Decisión de Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Nuevo Régimen de Yaracuy, de 31 de Octubre de 2013

Fecha de Resolución31 de Octubre de 2013
EmisorTribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Nuevo Régimen
PonenteAna Matilde López
ProcedimientoCustodia

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION

JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

San Felipe, 31 de Octubre de 2013

AÑOS : 203º y 154º

ASUNTO: UP11-V-2013-000282

Parte Actora: El ciudadano D.J.C.G., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 16.824.715.

Parte Demandada: La ciudadana Bexi Y.P.S. titular de la cedula de identidad Nº V-17.156.942.

MOTIVO: OTORGAMIENTO DE CUSTODIA.

En fecha 29 de Julio de 2013, se recibió escrito y demás recaudos anexos relativos al procedimiento de OTORGAMIENTO DE CUSTODIA interpuesta por la Fiscal Séptima del Ministerio Publico de esta Circunscripción Judicial, abogada R.Z.C.A., a solicitud del ciudadano D.J.C.G., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 16.824.715 en contra de la ciudadana Bexi Y.P.S. titular de la cedula de identidad Nº V-17.156.942.

En fecha 31 de Octubre de 2013, siendo la oportunidad fijada para llevar a efecto la prolongación de la fase de mediación de la audiencia preliminar, se constituyó este Juzgado presidido por la jueza abogada A.M.L.M., por la secretaria abogadeada Conde, y por el alguacil, ciudadano O.O., se realizo la misma no compareciendo las partes por lo que; quien aquí decide actuando de conformidad con el articulo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, declara desistido el presente procedimiento.

Encontrándose la causa para dictar sentencia, esta Juzgadora decide en los siguientes términos:

Ahora bien, al dejar constancia el Tribunal de la inasistencia de las partes se considera desistido el presente procedimiento. En consecuencia; este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley declara desistido el procedimiento de Obligación de Manutención, de conformidad con el articulo 469 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se DECLARA TERMINADO EL PRESENTE PROCEDIMIENTO de OTORGAMIENTO DE CUSTODIA, de conformidad con lo establecido en el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se ordena el archivo del expediente, devuélvase los originales de los instrumentos presentados a la parte que los produjo, y déjese copia certificada de éstos en el mismo.

Publíquese, regístrese y déjese copia certificada, de conformidad con la ley.

Dada, firmada y sellada en el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. En San Felipe, treinta y uno (31) días del mes de Octubre de 2013. Años: 202º de la Independencia y 154º de la Federación.

La Jueza,

Abg. A.M.L.M..

La Secretaria,

En esta misma fecha se publico la presente sentencia, siendo las 10:52 a.m.

La Secretaria,

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