Resolución mediante la cual dicha Resolución es aplicable para el año 2010, a los buques de Creco Clase 4 a 6, y de Palangre de más de 24 metros de eslora de bandera de la República Bolivariana de Venezuela que pesquen Atunes Aleta Amarilla (Thunnes Albacares), Patudo (Thunnus Obedus), y Barrilete (Katsuwonus Pelamis), en la Zona comprendida entre el litoral de las Américas, en los paralelos que en ella se mencionan, debidamente autorizados por el Instituto Socialista de la Pesca y Acuicultura (INSOPESCA).

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