Decisión nº 2007-495 de Juzgado Decimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo. Extensión Maracaibo. de Zulia (Extensión Maracaibo), de 7 de Abril de 2009

Fecha de Resolución 7 de Abril de 2009
EmisorJuzgado Decimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo. Extensión Maracaibo.
PonenteAlfredo Garcia
ProcedimientoPrestaciones Sociales

ACTA

N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2007-000382

PARTE ACTORA: D.E.M.M.

APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: G.U.

PARTE DEMANDADA: MERCAL C.A.

APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ALINET MORENO.

MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy, Lunes Díez (10) de Diciembre de 2007, siendo las Dos y Doce minutos de la tarde (2:12pm), oportunidad fijada para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos D.E.M.M. y MERCAL C.A. en sus carácter de parte actora y demandada respectivamente, debidamente representados por sus apoderados judiciales Abogados G.U. Y ALINET MORENO identificados en los instrumentos poderes otorgado por sus defendidos tal y como consta en actas, quienes una ves iniciada la audiencia preliminar y en los sucesivos actos de prolongación las partes intervinieron de manera objetiva en la defensa de sus derechos e interese, en la que se hicieron propuestas y alternativa con la firme intención de llegar a un acuerdo transaccional, como efectivamente han llegado y que se especifica en escrito de transacción que se anexa a la presente acta constante de Cuatro (4) folios para que surta sus efectos legales. Este tribunal en vista que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada y se abstiene de archivar el expediente hasta tanto no conste en actas la liberación del pago del fideicomiso acordado en dicho escrito de transacción. Se deja constancia de consignación de poder especial otorgado por la demandada Sociedad Mercantil Mercados de Alimento C.a (MERCAL c.a), igualmente se deja constancia de la devolución de las pruebas a las partes consignadas al inicio de la audiencia preliminar.

El Juez

El Secretario

Abog. Alfredo García

Los Presentes

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