Decisión de Juzgado Primero Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de Caracas, de 26 de Septiembre de 2007

Fecha de Resolución26 de Septiembre de 2007
EmisorJuzgado Primero Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteMaría Rosa Martínez
ProcedimientoResolución De Contrato

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, de septiembre de 2007.-

Años: 197º y 148º

Visto el escrito de demanda, presentado por la abogada V.C.U., inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro 18.967, apoderada judicial de la sociedad mercantil Inversiones Damaluti C. A., este Tribunal, ADMITE la demanda cuanto ha lugar en derecho, de conformidad con lo establecido en el artículo 33 de la ley de Arrendamientos Inmobiliarios, en concordancia con el artículo 881 del Código de Procedimiento Civil.- En consecuencia, se ordena emplazar al Colegio de Licenciados en Administración del estado Miranda, en la persona de su presidenta ciudadana T.R.G., venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro 6.812.424, para que comparezca ante este Tribunal al segundo (2do) día de despacho siguiente a la constancia en autos que de su citación se haga, para que de contestación a la demanda, incoada por Inversiones Damaluti C. A., contra el Colegio de Licenciados en Administración del estado Miranda por Resolución de Contrato de Arrendamiento, dentro de las horas de despacho establecidas en la tablilla del tribunal, tal como lo prevé el artículo 192 del Código de Procedimiento Civil, que son las comprendidas entre las 8:30 a.m. y 3:30 p.m., compúlsese el libelo de la demanda, el presente auto y su orden de comparecencia al pié, previa certificación por Secretaría, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.- Líbrese compulsa previo suministros de los fotostátos correspondientes los cuales deberán ser consignados por la parte actora mediante diligencia. Respecto a la medida solicitada, este Tribunal proveerá lo conducente por auto separado en el Cuaderno de Medidas que al efecto se ordena abrir y trasladar al mismo, copias certificadas del libelo de la demanda y sus anexos previo el suministro de los fotostátos respectivos.

La Juez La Secretaria

Dra. Maria Rosa Martínez Catalán.

Norka Cobis

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR