Decisión nº s-n de Juzgado Ejecutor de Medida del Municipio Miranda de Falcon, de 23 de Diciembre de 2003
Fecha de Resolución | 23 de Diciembre de 2003 |
Emisor | Juzgado Ejecutor de Medida del Municipio Miranda |
Ponente | Lexy Josefina Rodríguez |
Procedimiento | Cobro De Bolivares |
Se le da entrada a Despacho de Comisión emanado del Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en consecuencia este Tribunal a fin de darle fiel y estricto cumplimiento, ordena el traslado y constitución en el sitio que indique la parte interesada, el día y hora que fije este Tribunal, previa solicitud del interesado, mediante auto separado.-
En fecha 14-01-2004, se dicta auto, donde se le da entrada a diligencia suscrita por el Abog. M.A.C., Inpreabogado N° 71.401, según con lo solicitado por el diligenciante, este Tribunal provee de conformidad y ordena librar Oficio dirigido a la Inspectoría de T.T.d.E.F. a los fines de que practique la retención de los vehículos plenamente identificados en el Despacho de Comisión, y una vez efectuada dicha retención los ponga a la orden de este Tribunal, a efectos de trasladarse este Tribunal a practicar la Medida Preventiva de Embargo. En esta misma fecha se libra Oficio N° 394-2004, dirigido a la Inspectoría de T.T.d.E.F..-
En fecha 21-01-2003, se dicta auto, donde se le da entrada al Oficio N° 018-04, de fecha 19-01-2004, emanado del Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre, Cuerpo Técnico de Vigilancia de Tránsito y Transporte Terrestre, constante de cuatro (04) folios útiles, por medio del cual notifican la retención y depósito de los vehículos, a que se contrae la presente Medida, los cuales los ponen a la orden de este Tribunal; en consecuencia este Tribunal ordena agregar a los autos respectivos. En esta misma fecha se agregaron a los autos.-
En fecha 22-01-2004, se dicta auto, donde se le da entrada a diligencia suscrita por el Abog. M.A.C., Inpreabogado N° 71.401, según con lo solicitado por el diligenciante, este Tribunal provee de conformidad y ordena su traslado y constitución en el sitio que indique la parte actora, a fin de practicar la Medida Preventiva de Embargo, fijándose para ello el día respectivo y se libra la notificación al Auxiliar de Justicia.-
En fecha 22-01-2004, se levanta Acta, a fin de darle fiel y estricto cumplimiento al Despacho emanado del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, el cual Decretó Medida Preventiva de Embargo sobre Bienes Muebles propiedad de la parte demandada; en dicho acto el demandado convino con la parte demandante, dando en pago los vehículos plenamente identificados en el presente Despacho; por lo que este Tribunal se abstiene de practicar la Medida para la cual ha sido comisionada.-
En fecha 28-01-2004, se dicta auto, cumplido como ha sido el presente Despacho, se ordena la remisión de las resultas del mismo al Tribunal Comitente. En esta misma fecha se remite mediante Oficio N° 017-2004, constante de veintitres (23) folios útiles.-