01050024961024283119 del BANCO MERCANTIL, por un monto de ONCE MIL BOLIVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 11.000,oo), a nombre del ciudadano O.R. RIVERO RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-11.054.057, pagadero en este mismo acto, OFRECIMIENTO este aceptado por la parte actora, con la finalidad de poner fin a la demanda que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES incoara el ciudadano O.R. RIVERO RODRIGUEZ, antes identificado contra la Sociedad Mercantil CONSORCIO HORTOFRUTICOLA SARTENEJAS, C.A. Ahora bien, el ciudadano Juez una vez vista la transacción planteada y oída la manifestación de aceptación por parte del ciudadano O.R. RIVERO RODRIGUEZ, ya identificada, y presenciada la entrega del cheque Nº Cheque Nº 50944455, de fecha 19 de octubre de 2010, girado contra la cuenta corriente Nº 01050024961024283119 del BANCO MERCANTIL, por un monto de ONCE MIL BOLIVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 11.000,oo, a nombre del ciudadano O.R. RIVERO RODRIGUEZ, ya identificada y dado que la misma no es contraria a derecho ni vulnera derechos laborales este TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÒN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO REGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN LA VICTORIA, le IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN, en consecuencia declara el carácter de cosa juzgada. Se ordena el cierre y archivo del expediente una vez hayan vencido los lapsos legales correspondientes y su posterior remisión al archivo judicial. Es Todo Terminó. Se leyó y conformes firman.

EL JUEZ PROVISORIO

ABG. CESAR TENIAS D.

POR LA PARTE ACTORA

POR LA PARTE DEMANDADA

EL SECRETARIO.

Abg. A.C.

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