Controlarán poder popular que administre fondos

La contraloría social adquiere rango legal y, en consecuencia, el poder popular estará sometido al escrutinio público. La máxima está en el proyecto de reforma de la Ley contra la Corrupción que debate la Asamblea Nacional. El poder popular, sólo por el hecho de que administrará recursos del Estado, tiene que ser controlado, afirmó Héctor Navarro PSUV, presidente de la Comisión de Contraloría del Parlamento. La fórmula que encontró el Legislativo para evitar que la contraloría social no terminara desplazando a la Contraloría General y, por ende, se constituyera en una oficina paralela fue incorporarla al Sistema Nacional de Control Fiscal, consagrada en la Ley de la Contraloría General de la República. En comunicaciones envia das al Parlamento, el fallecido contralor Clodosvaldo Russián se opuso a la figura del contralor social, en especial porque actuaba sin limitaciones y se temía que pudiera servir para generar más irregularidades, pues las personas pudiesen usar su cargo para chantajear y podrían actuar sin supervisión alguna. La diatriba fue resuelta, aun que en un foro realizado el jueves 30 de julio la contralora encargada Adelina González señaló que el país cuenta con una Constitución y leyes de avanzada para combatir el mal de la corrupción. Penas y penas. El Parlamento inició la consulta de la reforma de la Ley contra la Corrupción el martes 28 de junio con organismos públicos de los ministerios que velan por el buen manejo administrativo. En total, están pautadas 7 consultas en las regiones a partir del 15 de julio; luego se escucharán a los poderes Electoral y Moral. El proyecto de 105 artículos, una disposición derogatoria, una transitoria y 4 finales irá a segunda discusión a mediados de agosto. El presidente de la Comisión de Legislación de la Comisión de Contraloría, Jesús Montilla PSUV, aseguró que el fin de la norma es garantizar la probidad administrativa y para ello contará con nuevos artículos. Por ejemplo, los funcionarios estarán obligados a consignar ante la Contraloría General, además de una declaración jurada, dos requisitos más: un informe sobre el Impuesto sobre la Renta y de los ingresos adicionales obtenidos por los intereses generados en las cuentas de ahorros o...

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