Decisión de Tribunal Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo. sede La Victoria de Aragua, de 27 de Noviembre de 2007
Fecha de Resolución | 27 de Noviembre de 2007 |
Emisor | Tribunal Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo. sede La Victoria |
Ponente | Liliam Rosa Perez |
Procedimiento | Cobro De Prestaciones Sociales |
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
CON SEDE EN LA VICTORIA
La Victoria, 27 de noviembre de 2007
N° DE EXPEDIENTE: DP31- L-2007-000157
PARTE ACTORA: SATURNO MEJIAS C.I 8.586.53,
ABOGADO DE LA PARTE ACTORA: R.P. y G.G.I.N.. 120.708 Y 116.713
PARTE DEMANDADA: SOCIEDADES MERCANTIL COLECTIVOS GUAYAS (COLEGUAY C.A)
ABOGADO DE LA PARTE DEMANDADA: B.S. Inpreabogado Nº 55491
MOTIVO: PAGO DE PRESTACIONES SOCIALES
Visto el escrito de fecha 21 de noviembre de 2007, sucrito por el Abogado BELTAN SALAVE, Inpreabogado Nº 55.491, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, mediante la cual desiste de la tercería propuesta contra el ciudadano E.R., este Tribunal en uso de sus atribuciones, da por consumado el acto de desistimiento propuesta contra el ciudadano E.R., en consecuencia homologa el desistimiento presentado todo de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Ahora bien con respecto a la intervención forzada del ciudadano CORREIA DOS REIS J.A., titular de la cédula de identidad Nº 16.345.930, propuesta por la parte demandada, este JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN LA VICTORIA, de conformidad con el artículo 54 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, el artículo 54 y 334 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en uso de sus atribuciones, lo acuerda en consecuencia ordena la notificación del ciudadano CORREIA DOS REIS J.A., titular de la cédula de identidad Nº 16.345.930 en su condición de tercero, en la siguiente dirección: AVENIDA II, SECTOR II, CASA Nº 25, URBANIZACIÓN LAS MERCEDES, LA V.E.A., a fin que comparezca por ante el JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN LA VICTORIA, el DÉCIMO (10°) DÍA HÁBIL siguiente a que conste en autos la certificación del secretario de la última notificación que se haga, a las diez de la mañana (10:00 a.m.), a los efectos que tenga lugar la AUDIENCIA PRELIMINAR. Igualmente, se le hace saber a las partes que deberán consignar sus escritos de pruebas y elementos probatorios, en la oportunidad del inicio de la audiencia preliminar, a los fines de procurar la mediación. Líbrese Cartel de Notificación. Es todo.-
LA JUEZ,
DRA. L.P. SAAVEDRA.
LA SECRETARIA,
ABG. RHINNIA MARIÑO
LPS/rm/cg.-