Decisión de Juzgado Vigesimo Tercero de Municipio de Caracas, de 7 de Diciembre de 2009

Fecha de Resolución 7 de Diciembre de 2009
EmisorJuzgado Vigesimo Tercero de Municipio
PonenteIrene Grisanti
ProcedimientoRectificacion De Partida De Nacimiento

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO VIGESIMO TERCERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas, 07 de diciembre de 2009

198º y 150º

Por recibido el presente expediente proveniente de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, désele entrada y anótese en el libro respectivo. Este Tribunal, a fin de pronunciarse sobre la Rectificación de Acta de Nacimiento presentada por el Ciudadano D.I.O.A., considera necesario citar y a.l.p.e.e. artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, fundamento de la presente rectificación así:

En los casos de errores materiales cometidos en las actas del Registro Civil, tales como cambio de letras, palabras mal escritas con errores ortográficos, transcripción errónea de apellidos, traducciones de nombre y otros semejantes, el procedimiento se reducirá a demostrar ante el Juez la existencia del error, por los medios de pruebas admisibles y el Juez con conocimiento de causa resolverá lo que considere conveniente

.

Ahora bien, el ciudadano D.I.O.A., pretende a través del procedimiento de Rectificación de Actas previsto en la norma supra citada se rectifique su acta de nacimiento en lo atinente al apellido de casada de su madre M.A.D.O., por M.A.O., sin tomar en consideración que el procedimiento contenido en la norma invocada es procedente cuando las actas del estado civil, adolecen de errores materiales tales como cambio de letras, palabras mal escritas con errores ortográficos, transcripción errónea de apellidos y traducciones de nombre, y siendo que el error invocado por el solicitante no encuadra en los supuestos de la norma antes citada resulta forzoso para esta Juzgadora negar la admisión de la presente Rectificación de Acta de Nacimiento y así se decide.

La Juez

Abg. Irene Grisanti Cano

La Secretaria

Abg. Veriuska Almeida

IGC/VA/vv

AP31-F-2009-003701

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