Sentencia nº AMP-071 de Tribunal Supremo de Justicia - Sala Político Administrativa de 5 de Agosto de 2009

Fecha de Resolución 5 de Agosto de 2009
EmisorSala Político Administrativa
PonenteLevis Ignacio Zerpa
ProcedimientoAuto para mejor proveer

Caracas, 04 de agosto de 2009

199º y 150º

Mediante auto para mejor proveer N° 022 de fecha 04 de marzo de 2009, esta Sala ordenó oficiar a la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo para que dentro del lapso allí conferido remitiera el expediente administrativo original relacionado con el recurso de nulidad interpuesto por el abogado U.J.M.L., inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 36.921, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano F.A.M., titular de la cédula de identidad N° 3.008.316, contra el oficio de fecha 15 de octubre de 2002, emanado del CONSEJO DE APELACIONES DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA, mediante el cual se confirmó la decisión adoptada por el Consejo de la Facultad de Medicina en la sesión N° 33/00 del 21 de noviembre de 2000, que declaró la remoción del recurrente del cargo de Auxiliar Docente en la Escuela de Nutrición y Dietética de la Facultad de Medicina de la referida universidad.

Por oficio N° CSCA-2009-1746 del 05 de mayo de 2009, la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo remitió copia certificada del fallo objeto de consulta N° 2008-00072 dictado en fecha 25 de enero de 2008. No obstante la mencionada remisión, se observa que tal documento no aporta elementos suficientes para conocer a fondo el caso de autos dada la naturaleza de las denuncias que allí se ventilan.

En consecuencia, esta Sala ORDENA oficiar, por segunda vez, a la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, para que remita la totalidad del expediente administrativo original requerido, a cuyo efecto se le establece un lapso perentorio de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la notificación ordenada.

Publíquese, regístrese y notifíquese. Líbrese oficio. Cúmplase lo ordenado.

La Presidenta

EVELYN MARRERO ORTÍZ

La Vicepresidenta

Y.J.G.

Los Magistrados,

L.I. ZERPA

Ponente HADEL MOSTAFÁ PAOLINI

E.G.R.

La Secretaria,

S.Y.G.

En cinco (05) de agosto del año dos mil nueve, se publicó y registró el anterior auto para mejor proveer bajo el Nº 071.

La Secretaria,

S.Y.G.

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