Decisión nº Nº2049-2012 de Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de Lara (Extensión Barquisimeto), de 24 de Octubre de 2012
Fecha de Resolución | 24 de Octubre de 2012 |
Emisor | Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes |
Ponente | Lisbeth Leal Aguero |
Procedimiento | Colocación Familiar |
DEMANDANTE: CONTANZA C.C.F., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.565.452.
DEMANDADOS: J.A.M. y J.A.L.C., venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº V-11.434.897 y V-22.558.642, respectivamente.
BENEFICIARIA: IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, de diecisiete (17) años de edad.
Motivo: COLOCACIÓN FAMILIAR (Terminado)
En fecha 27 de abril de 2012, la ciudadana CONTANZA C.C.F., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.565.452, asistido por la abogada M.D.L.A.M., en su carácter de Fiscal Decimoquinta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Lara, actuando en beneficio de la adolescente, de diecisiete (17) años de edad, presentó demanda por Colocación Familiar, en contra de los ciudadanos J.A.M. y J.A.L.C., venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº V-11.434.897 y V-22.558.642, respectivamente, acompañó la presente causa con copia del acta de nacimiento de la beneficiaria y copia del acta suscrita ante la Fiscalia antes mencionada.
En fecha 04 de mayo de 2012, se admite la demanda, se ordena la notificación de los demandados.
Consta a los folios trece (13) y catorce (14), ambos inclusive, la consignación de las boletas de notificación debidamente firmada por la ciudadana J.A.L.C..
En fecha 19 de Septiembre de 2012, la Fiscal Decimoquinta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Lara, consigna acta en la cual las partes en llegan a un acuerdo.
DECISION
Este Tribunal en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, tomando en consideración lo expuesto por las partes en Juicio, se Declarar Terminado el procedimiento de COLOCACIÓN FAMILIAR incoado por la ciudadana CONTANZA C.C.F. en contra de los ciudadanos J.A.M. y J.A.L.C., ambos identificados en autos. En consecuencia dispone desincorporarlo del Archivo Ordinario, tómese nota y désele salida en los libros respectivos de este Despacho, devuélvanse los originales de los recaudos que cursen en autos, dejando en su defecto copia certificada de los mismos remítase al Archivo Judicial de esta Circunscripción Judicial, para su conservación y archivo definitivo, dese por terminado en el sistema Juris.
Regístrese y Publíquese.
Dada, sellada y firmada en el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. En Barquisimeto a los veinticuatro (24) días del mes septiembre de dos mil doce (2012).
La Juez Tercera de Mediación y Sustanciación
Abg. L.G.L. Agüero
La Secretaria,
Abg. Sailin Rodríguez
En esta misma fecha se registró bajo el Nº 2049-2012 y se publicó siendo las 01:28 p.m.
La Secretaria,
Abg. Sailin Rodríguez
LLA/SR/crismar.