Decisión nº PJ0832012000347 de Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Bolivar (Extensión Ciudad Bolivar), de 20 de Marzo de 2012

Fecha de Resolución20 de Marzo de 2012
EmisorTribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
PonenteFranklin Granadillo
ProcedimientoJustificación De Testigos

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

PODER JUDICIAL

Tribunal de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar

Ciudad Bolívar, 20 de marzo de 2012

201º y 153º

ASUNTO: FP02-J-2012-000208

RESOLUCIÓN Nº PJ0832012000347

Sentencia Interlocutoria.

Solicitud por: Justificativo de Testigos.-

Solicitante: D.d.V.C.B..

Niña: (Identidad omitida según artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes).

Revisando actas en el presente expediente, este Juzgado observa, que se cumplió con todos los requisitos exigidos en el presente asunto FP02-J-2012-000208 de Justificativo de Testigo, de conformidad con los artículos 517 de la Ley Organiza de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y 937 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, este Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Declara la Justificación de Carga familiar a la Ciudadana: D.D.V.C.B., titular de la Cedula de Identidad Nº. V-18.622.116, a favor de la niña: (Identidad omitida según artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes). Así se Decide Entréguense los documentos originales previa certificación en autos, a la parte interesada. Cúmplase. Déjese Constancia en el Libro Diario de Actuaciones.-

El Juez (2º) de Mediación

Dr. F.G.P.

La (El) Secretaria (o)

FGP/Jessica.-

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