Decisión de Juzgado de Municipio Cuarto Ejecutor de Medidas de Caracas, de 18 de Diciembre de 2007

Fecha de Resolución18 de Diciembre de 2007
EmisorJuzgado de Municipio Cuarto Ejecutor de Medidas
PonenteCarlos Martinez Peraza
ProcedimientoSecuestro

En el día de hoy, dieciocho (18) de diciembre del año dos mil siete (2007) siendo las tres de la tarde, se traslado y se constituyó el abogado C.M.P., Juez Cuarto de Municipio Ejecutor de Medidas y su secretaria, abogado J.M., en compañía de la apoderada judicial de la parte actora, abogada R.E.S.C., inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 79580, y los auxiliares de Justicia, los ciudadanos B.R., quien es mayor de edad, venezolano, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nro.V-4.561.861, representante de la Depositaria Judicial La R., C., C.A. y el perito avaluador R.R., quien es mayor de edad, venezolano, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nro. V-11.027.204, quienes fueron debidamente designados y juramentados por el Juez de este Tribunal, cuyas designaciones y juramentaciones llevado por el Tribunal, a la siguiente dirección: apartamento identificado con el Nro. 72, ubicado en el Piso 7 del Edificio denominado Berna, situado en la Avenida Berna, Urbanización La California Norte, Municipio Sucre del Estado Miranda, a fin de practicar la medida de SECUESTRO; decretada por el JUZGADO NOVENO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, con motivo del juicio que por DESALOJO sigue el ciudadano L.M. MARCANO Y YLINDRIA DA COSTA DE MARCANO contra la ciudadana C.D.R.V.C., quien es mayor de edad, venezolana, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nro. 24.529.958, a quien se le dio lectura del contenido del mandamiento de ejecución, resultando ser la demandada en el presente proceso. Seguidamente el Tribunal, procede a solicitar a la demandada antes identificada presente los recibos emanados de la parte actora o de algún Tribunal designado para recibir consignaciones arrendaticias de los cánones de arrendamiento, demandados por la parte actora en su libelo de demanda, correspondiente a los meses de julio a noviembre de 2007, a razón de cuatrocientos sesenta mil bolívares (Bs. 460.000,00) cada mes. Acto seguido, la demandada, antes identificada, ciudadana C.d.R.V.C., antes identificada, expone: Presento en este acto al Tribunal los recibos de los canónes de arrendamiento arrendaticias, correspondiente a los meses de julio a noviembre de 2007, a razón de cuatrocientos sesenta mil bolívares (460.000,00), cada mes, los cuales he efectuado por ante el Tribunal competente el Tribunal de Consignaciones. Es todo. El Tribunal, vista y oida la exposición realizada por la parte demandada el el presente proceso, los recaudos consignados, procede en forma minuciosa a revisar en forma exhaustiva lo presentado y verificados su contenido dando cumplimiento a lo ordenado por el comitente por cuanto lo presentado corresponde a los meses de julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre a razón de cuatrocientos sesenta mil bolívares (Bs. 460.000,00) cada uno de ellos, se ABSTIENE de practicar la medida de secuestro, decretada por el Tribunal de la Causa, ordenándose agregar a los autos copias simples de los recibos presentados a fin de que formen parte integrante de las presentes actuaciones, remite las presentes actuaciones al comitente a los fines de su conocimiento, concluye la presente actuación y dispone su regreso a la sede, siendo las tres y veinte minutos de la tarde. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman:

EL JUEZ TITULAR,

ABG. C.M.P.

LA APODERADA ACTORA

LA DEMANDADA

EL DEPOSITARIO JUDICIAL

EL PERITO AVALUADOR

LA SECRETARIA

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