Decisión de Tribunal Superior Agrario de los Estados Aragua y Carabobo de Aragua, de 10 de Febrero de 2016

Fecha de Resolución10 de Febrero de 2016
EmisorTribunal Superior Agrario de los Estados Aragua y Carabobo
PonenteHector Benitez
ProcedimientoAmparo Constitucional

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN MARACAY Y CON COMPETENCIA EN EL ESTADO CARABOBO

(205 y 156°)

Maracay, diez (10) febrero del Año 2016

EXP.-JSAAC-2015-0398

Vista la diligencia suscrita por el abogado C.R.M., venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad V-2.960.113, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 61.147, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos D.A.M.T., F.J.S.G., A.J.S.S., L.A.F.C. y G.A.P.C., venezolanos, mayores de edad, titular de la cédula de identidad Nros V-15.995.758, V-20.443.391, V-16.947.605, V- 13.194.281 y V-13.182.492 respectivamente, mediante la cual solicita que sea librado un cartel de notificación del abocamiento por cuanto resta un numero considerable de personas por notificar; este Juzgado Superior Agrario en aras de garantizar la tutela judicial efectiva y el debido proceso de conformidad con lo establecido en los artículos 26 y 49 de la Constitución ordena librar cartel de notificación a los ciudadanos I.M., M.C., C.S., J.V., H.C., Lusgardo Navas, E.Z., J.C., A.P., F.F., N.G., Páez Félix, Á.V., W.A., L.R., A.B., M.L., L.A., J.Á., J.V., J.P., Edidson Silva, J.A., J.P., M.C., F.A., Á.E., Edwin Henríquez, Isidro Arteaga, A.S., L.F., J.P., A.F., M.G. y R.P., venezolanos, titulares de las cédulas de identidad números V-18.763.918, V-15.257.524, V-18.661.046, V-14.443.817,V-18.661.531, V-17.495.394, V-17.072.849, V-18.347.498, V-17.967.438, V-18.660.802,V-17.494.396, V-17.843.093, V-15.382.072, V-18.501.910, V-17.494.530, V-15.257.864,V-14.624.756 V-19.021.281. V-18.501.327, V-13.133.442, V-12.282.582, V16.318.769,V-19.589.236, V-12.430.726, V-14.781874, V-15.994.396, V-13.890.462, V-21,018.347,V-11.645,070, V-15.995.592, V-14.956,943, V-7,056.047, V-20.786.303, V-15.563,179 y V-15.722.929 respectivamente, a lo fines de que tengan conocimiento del Abocamiento de quien suscribe de fecha catorce (14) de enero del año 2016; asimismo, de conformidad con lo establecido en artículo 233 del Código de Procedimiento Civil. Se deja constancia que dicho cartel deberá ser publicado en el diario Notitarde. Cúmplase.

El JUEZ

ABG. HECTOR BENITEZ CAÑAS

EL SECRETARIO

ABG. DANIEL SUAREZ SERRANO

En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.

EL SECRETARIO

ABG. DANIEL SUAREZ SERRANO

Exp.-JSAAC.- 2015-0398

HBC/dss/jb

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