Decisión nº INTERLOCUTORIA-131 de Juzgado Superior Primero de lo Contencioso Tributario de Caracas, de 31 de Octubre de 2011

Fecha de Resolución31 de Octubre de 2011
EmisorJuzgado Superior Primero de lo Contencioso Tributario
PonenteJavier Sanchez Aullon
ProcedimientoRecurso Contencioso Tributario

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario de la

Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas

Caracas, 31 de octubre de 2011

201º y 152º

Asunto Nº AP41-U-2009-000466.- INTERLOCUTORIA Nº 131

Vista la diligencia de fecha 27 de octubre de 2011, suscrita por la ciudadana L.M.F.M., titular de la cédula de identidad Nº 7.684.702 e inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 35.262, actuando en su carácter de sustituta del ciudadano Procurador General de la República, mediante la cual consignó Planilla de Liquidación Nº 11-10-01-2-27-001506 de fecha 22 de septiembre de 2011, emitida por concepto de multa en materia de Impuesto al Valor Agregado (IVA), por un monto de Bs.F. 4.462,54, a los fines de que sea decretada la ejecución voluntaria del fallo recaído en la presente causa; visto que dicha sentencia se encuentra definitivamente firme, según consta en auto de fecha 24 de octubre de 2011, cursante al folio 275, pasada con autoridad de cosa juzgada, este Órgano Jurisdiccional, actuando de conformidad con lo establecido en el artículo 280 del Código Orgánico Tributario, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECRETA la ejecución voluntaria de la Sentencia Definitiva Nº 1654, dictada por este Juzgado en fecha 18 de julio de 2011, y en consecuencia fija un lapso de diez (10) días de despacho para que la contribuyente “CORIMON, C.A.”, una vez que conste en autos el resultado positivo de la boleta de notificación que se libre al efecto, efectúe el cumplimiento voluntario de dicha sentencia.

Líbrese boleta de notificación a la contribuyente antes mencionada, con la advertencia de que la referida planilla de liquidación corre inserta a los autos que conforman el expediente, y en caso de querer cumplir voluntariamente deberá solicitar al Tribunal, el desglose de la misma a los fines del pago respectivo.

Publíquese, regístrese y notifíquese. Asimismo remítase junto a la Boleta de Notificación respectiva, copia simple de la Planilla de Liquidación Nº 11-10-01-2-27-001506 de fecha 22 de septiembre de 2011.-

Se imprimen dos ejemplares a un mismo tenor, el primero a los fines de la publicación de la sentencia, el segundo para que repose en original en el respectivo copiador.

Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Órgano Jurisdiccional en Caracas, a los treinta y uno (31) días del mes de octubre del año dos mil once (2011). Años: 201° de la Independencia y 152° de la Federación.-

El Juez Provisorio,

Abg. J.S.A..-

El Secretario Titular,

Abg. F.J.E.G..-

ASUNTO Nº AP41-U-2009-000466.-

JSA/ith.-

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