Decisión de Juzgado Tercero Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de Caracas, de 19 de Octubre de 2011

Fecha de Resolución19 de Octubre de 2011
EmisorJuzgado Tercero Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteJuan Carlos Varela Ramos
ProcedimientoEjecución De Transacción

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

Caracas, 19 de Octubre de 2011

201º y 152º

ASUNTO: AH13-V-2006-000076

Vista la diligencia de fecha 21 de septiembre de 2011, suscrita por el abogado A.G.B., inscrito en el Inpreabogado Nº 31.759, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, este Tribunal ordena agregar dicha actuación a los autos junto con su comprobante de presentación ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de los Juzgados de Primera Instancia, previa su lectura por Secretaría, todo a los fines legales consiguientes.

Ahora bien, en cuanto al pedimento efectuado por dicha representación judicial, se evidencio que en fecha 08 de octubre de 2009, este Tribunal declaro parcialmente Con lugar la demanda por Cumplimiento de Contrato de Compra Venta, y por sentencia de fecha 28 de mayo de 2010, el Juzgado Superior Quinto en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, declaro sin lugar la misma, modificando el fallo dictado, siendo que ejercido el recurso de casación el mismo fue declarado sin lugar por la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, es por lo que este Tribunal declara definitivamente firme el fallo dictado en fecha 28 de mayo de 2010, por el Tribunal de alzada.

Es por lo antes expuesto que, este Tribunal ordena suspender la fianza otorgada por el Banco Nacional de Crédito, C.A., Banco Universal, a la sociedad mercantil BBO Sociedad Administrativa de Entidades de Inversión Colectiva, S.A., mediante documento debidamente notariado ante la Notaria Pública Undécima del Municipio Libertador, en fecha 03 de diciembre de 2008, quedando anotado bajo el No 49, Tomo 292 del Libro de Autenticaciones, por la cantidad de Cuatrocientos Dieciocho Mil Bolívares (Bs. 418.000, oo)

El Juez,

Abg. J.C.V.

La Secretaria

Abg. Diocelis J. Pérez Barreto.

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