Decisión nº 1884 de Juzgado Superior Contencioso Tributario de Anzoategui, de 29 de Marzo de 2011

Fecha de Resolución29 de Marzo de 2011
EmisorJuzgado Superior Contencioso Tributario
PonentePedro David Ramirez Perez
ProcedimientoRecurso Contencioso Tributario

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental

Barcelona, veintinueve de marzo de dos mil once

200º y 152º

ASUNTO: BP02-U-2011-000021

Visto el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por el abogado O.G.H., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro 6.822.150, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 48.301, actuando en su carácter de apoderado de la contribuyente BINGO DEL CARIBE C.A, inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, bajo el Nº 43, Tomo 27-A, en fecha 10/11/97, e inscrita en el Registro de Información Fiscal (RIF) bajo el Nº J-30849078-4, con domicilio procesal Avenida 4 de Mayo cruce con Calle Campos, Centro Comercial Jumbo, Pisos 8 y 9, Porlamar Municipio M.d.E.N.E., recibido en este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental, en fecha veintiocho (28) de enero de 2011, en contra de la Resolución Nº CNC-D-RCS-007/2010 de fecha 01-12-2010, la cual CONFIRMA el contenido del Acta de Reparo Nº CNC/IN/2009-007, de fecha 25 de septiembre de 2009, en contra de la Licenciataria BINGO DEL CARIBE C.A, cuya denominación comercial es BINGO DEL CARIBE, levantada para el período fiscal comprendido entre el 1º de enero del 2004 hasta el 30 de abril del 2009, ambas fechas inclusive. Ordena a la Licenciataria BINGO DEL CARIBE C.A, proceder a su pago, para lo cual se acuerda expedir las planillas por triplicado correspondientes: 1.- Planillas de Liquidación a la Licenciataria BINGO DEL CARIBE C.A, por la cantidad de DOSCIENTOS NUEVE MIL QUINIENTOS UN BOLIVARES CON TREINTA Y DOS CÉNTIMOS (Bs. 209.501,32), desglosados de la siguiente manera: a) por concepto de Contribuciones Especiales, la cantidad de CUARENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE BOLÍVARES CON OCHENTA Y CINCO CÉNTIMOS (Bs. 47.487,85); b) por concepto de intereses moratorios calculados hasta el 30 de noviembre de 2010, la cantidad de CINCUENTA MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y CUATRO BOLIVARES CON CINCUENTA Y SEIS CÉNTIMOS (Bs. 50.684,56) y c) por concepto de multa la cantidad total de CIENTO ONCE MIL TRESCIENTOS VEINTIOCHO BOLIVARES CON NOVENTA Y UN CÉNTIMOS (Bs. 111.328,91). 2.- Planillas de Liquidación por Triplicado a la Licenciataria BINGO DEL CARIBE C.A, por la cantidad total de DIECISEIS MILLONES CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS CUARENTA Y CINCO BOLIVARES CON NOVENTA Y TRES CÉNTIMOS (Bs. 16.146.745,93) desglosadas de la siguiente manera: a) por concepto de deferencias de las Regalías, la cantidad de CUATRO MILLONES CINCUENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE BOLIVARES CON NOVENTA Y UN CÉNTIMOS (Bs. 4.056.987,91); b) por concepto de intereses moratorios correspondientes hasta el 30 de septiembre del año 2010 la cantidad de TRES MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL DIECISIETE BOLIVARES CON SESENTA Y OCHO CÉNTIMOS (Bs. 3.849.017,68) y c) por concepto de multa la cantidad total de OCHO MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA MIL SETECIENTOS CUARENTA BOLIVARES CON TREINTA Y CUATRO CÉNTIMOS (Bs. 8.240.740,34), emanada de la Dirección de la Comisión Nacional de Casinos, Salas de Bingo y Maquinas Traganíqueles Adscrito al Ministerio del Poder Popular Para Relaciones Interiores y Justicia. Este Tribunal Superior observa que se encuentran llenos los requisitos establecidos en el Código Orgánico Tributario vigente, en sus artículos 259, 260, 261, 262, y 266; a saber: Se trata de un acto administrativo de efectos particulares, recurrible en la vía Jurisdiccional, impugnado por ante la autoridad competente, dentro del lapso legal, mediante escrito en el cual se funda y consta la cualidad e interés de la recurrente; así como también queda demostrada la legitimidad de la persona que se presenta como representante de la recurrente; por tanto este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y de conformidad con los Artículos 26, 49 y 253 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela ADMITE el presente Recurso Contencioso Tributario, interpuesto por el abogado O.G.H., actuando en su carácter de apoderado de la contribuyente BINGO DEL CARIBE C.A, contra de la Resolución Nº CNC-D-RCS-007/2010 de fecha 01-12-2010, emanada de la Dirección de la Comisión Nacional de Casinos, Salas de Bingo y Maquinas Traganíqueles Adscrito al Ministerio del Poder Popular Para Relaciones Interiores y Justicia, procédase a su tramitación y sustanciación, de conformidad con los Artículos 267 y siguientes del Código Orgánico Tributario, abriéndose la causa a pruebas a partir del primer (1er) día de despacho siguiente al de hoy, visto que no hubo oposición alguna por parte de la respectiva Administración Tributaria.

Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el archivo de este Tribunal Superior.

Dado firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de le Región Oriental. Barcelona, a los 29-03-2011. Años 200° de la Independencia y 152° de la Federación.

EL JUEZ PROVISORIO,

Dr. P.D.R.P..

EL SECRETARIO,

ABG. H.A..

Nota: En esta misma fecha (29-03-2011), siendo las 3:30 p.m., se dictó y publicó la anterior decisión previa las formalidades de Ley. Conste.

EL SECRETARIO,

ABG. H.A..

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR