Decisión nº PJ112006000055 de Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control de Portuguesa (Extensión Acarigua), de 20 de Enero de 2006

Fecha de Resolución20 de Enero de 2006
EmisorTribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control
PonenteJenny Mercedes Gonzalez Franquis
ProcedimientoOrden De Aprehension

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua

Acarigua, 20 de Enero de 2006

195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : PP11-P-2006-000101

ASUNTO : PP11-P-2006-000101

Visto el escrito interpuesto por el Fiscal Primero del Ministerio Público, Abg. M.R.C.M., así como los recaudos consignados, en la cual solicita sea decretada MEDIDA DE APREHENSIÓN, en contra de los ciudadanos: L.A.C.A., titular de la cedula de identidad N° 14.092.812, Venezolano, natural de Acarigua, Estado Portuguesa, nacido en fecha 29-06-1977, CORALBIS DE LAS M.E.C., titular de la Cedula de Identidad N° 15.339.252, Venezolana, natural de Acarigua, estado Portuguesa, nacida en fecha 24-09-1981, CORALIS DEL VALLE ESCOBAR CARMONA, titular de la Cedula de Identidad N° 16.414.870, Venezolana, natural de Acarigua, Estado Portuguesa, nacida en fecha 29-06-1977, C.A.E.C., titular de la Cedula de Identidad N° 18.799.097, Venezolano, natural de Acarigua, Estado Portuguesa, nacido en fecha 13-08-1985, W.A.H.S., titular de la Cedula de Identidad N° 22.105.223, Venezolano, natural de Acarigua, Estado Portuguesa, nacido en fecha 15-11-1977 y EUCARY M.G.V., titular de la cédula de identidad N°.19.903.985, Venezolana, natural de Acarigua, Estado Portuguesa, nacida en fecha 11-11-1987, por la presunta comisión del delito de SECUESTRO, previsto y sancionado en el artículo 460 primer aparte del Código Penal, en perjuicio del ciudadano C.H.R..-

En consecuencia a esta solicitud corresponde a esta juzgadora de conformidad con el primer aparte del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, establecer si concurren en el caso de autos los supuestos necesarios para imponer la privación judicial solicitada. Al efecto se pasan a determinar cada uno detalladamente.

El primer elemento a determinar es si existe un hecho punible que merezca pana privativa de libertad y cuya acción penal no se encuentre evidentemente prescrita.

En este sentido considera este juzgador que dicho elemento se encuentra plenamente demostrado en autos el delito ante señalado con los siguientes elementos:

RECEPCION TELEFONICA: llevadas por el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-delegación Acarigua, donde deja constancia que en el lapso comprendido entre las 07:30 horas de la mañana del día 02-12-05 hasta las 07:30 horas de la mañana del día 03-12-05, existe una que copiada textualmente dice: NUMERAL 39.- 17:05 hrs. RECEPCION TELEFONICA: ……Se recibe la misma de parte del ciudadano J.D.S.O., Gerente del Hotel Dallas, informando que al Restaurant de dicho Hotel, ubicado en la Avenida Vencedores de Araure, Araure, Estado Portuguesa, ingresaron dos personas utilizando armas de fuego, someten a los presentes y se llevan al ciudadano C.H., desconociendo mas datos al respecto..- Cursante al folio 01 del expediente.-

ACTA POLICIAL: suscrita en fecha 02-12-2005, por el funcionario Agente de Investigación II A.P., adscrito al Cuerpo Técnico de Policía Judicial, Sub-delegación de Acarigua,….. donde entre otras cosas deja constancia de lo siguiente: “….Iniciando la averiguación…..me trasladé …específicamente a la Tasca del Hotel Dallas Araure Estado Portuguesa, ….sostuvimos entrevista con los ciudadanos GARBI QUINTERO AMARILYS MASSIEL….DURAN ESCALONA M.C.…..y RIVAS P.M.……quienes nos informaron que hoy siendo aproximadamente las 04.40 horas de la tarde se presentaron dos jóvenes a dicho lugar, y luego de unos instantes dentro del local, sacaron a relucir armas de fuego ….logrando someter bajo amenazas de muerte a todos los presentes, para luego conducir a un cliente de nombre C.H., hasta un vehículo clase camioneta, marca Chevrolet, modelo Blazer, de color verde, que les hacia esperar en el estacionamiento……- Cursante al folio 05 del expediente.-

ACTA DE ENTREVISTA: de la ciudadana GARBI Q.A.M., en fecha 02-12-2005, quien entre otras cosas manifestó: “…Resulta que en horas de la tarde del día de hoy, Charli me llamó para que nos viéramos en la tasca del Motel Dallas, …..cuando llego a la tasca…..le digo para pagar el libre, el me dio el dinero se bajo de su carro y junto nos fuimos para adentro de la tasca…..pide dos tragos…..en ese momento llegó un sujeto y se sentó en la barra, pidiendo una cerveza solera, luego él se para y llegaron dos sujetos mas y dijeron que era un asalto, le quitan la cartera a la señora que estaba al lado de nosotros, a mi también y se llevan a Charli, apuntándolo con armas de fuego, en una camioneta Blazer de Color Verde……..- Cursante a los folios 7 y 8.-

ACTA DE ENTREVISTA: de la ciudadana DURAN ESCALONA M.C., en fecha 02-12-2005, quien entre otras cosas manifestó: “…Yo estaba en la tasca del Hotel Dallas, buscando al señor D.F., llegó un señor C.H., en compañía de una joven y como a los cinco minuto llegó un sujeto el cual pidió una cerveza solera verde y el mesonero le ofreció una solera azul, yo estaba sentada en la barra despalda a la puerta cuando escuche un sujeto que dijo quieto todo el mundo y que no lo miraran yo agache la cabeza la volví a levantar por que recordé que tenía mis pertenencias en la barra, agarre, el teléfono celular y lo guardé y uno de los sujetos me lo quito procedieron a llevarse al señor C.H.…..- Cursante al folio 9 y 10 del expediente.-

ACTA DE ENTREVISTA: del ciudadano RIVAS P.M., en fecha 02-12-2005, quien entre otras cosas manifestó: “…Bueno yo me encontraba cerca de una de las ventanas del restaurante, en un momento mire por esta y venia llegando una camioneta Blazer, color verde, de la cual luego de que se estacionaron de retroceso, se bajo un tipo moreno de la puerta de atrás del chofer, este entró al restaurante y me pidió una cerveza Solera Verde, yo le dije que no había solera verde sino azul, éste entonces me dijo bueno dame una azul y yo me vine hacía la barra para sacarle la cerveza, cuando me disponía a sacar la cerveza, entró otro tipo diciendo: Quieto todo el mundo, ……y cuando yo lo mire me dijo no me veas repetidas veces y luego tirate al suelo, ahí yo me tire al suelo y no vi más nada hasta que se fueron los tipos….- Cursante al folio 11 del expediente.-

ACTA DE ENTREVISTA: del ciudadano H.R.I., en fecha 02-12-2005, quien entre otras cosas manifestó: “…En horas de la tarde del día de hoy, me llamó a mi teléfono celular el señor J.C.C., informándome que a mi hermano Charly, se lo habían llevado del hotel Dallas Secuestrado, ….- Cursante al folio 15 del expediente.-

ACTA DE ENTREVISTA: de la ciudadana FRANZESE DE H.C., en fecha 02-12-2005, quien entre otras cosas manifestó: “…Lo único que puedo decir es que el día viernes 02-12-2005, mi compadre J.C.C., me manifestó que a mi esposo C.H.R., lo habían secuestrado, que había ocurrido en el Hotel Dallas, que habían sido tres tipos, de resto no sé mas, hasta el día de ayer que se produjo una llamada y le dijeron a mi hijo que tenían a su papá y que estaba bien, que ellos volverían a llamar dentro de ocho o diez días…..Cursante al folio 18 del expediente.-

ACTA POLICIAL: suscrita en fecha 05-12-2005, por el funcionario Inspector Lic. M.B., adscrito a la Brigada de Investigación de delitos contra el patrimonio económico, de la Sub-delegación de Acarigua, ….. donde entre otras cosas deja constancia de lo siguiente: “….Continuando con las averiguaciones…..me entreviste con el ciudadano I.H.R., hermano de la víctima….quien me informó que el día domingo 04-12-2005, siendo las 03:58 horas de la tarde, el ciudadano C.R.H., hijo de la víctima, recibió una llamada telefónica al número 04141576582, que procedía del teléfono celular de su padre…..y al contestar la llamada habló con un sujeto de voz masculina, quien se identificó como EL COMANDANTE DEL FBL, le indicó que tenían a su padre y que exigían la cantidad de 700.000.000 por su liberación, que los reunieran y que dentro de 8 días volverían a llamar, en cuyo momento le manifestarían la palabra Explorer …….siendo una clave para comunicarse ……también informo que el día de ayer, en el Hotel Dallas, con un empleado del lugar le fue dejado un trozo de papel con un número telefónico 04145322969, por parte de un sujeto desconocido, a fin de que se comunicara, por lo que al efectuar una llamada al mismo, habló con una persona que dijo ser el coronel de la Guardia Nacional MALAVE GONZALEZ, quien refiere que se encuentra trabajando el secuestro de su hermano, que ya tenían bastante información que era un grupo que procedía de la ciudad de Caracas, …….que en varias oportunidades lo ha estado llamando este sujeto…..Cursante al folio 20 del expediente.-

ACTA POLICIAL: suscrita en fecha 06-12-2005, por el funcionario Inspector Lic. M.B., adscrito a la Brigada de Investigación de delitos contra el patrimonio económico, de la Sub-delegación de Acarigua,….. donde entre otras cosas deja constancia de lo siguiente: “….Se recibe llamada telefónica de parte de un sujeto con timbre de voz masculina, quien no quiso identificarse por temor a futuras represalias, quien informa que en una casa de color verde con rejas blancas, frente a una construcción abandonada ubicada en la calle 37 del Barrio El Muertito de esta ciudad, sujetos desconocidos mantienen en cautiverio desde hace varios días a una persona mayor que se encuentra secuestrada, de nombre C.H., que entre los autores de este hecho se encuentran los sujetos conocidos como los ME JALLE DE ARAURE, entre ellos el apodado EL CHUMBULO, EL RONCHITA, JHONNICITO Y CARATICA, cortando la comunicación bruscamente…….Cursante al folio 25 del expediente.-

ACTA POLICIAL: suscrita en fecha 11-12-2005, por el funcionario Inspector Lic. M.B., adscrito a la Brigada de Investigación de delitos contra el patrimonio económico, de la Sub-delegación de Acarigua,….. donde entre otras cosas deja constancia de lo siguiente: “….sostuve entrevista con el ciudadano I.H.R., quien me informó que en el día de hoy domingo 11-12-2005, siendo aproximadamente la una (01:32) de la tarde, recibió llamada telefónica a su teléfono….procedente del teléfono de su hermano que se encuentra secuestrado…..donde un sujeto le indicaba que si ya tenía el dinero que le estaban exigiendo, hablando por un espacio de 6:00 minutos y donde les exigió que le dieran una f.d.v.d. su hermano, a lo cual recibió una llamada posterior donde le indicaron que su hermano había estado enfermo cuando estaba pequeño……Cursante al folio 40 del expediente.-

ACTA POLICIAL: suscrita en fecha 23-12-2005, por el funcionario Inspector Lic. M.B., adscrito a la Brigada de Investigación de delitos contra el patrimonio económico, de la Sub-delegación de Acarigua,….. donde entre otras cosas deja constancia de lo siguiente: “….sostuve entrevista con el ciudadano I.H.R., quien me informó que en el día miércoles 14-12-2005, siendo las 1:14 horas de la tarde, con duración de 2 minutos con 18 segundo, sostuvo llamada telefónica del mismo sujeto que en anteriores oportunidades le ha realizado las llamadas, logrando establecer una suma de 100.000.000 de bolívares…..luego le fue realizada otra llamada el día martes 20-12-2005, siendo las 3:45 horas de la tarde, con duración de tres minutos; posteriormente el día 21 del presente mes el teléfono fue cortado por la compañía telefónica debido al vencimiento…..el día de hoy 23-12-2005, le efectuaron una llamada telefónica siendo las 11:37 horas de la noche, con duración de 3 minutos y 47 segundo, ….exigiendo el pronto pago del dinero para la liberación de su hermano C.H.R., porque si no atentarían contra su vida……Cursante al folio 44 del expediente.-

ACTA DE ENTREVISTA: del ciudadano H.R.C., (VICTIMA) en fecha 26-12-2005, quien entre otras cosas manifestó: “…Como a las dos de la tarde salí de la Tasca del Hotel Dallas hacia la tasca Restaurante del Hotel Rancho Grande para hablar con uno de los dueños…..ahí fue donde me llamó MASIEL ….le dije que se dirigiera hacia al Dallas……cuando estaba yo entrando en el estacionamiento del Dallas estaba hablando por mi celular cuando llegó ella en el taxi…..ella entró a la tasca como a los tres minutos entré yo y parándome en la barra sentí que me agarraron por la espalda, me encañonaron, me pusieron la pistola en la cabeza, me pusieron unas esposas y me taparon la cara, me sacaron y me montaron en un carro, supe que era una camioneta por lo alto, me pusieron unos audífonos con música, me imagino que era para que no escuchara lo que hablaban ahí me quitaron las prendas, la cartera, todas mis pertenencias. Luego rodamos como diez o doce minutos, luego pararon y me sacaron de ese carro y me metieron en un carro bajito, rodarían otros quince minutos más, dieron vuelta y vueltas, ahí es donde me bajan y me meten en una casa, aun con los ojos vendados, me quitan las botas, los pantalones, los interiores y me dejaron solo la camisa mientras me quitaban las esposas, luego que me las quitaron también me quitaron la camisa y me dejaron completamente desnudo, sobre una cama, ahí en el transcurso de diez de la noche, calculo yo, entró una tercera persona y empezó a interrogarme sobre mis hijos, cuantos tenía, que edad tenían y como se llamaban, me preguntaron por mi mamá, por mi padre pero les dije que mi padre había fallecido, por mi esposa……eso fue lo que me preguntaron durante tres días que estuve ahí, siempre esposado a uno de los párales de la cama de una sola mano y con el rostro tapado como con una lona por dentro y engomado al cuello, me quitaban las esposas solo cuando yo iba a orinar o a defecar en un tobo. Luego el día domingo de las elecciones me volvieron a sacar, calculo que era media noche, me vistieron y me colocaron nuevamente los tapaojos y me amarraron como una venda alrededor de los ojos, me esposaron y me coloraron los colman nuevamente, me metieron pienso que en el mismo carro porque era bajito, rodaríamos como quince o veinte minutos pienso yo, porque como me tenían los wolman esos metidos en la cabeza me desorientaba, ahí llegamos y me encierran en el cuarto donde me consiguieron hoy, de dos metros con ochenta mas o menos de ancho, con el piso lleno de grasa y sin luz, ahí si me sacaron las esposas y me dejaron la capucha para que cuando ellos me tocaran la puerta yo debía colocármela, abrir por dentro y acostarme boca abajo en una goma espuma con una sabana. Ese fue el contacto que tuve con ellos durante veintiún días. No puedo quejarme de ellos porque no me trataron mal, no me maltrataron, sabía que eran hombres fuertes porque cuando me sacaban para bañarme me agarraban fuerte por los brazos, se sentían que eran hombres fuertes. Tuve diarrea todo el tiempo, tenía como ocho o nueve días en ese sitio, cuando me hicieron subir unas escaleras, como dos niveles y una terraza donde dormí porque según tenían una entrevista con alguien ahí y no podía escuchar lo que dijeran. Como a las seis de la mañana me bajaron para el mismo cuarto donde me consiguieron hoy. Las únicas oportunidades que pude salir del cuarto eran cada tres días que me sacaban para que me bañara por cinco minutos. El día de hoy, casualidades del mundo, los dos custodios que me pusieron ayer, quienes se veían mas agresivos, como a las once de la mañana entraron al cuarto amenazándome con la escopeta, hablaban entre ellos como para amedrentarme, decían: “Tu familia será que no te quiere, métele las tres en boca”, luego salieron. Como al minuto y medio volvieron abrir la puerta y yo como estoy volteado hacia la pared pensé que eran ellos, pero no dicen nada y volvieron a cerrar la puerta. Como a los tres minutos volvieron abrir la puerta y era uno de los custodios y me preguntó: ¿Que te dijo ese viejo? le contesto que nada, que pensaba que eran ellos, entonces el custodio me dice: “Si vuelve otra vez dile que somos tus sobrinos y si preguntan como te llamas dile que te llamas Mauro y que pasé la noche ahí porque llegué rascado. Ahí trancó él la puerta rapidito, pasó como diez o quince minutos y yo no escuchaba nada, me quedé tranquilito en el cuarto cuando siento que vuelven abrir la puerta, no miré, siempre volteaba por pánico, me preguntaron que como me llamaba y les dije que Mauro, me preguntaron que qué hacía yo ahí y les dije que era tío de los muchachos, entonces me preguntaron que por qué me tapaba la cara, me preguntaron que ¿por qué? me tenían en esas condiciones, ahí amarrado como un perro, con un mecate por la parte de afuera, me preguntaron que si me tenían secuestrado; fue entonces cuando los miré y vi que estaban uniformados, eran dos policías y un señor que dijo que era el dueño de la casa. Me quedé asombrado, me preguntaron que cuantos días tenía yo ahí, y les dije que me tenían secuestrado y entonces me preguntaron que si era el señor Charles, les dije que sí. Luego empezaron a llamar por radio y empeñó a llegar la policía, …….Cursante a los folios 45 al 47 del expediente.- Y su posterior ampliación en fecha 27/12/05, quien expone: “….Quiero ampliar mi declaración en el sentido de que faltaron pormenores de lo acontecido, ….desde el día que me ocurrió que yo estaba en la Tasca del Motel Dallas, como dije llegaron varios sujetos armados diciendo que era un atraco…..sé que eran dos personas las que me llevaron, uno de ellos era un sujeto alto, robusto, bien vestido, con bigotes y con un candaíto como barba, el otro sujeto era un poco mas pequeño, cara redonda, era de contextura regular, ellos portaban pistolas del tipo glock, y me meten en la camioneta…….realmente nunca me pusieron los audífonos que mencioné en mi primera declaración y empiezan a sacarme las cadenas, me dicen que no me preocupe que eso era un operativo, que me llevan a la petejota ….y que en el transcurso de dos horas me soltaban….ellos llamaban por teléfono y decían: Mi comandante ya llevamos al marrano, en el transcurso de diez minutos mas o menos hacen el cambio a otro carrito….era un carro que le sonaba todo….por el sonido bien pudiera ser un maverichk o algo así…..me bajan en un garaje que era como estrecho….una tercera persona …me empezó a interrogar por todo mi circulo familiar…..me dicen que me quede tranquilo, que colaborara para no maltratarme, que tenían ordenes de tratarme bien, ahí pude percatarme del cuarto donde me tenían…..fuera de la ventana había una pared de bloque que era otra casa, se escuchaban niños, personas hablando, …..en el transcurrir de los días observe a las personas que llegaban ahí, pude ver entonces a dos mujeres que prácticamente siempre estuvieron ahí con un niño, una de las mujeres era blanca, de estatura mediana, pelo amarillo, de 24 años mas o menos, era de contextura regular, la otra mujer era trigueña, pelo negro, bajita, delgada esa era la hija de la viejita que siempre llegaba ahí, ….también llegaba otra hermana que era muy grosera, …también observe a tres hombres que permanecían ahí debajo de una mata de nísperos, por supuestos en distintos momentos, uno de ellos un hombre moreno, bastante negro, con acento colombiano, alto era quien manejaba una ametralladora, …….otro de los sujetos era alto como de 70 kilos, piel como m.c., corte de pelo tipo militar pero moderno, copetito arriba, el tercer sujeto era bastante blanco, estatura como de 1.75, de bigotes pequeños, tenía el mismo tipo de corte de pelo,…..creo que un cuarto sujeto era delgado, moreno, cojeaba de un pie, creo que era el derecho…….escuche que en una oportunidad, uno de mis custodios dijo que llamaran a CHUMBULO, eso fue todo hasta el día de ayer que sucedió lo que sucedió….- Cursante a los folios 65 al 68 del expediente.-

ACTA POLICIAL: suscrita en fecha 26-12-2005, por el funcionario Inspector Lic. M.B., adscrito a la Brigada de Investigación de delitos contra el patrimonio económico, de la Sub-delegación de Acarigua,….. donde entre otras cosas deja constancia de lo siguiente: “….Siendo las dos y cinco horas de la tarde……se recibe llamada telefónica de parte de la Policía de Araure, informando que funcionarios de esa Institución Policial, practicaron allanamiento en la avenida 21 con avenida R.C.d.M.A., Sector Las Brisas, en una casa sin número donde logran rescatar con vida, sano y salvo al ciudadano C.H.R., quien es víctima de un delito de secuestro que guarda relación con la presente causa, por lo que me trasladé en compañía de los funcionarios……hasta la referida dirección.. Al presentarnos al sitio….nos informaron que al efecto el día de hoy fueron informados por uno de los propietarios de la vivienda,, que supervisaba la vivienda que tienen alquilada desde hace varios días, notando sujetos extraños en el lugar aparte de los inquilinos, siendo estos una pareja que conoce como WILMER y CORALBIS, pero al llegar a la residencia notó otras personas extrañas y busco a estas personas para hablar, lo cual hizo con uno de ellos, y no le dieron explicaciones al respecto, por que optó en informar al Comando Policial, en vista de las circunstancias y hechos extraños que percibió, indicando que esta persona responde al nombre de J.V., y que fue trasladado a la sede la policía de Araure, como también a la persona que se encontraba en cautiverio en una de las habitaciones ……De esta manera procedimos a realizar la Inspección …..Observando y colectando los elementos de convicción…..partidas de nacimiento entre otros…..donde se evidencia los nombres de las presuntas personas que residen en el lugar, como son: W.A.H.S., C.A.E.C., CORALBIS DE LAS M.E.C., CORALIS DEL VALLE ESCOBAR CARMONA y EUCARIS JIMENES….Seguidamente nos trasladamos a las viviendas continuas….a los fines de indagar……- Cursante al folio 50 del expediente.-

INSPECCION TECNICA N° 3.253: practicada a la vivienda donde fue localizado la víctima, Avenida 21 con avenida R.C., casa sin número, Araure, Estado Portuguesa.- Cursante al folio 51 del expediente.-

ACTA DE ENTREVISTA: de la ciudadana CARMONA CORTEZA DEL CARMEN, en fecha 26-12-2005, quien entre otras cosas manifestó: “…..de pronto fue interceptada por una comisión….por cuanto están realizando unas averiguaciones en donde se encuentra relacionada mi hija…..A PREGUNTAS FORMULADAS CONTESTO: Datos completo de….su hija? C.- CORALBIS DE LAS M.E.C.….ella vive en la venida 21 de Araure, ….su esposo de nombre WILMER HERRERA….Mi hija se la pasa con una muchacha de nombre EUKARIS….vive al lado de la casa de mi hija, pero se la pasa siempre metida en la casa de mi hija….- Cursante al folio 54 del expediente.-

ACTA DE ENTREVISTA: del adolescente SUAREZ YONATA ALFREDO, en fecha 26-12-2005, quien entre otras cosas manifestó: “….. Fui interceptado por una comisión….me preguntaron cual era la casa de una joven de nombre CORALBIS….y como yo la conozco de vista los acompañe…..cuando íbamos en camino venía la mamá de CORALBIS,…..Le dijeron que los acompañara para su casa para ver si se encontraba su hija, cuando llegamos a la casa, no estaba la muchacha…Cursante al folio 55 del expediente.-

ACTA DE ENTREVISTA: del ciudadano VIVAS R.G.A., en fecha 26-12-2005, quien entre otras cosas manifestó: “…..Resulta que hoy como a las 12:15 horas de la tarde me trasladé en el vehículo marca NISSAN, ….hacía la casa que no tiene número pero es de mi tía A.C.B., que esta ubicada frente al colegio C.A.P., final avenida 21 de Araure Estado Portuguesa, ya que mi intención era verificar si todo estaba bien, ……yo estoy encargado de vigilar su casa….y en lo que abro la puerta que da acceso al patio, me conseguí a la muchacha que está alquilada allí en la parte de abajo ya que es de dos planta, llamada CORALVIS….observe que en el patio estaba acostado en una colchoneta un muchacho delgado, piel blanca, pelo liso, cara perfilada, de escasos bigotes, vestía una bermuda….tiene como 16 a 17 años de edad, no lo conozco ya que era la primera vez que lo veía y otro hombre era de piel negra, pelo malo, de estatura mediana, contextura fuerte, como de 28 años de edad, que se estaba bañando en el patio y le pregunte a Coralvis que quienes eran esas dos personas y ella me dijo que eran unos primos que estaban pasando unos días con ella allí, … también observe que CORALVIS y otra muchacha de 12 a 13 años ….estaban lavando la casa,…en el patio había mucha basura…..le dije a esa muchacha que porque la casa y el patio estaban tan sucia y lo que me respondió que ella lo iba a limpiar….luego caminé hacia el fondo donde esa un galpón para ver una cava…y me di cuenta que si estaba la cava y del lado derecho se encuentra una puerta que da acceso a un cuarto que se utilizaba para guardar corotos viejos, me pareció extraño porque en la parte donde va la cerradura estaba amarrada con un alambre y un mecate y sujetada a una pesa …..me acerqué y la abrí, entre y vi a un señor de pelo canoso, que vestía una camisa amarilla ……acostado en una colchoneta…..me asuste y lo que hice fue salirme de allí, pero cuando iba saliendo el hombre que se estaba bañando me pregunto que quien estaba allí adentro y le dije que no sabía y que parecía era un viejo borracho que estaba durmiendo allí, luego salí hasta la calle donde estaba CORALVIS, y le pregunte…..me respondió que era un tío por parte de su papá, que en esa casa había hecho una fiesta hace días atrás y que ese señor se había rascado….y que por esa razón lo habían encerrado allí mientras le pasaba la borrachera…le pregunte porque tenia tantos días allí ….me dijo que ha ese señor le daban loquera…..en ese momento llego una muchacha vecina del sector llamada EUCARIS….en eso la llamo a parte y le pregunte que esas personas tenían a un señor encerrado en el cuarto del fondo de la casa y ella me respondió que era un tío de unos muchachos de la 26 de Araure, y que estaba borracho……notaba algo extraño en lo que ambas me decían …..en vista de la situación decidí llamar por teléfono desde mi celular a unos amigos funcionarios …..les manifesté lo que ocurría …..cuando estaba esperando a que ellos llegaran, observe que iba llegando otro hombre de piel blanca, delgado, vestía una bermuda no recuerdo el color ….pero por su fisonomía era una persona joven como de 24 años de edad, andaba en una bicicleta tipo cross del color azul, se bajo y toco la puerta de la casa de mi tía y solo dijo “soy yo”, ahí le abrieron y paso hacia adentro y cerraron la puerta, observe por el retrovisor …que CORALVIS agarró un niño como de dos años y se fue caminando por la carretera…..en ese momento veo que viene caminando hacia la casa de mi tía una muchacha como de unos 25 años de edad, piel blanca, cabello liso amarillo, …se me acercó hasta donde yo estaba y me pregunto que pasaba allí, yo le dije que estaba esperando unos amigos…..en ese mismo instante llegaron los funcionarios de la policía que había llamado y les volví a explicar la situación, procedí en abrirle la puerta de la casa de mi tía, pero los hombres ya no estaban y nos acercamos hasta el cuarto del fondo, abrimos la puerta y vimos al señor acostado….fue donde nos dijo que era CHARLIS el señor que habían secuestrado en el HOTEL DALLAS y que era de San Rafael…..Cursante a los folios 57 y 58 del expediente.- Y su posterior declaración cursante al folio 73 del expediente.-

ACTA DE ENTREVISTA: de la ciudadana VASQUEZ ARENAS N.J., en fecha 26-12-2005, quien entre otras cosas manifestó: “…..iba llegando a la casa de mi suegra, cuando de repente llegó la policía y empezó a preguntar y a revisar la casa de mi suegra,…..me llevan para mi casa y también me revisaron mi casa …..A PREGUNTAS FORMULADAS CONTESTO: “….Datos filiatorios de su hija? …..JIMENEZ VASQUEZ EUKARY MARIA…..-

ACTA DE ENTREVISTA: de la ciudadana CAMACHO DE ANDUEZA ADELA, en fecha 26-12-2005, quien entre otras cosas manifestó: “…..yo le alquile una casa a una muchacha de nombre CORALVIS ESCOBAR…tuve conocimiento de que mi sobrino encontró a una persona secuestrada allí en mi casa….”.- Cursante al folio 61 del expediente.-

ACTA DE ENTREVISTA: del ciudadano M.D.J.M., en fecha 27-12-2005, quien entre otras cosas manifestó: “…..me encontraba laborando en mi taller el día de ayer…llegó una comisión de la PTJ preguntando por un señor de nombre W.H.S., quien trabaja conmigo ahí, pero les informe que ese señor no labora…desde el día viernes 23-12-2005,…..Cursante al folio 64 del expediente.-

ACTA POLICIAL: suscrita por el funcionario DTGDO (PEP) J.G.O., adscrito a la brigada Motorizada de la Comisaría GRAL J.G.I.,…..quien deja constancia entre otras cosas de lo siguiente: “…el día de hoy 26 de diciembre….siendo las 12:30 horas….me encontraba en labores de patrullaje….recibí una llamada telefónica a mi celular por parte de un amigo de nombre GEORGE ALFRED VIVAS….quien me informó que si podía me trasladar a la avenida 21….ya que en la casa de su tía que esta alquilada habían unos tipos, que no eran los que estaban alquilados …que también había un señor encerrado en un cuarto, procediendo a trasladarme al sitio…el ciudadano G.V., nos da la llave de la casa y nosotros procedemos a entrar….procedemos a revisar el cuarto que se encuentra en la parte trasera, la puerta estaba amarrada con un mecate y tenía un fascimil de una pesa de gimnasio …cuando abrimos la puerta avistamos a un ciudadano que se encontraba acostado en una colchoneta, y cuando entramos el mismo se tapo la cara y no se dejaba ver el rostro, ….dice estoy encerrado aquí porque había tomado demasiado y estaba muy fastidioso, ….nos dice que si no hay mas nadie……nos manifiesta que el esta secuestrado y que vive en San R.d.O., y se lo habían llevado del Hotel Dallas, …procedemos a trasladarlo hasta la sede de la Comisaría……Cursante al folio 75 del expediente.-

RECONOCIMIENTO TECNICO: Practicado por funcionarios adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Delegación Estatal Portuguesa, Sub-delegación de Acarigua, a Un pantalón, tipo jeans, y una camisa manga corta, de colores amarillo, negro y blanco….Cursante al folio 85 del expediente.- Así como a Una capucha de las comúnmente conocida como pasamontañas, y una pieza descrita tiene como finalidad la de proteger la región cefálica ….Cursante al folio 89 del expediente.-

Todo lo anterior no deja lugar a dudas que efectivamente se produce el secuestro del ciudadano C.H.R., hecho que ocurrió el día 02-12-2005, a las 4:30 horas de la tarde en el Establecimiento Comercial TASCA DEL MOTEL TURISTICO DALLAS, ubicado en la Avenida Vencedores de Araure, salida a Barquisimeto, Estado Portuguesa, donde tres personas sin identificar entran a dicho local, cuando este se encontraba en la Tasca del mismo, acompañado de la ciudadana AMARILY M.G.Q.; lo cual constituye el delito de SECUESTRO previstos y sancionados en los artículos 460, primer aparte del Código Penal vigente.-

Luego de acreditado esto, es menester determinar el segundo de los elementos aludidos, esto es, los fundados elementos de convicción para determinar que los imputados haya sido autores o participes en la comisión del hecho delictivo.

En este sentido esto queda ampliamente demostrado, con la declaración del ciudadano G.A.V.R., la de la propia víctima C.H., el acta policial del funcionario DTGDO (PEP) J.G.O., adscrito a la brigada Motorizada de la Comisaría GRAL J.G.I., así como las evidencias que fueron recolectadas por el funcionario M.B., adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub-delegación Acarigua, documentos públicos y privados de las personas que residen en el vivienda donde fue hallado la víctima, y dado que el ciudadano G.A.V.R., manifiesta que: “Resulta que hoy como a las 12:15 horas de la tarde me trasladé en el vehículo marca NISSAN, ….hacía la casa que no tiene número pero es de mi tía A.C.B., que esta ubicada frente al colegio C.A.P., final avenida 21 de Araure Estado Portuguesa, ya que mi intención era verificar si todo estaba bien, ……yo estoy encargado de vigilar su casa….y en lo que abro la puerta que da acceso al patio, me conseguí a la muchacha que está alquilada allí en la parte de abajo ya que es de dos planta, llamada CORALVIS….observe que en el patio estaba acostado en una colchoneta un muchacho delgado, piel blanca, pelo liso, cara perfilada, de escasos bigotes, vestía una bermuda….tiene como 16 a 17 años de edad, no lo conozco ya que era la primera vez que lo veía y otro hombre era de piel negra, pelo malo, de estatura mediana, contextura fuerte, como de 28 años de edad, que se estaba bañando en el patio y le pregunte a Coralvis que quienes eran esas dos personas y ella me dijo que eran unos primos que estaban pasando unos días con ella allí, … también observe que CORALVIS y otra muchacha de 12 a 13 años ….estaban lavando la casa,…en el patio había mucha basura…..le dije a esa muchacha que porque la casa y el patio estaban tan sucia y lo que me respondió que ella lo iba a limpiar….luego caminé hacia el fondo donde esa un galpón para ver una cava…y me di cuenta que si estaba la cava y del lado derecho se encuentra una puerta que da acceso a un cuarto que se utilizaba para guardar corotos viejos, me pareció extraño porque en la parte donde va la cerradura estaba amarrada con un alambre y un mecate y sujetada a una pesa …..me acerqué y la abrí, entre y vi a un señor de pelo canoso, que vestía una camisa amarilla ……acostado en una colchoneta…..me asuste y lo que hice fue salirme de allí, pero cuando iba saliendo el hombre que se estaba bañando me pregunto que quien estaba allí adentro y le dije que no sabía y que parecía era un viejo borracho que estaba durmiendo allí, luego salí hasta la calle donde estaba CORALVIS, y le pregunte…..me respondió que era un tío por parte de su papá, que en esa casa había hecho una fiesta hace días atrás y que ese señor se había rascado….y que por esa razón lo habían encerrado allí mientras le pasaba la borrachera…le pregunte porque tenia tantos días allí ….me dijo que ha ese señor le daban loquera…..en ese momento llego una muchacha vecina del sector llamada EUCARIS….en eso la llamo a parte y le pregunte que esas personas tenían a un señor encerrado en el cuarto del fondo de la casa y ella me respondió que era un tío de unos muchachos de la 26 de Araure, y que estaba borracho……notaba algo extraño en lo que ambas me decían …..en vista de la situación decidí llamar por teléfono desde mi celular a unos amigos funcionarios …..les manifesté lo que ocurría …..cuando estaba esperando a que ellos llegaran, observe que iba llegando otro hombre de piel blanca, delgado, vestía una bermuda no recuerdo el color ….pero por su fisonomía era una persona joven como de 24 años de edad, andaba en una bicicleta tipo cross del color azul, se bajo y toco la puerta de la casa de mi tía y solo dijo “soy yo”, ahí le abrieron y paso hacia adentro y cerraron la puerta, observe por el retrovisor …que CORALVIS agarró un niño como de dos años y se fue caminando por la carretera…..en ese momento veo que viene caminando hacia la casa de mi tía una muchacha como de unos 25 años de edad, piel blanca, cabello liso amarillo, …se me acercó hasta donde yo estaba y me pregunto que pasaba allí, yo le dije que estaba esperando unos amigos…..en ese mismo instante llegaron los funcionarios de la policía que había llamado y les volví a explicar la situación, procedí en abrirle la puerta de la casa de mi tía, pero los hombres ya no estaban y nos acercamos hasta el cuarto del fondo, abrimos la puerta y vimos al señor acostado….fue donde nos dijo que era CHARLIS el señor que habían secuestrado en el HOTEL DALLAS y que era de San Rafael…” Aunado al acta policial del funcionario DTGDO (PEP) J.G.O., adscrito a la brigada Motorizada de la Comisaría GRAL J.G.I.,…..quien deja constancia entre otras cosas de lo siguiente: “…el día de hoy 26 de diciembre….siendo las 12:30 horas….me encontraba en labores de patrullaje….recibí una llamada telefónica a mi celular por parte de un amigo de nombre GEORGE ALFRED VIVAS….quien me informó que si podía me trasladar a la avenida 21….ya que en la casa de su tía que esta alquilada habían unos tipos, que no eran los que estaban alquilados …que también había un señor encerrado en un cuarto, procediendo a trasladarme al sitio…el ciudadano G.V., nos da la llave de la casa y nosotros procedemos a entrar….procedemos a revisar el cuarto que se encuentra en la parte trasera, la puerta estaba amarrada con un mecate y tenía un fascimil de una pesa de gimnasio …cuando abrimos la puerta avistamos a un ciudadano que se encontraba acostado en una colchoneta, y cuando entramos el mismo se tapo la cara y no se dejaba ver el rostro, ….dice estoy encerrado aquí porque había tomado demasiado y estaba muy fastidioso, ….nos dice que si no hay mas nadie……nos manifiesta que el esta secuestrado y que vive en San R.d.O., y se lo habían llevado del Hotel Dallas, …procedemos a trasladarlo hasta la sede de la Comisaría…”.- Y mas aún con la declaración de la víctima que deja constancia del lugar, tiempo y modo en que ocurrieron los hechos, así como las características de los sujetos, y cuando señala que: “escuchó en una oportunidad, a uno de sus custodios que dijo que llamaran a CHUMBULO….”.- Dejándose claro de esta manera la participación de los ciudadanos CORALBIS DE LAS M.E.C., CORALIS DEL VALLE ESCOBAR CARMONA, C.A.E.C., , W.A.H.S., y EUCARY M.G.V., L.A.C.A. (alias CHUMBULO); en dicho secuestro.-

Luego, es necesario determinar el último elemento para que proceda la solicitud Fiscal, consistente en una presunción razonable de peligra de fuga o de obstaculización en la búsqueda de la verdad respecto a un acto concreto de la investigación; al efecto considera este juzgador que se configura en el caso que nos ocupa la presunción establecida en el parágrafo primero del artículo 251 del Código Organito Procesal Penal referida a que se presume el peligro de fuga en los casos de hechos punibles con penas privativas de libertad, cuyo término mayor sea igual o superior a diez años, en este sentido al estudiar la norma calificada a los imputados de autos, establecida en el artículo 460 primer aparte del Código Penal Vigente, que prevé el delito de SECUESTRO, se evidencia que el limite máximo previsto en dicha norma es de veinte (20) años de presidio.-

Por todas estas razones y por cuanto una medida cautelar sería insuficiente para asegurar las resultas del proceso es por que lo procedente en el presente caso ha de ser declarar con lugar la solicitud Fiscal y ordenar en consecuencia la aprehensión inmediata de los ciudadanos CORALBIS DE LAS M.E.C., titular de la Cedula de Identidad N° 15.339.252, Venezolana, natural de Acarigua, estado Portuguesa, nacida en fecha 24-09-1981; CORALIS DEL VALLE ESCOBAR CARMONA, titular de la Cedula de Identidad N° 16.414.870, Venezolana, natural de Acarigua, Estado Portuguesa, nacida en fecha 29-06-1977; C.A.E.C., titular de la Cedula de Identidad N° 18.799.097, Venezolano, natural de Acarigua, Estado Portuguesa, nacido en fecha 13-08-1985; W.A.H.S., titular de la Cedula de Identidad N° 22.105.223, Venezolano, natural de Acarigua, Estado Portuguesa, nacido en fecha 15-11-1977; EUCARY M.G.V., titular de la cédula de identidad N°.19.903.985, Venezolana, natural de Acarigua, Estado Portuguesa, nacida en fecha 11-11-1987,y L.A.C.A., (alias EL CHUMBULO) titular de la cedula de identidad N° 14.092.812, Venezolano, natural de Acarigua, Estado Portuguesa, nacido en fecha 29-06-1977,por la presunta comisión del delito de SECUESTRO, previsto y sancionado en el artículo 460 primer aparte del Código Penal, en perjuicio del ciudadano C.H.R. y se ordenar en consecuencia la aprehensión inmediata con los organismos competentes.

DISPOSITIVA

Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Control No. 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA MEDIDA DE APREHENSION PREVENTIVA DE LIBERTAD de los ciudadanos: CORALBIS DE LAS M.E.C., titular de la Cedula de Identidad N° 15.339.252, Venezolana, natural de Acarigua, estado Portuguesa, nacida en fecha 24-09-1981; CORALIS DEL VALLE ESCOBAR CARMONA, titular de la Cedula de Identidad N° 16.414.870, Venezolana, natural de Acarigua, Estado Portuguesa, nacida en fecha 29-06-1977; C.A.E.C., titular de la Cedula de Identidad N° 18.799.097, Venezolano, natural de Acarigua, Estado Portuguesa, nacido en fecha 13-08-1985; W.A.H.S., titular de la Cedula de Identidad N° 22.105.223, Venezolano, natural de Acarigua, Estado Portuguesa, nacido en fecha 15-11-1977; EUCARY M.G.V., titular de la cédula de identidad N°.19.903.985, Venezolana, natural de Acarigua, Estado Portuguesa, nacida en fecha 11-11-1987,y L.A.C.A., (alias EL CHUMBULO) titular de la cedula de identidad N° 14.092.812, Venezolano, natural de Acarigua, Estado Portuguesa, nacido en fecha 29-06-1977; por la comisión del delito de SECUESTRO, previsto y sancionado en el artículo 460 primer aparte del Código Penal, en perjuicio del ciudadano C.H.R..-

Líbrese los oficios correspondientes.-

Juez de Control N° 2 (Suplente)

Abg. J.M.G.F.

El Secretario

Abg. Cesar Zambrano

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