Decisión nº SALA02-OCT de Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de Yaracuy, de 3 de Octubre de 2008

Fecha de Resolución 3 de Octubre de 2008
EmisorTribunal de Protección del Niño y del Adolescente
PonenteEmir Morr
ProcedimientoAutorización Judicial

San Felipe, 03 de octubre de 2008

Años: 198º y 149º

Vista la solicitud formulada por la ciudadana D.M., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.503.139, con domicilio en el sector Curaguire, Urbanización Villas del Cobre, calle 1, casa Nº 46, Aroa, Municipio B.d.E.Y., actuando en representación de su hijo IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE, de doce (12) años de edad, asistido por la abogada Wuileydi Salas Escalona, Defensora Pública Tercera, mediante la cual solicita se le conceda Autorización Judicial para proceder a cobrar la suma de dinero que le corresponde por Prestaciones Sociales, Fideicomiso, Caja de Ahorros, Intereses de Caja de Ahorro, Seguro de Vida y cualquier otro beneficio que le corresponda ante el Ministerio de Educación o ante cualquier otra institución donde haya dejado beneficio con ocasión del fallecimiento el padre, ciudadano Ernan Alonzo Ledezm.L., quien se identificaba con el Nro de Cédula 10. 367.966. En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA: Conceder AUTORIZACIÓN JUDICIAL a la ciudadana D.M., plenamente identificada, para que en representación de su hijo IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE, proceda a gestionar el cobro de la suma de dinero que le corresponda por Prestaciones Sociales, Fideicomiso, Caja de Ahorros, Intereses de Caja de Ahorro, Seguro de Vida y cualquier otro beneficio que le corresponda ante el Ministerio de Educación o ante cualquier otra institución donde existan otros beneficios con ocasión del fallecimiento del ciudadano Ernan Alonzo Ledezm.L., quien era titular de la cédula de identidad Nº V-10.367.966, fallecido en fecha 12-02-06.

Tráigase a los autos cheque de gerencia contentivo del monto que le corresponda al referido adolescente a fin de proceder aperturarle cuenta de ahorro en la entidad bancaria Banfoandes.

Expídase por secretaria cuatro (4) copias certificadas de la presente Autorización para que surta sus efectos legales, certifíquese copia.

La Juez,

Abg. E.M.N.

La Secretaria,

Abg. P.V.

Exp. Solic. N° 1867/08

reina.-

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