Decisión nº 109-2012 de Juzgado Superior Septimo de lo Contencioso Tributario de Caracas, de 9 de Octubre de 2013

Fecha de Resolución 9 de Octubre de 2013
EmisorJuzgado Superior Septimo de lo Contencioso Tributario
PonenteLilia María Casado
ProcedimientoAdmisión De Pruebas

Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial de Área Metropolitana de Caracas

Caracas, 9 de octubre de 2013

203° y 154°

Sentencia interlocutoria N° 109/2012

Visto el escrito de promoción de pruebas presentado en fecha 30 de septiembre de 2013, por los abogados L.L.B., M.C.J.L., K.K. y A.S.G., actuando en su carácter de apoderados judiciales de la contribuyente CORPORACIÓN CANDYVEN, C.A., este Tribunal ADMITE los medios probatorios promovidos, por no ser en su contenido manifiestamente ilegales ni impertinentes, cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, en los siguientes términos:

I

DOCUMENTALES

Se admiten las pruebas documentales debidamente identificadas en el escrito de promoción de pruebas.

En virtud del criterio establecido por la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia (Sentencia N° 778 de fecha 03/06/2009, Distribuidora Rower, C.A., exp. N° 2009-358), se ordena con fundamento en el artículo 86 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, notificar a la Gerencia General de Servicios Jurídico del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), del presente auto de admisión de pruebas.

Una vez que conste en autos la notificación del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), se abrirá el lapso de evacuación de pruebas en la presente causa de conformidad con lo establecido en el artículo 271 del Código Orgánico Tributario vigente, vencido éste, comenzará a computarse el término para el acto de Informes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 ejusdem.

El Juez Temporal,

J.L.G.R..

La Secretaria Temporal,

Y.M.B.A.

ASUNTO: AP41-U-2013-000105

LMCB/ymb

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR