Decisión nº 576 de Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de Merida (Extensión Mérida), de 8 de Mayo de 2007

Fecha de Resolución 8 de Mayo de 2007
EmisorJuzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito
PonenteYolivey Flores
ProcedimientoResoluciòn Contrato Arrendamiento

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, 08 de mayo del 2007.

198° y 147°

Vistas las pruebas promovidas por la abogada L.C.D.A., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 13.804.706, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 33.070, en su condición de parte demandante en el presente juicio, mediante escrito inserto a los folios 50 al 61 del expediente. En cuanto a las pruebas DOCUMENTALES, no las admite por cuanto no constituye los medios probatorios admisibles en segunda instancia, ya que del contenido de los mismos se desprenden que son instrumentos privados y de conformidad con el articulo 520 del Código de Procedimiento Civil, sólo son admisibles los instrumentos públicos, en segunda instancia, las posiciones juradas y el juramento decisorio. Así se decide.

LA JUEZ TEMPORAL,

ABG. Y.F.M.

LA SECRETARIA TEMPORAL,

ABG. LUZMINY QUINTERO

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR