Decisión nº C-1437-2011.- de Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Garcia de Hervía, Panamericano, Samuel Dario Maldonado y Simón Rodriguez de Tachira, de 12 de Julio de 2011

Fecha de Resolución12 de Julio de 2011
EmisorJuzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Garcia de Hervía, Panamericano, Samuel Dario Maldonado y Simón Rodriguez
PonenteRafael Manuel Nieto Ricaurte
ProcedimientoEmbargo Ejecutivo

Siendo las diez y treinta horas de la mañana (10:30 a.m.) del día de hoy martes, doce (12) de julio de dos mil once (2011), en horas de despacho se trasladó este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios G.d.H., Panamericano, S.D.M. y S.R.d. la Circunscripción Judicial del Estado Táchira integrado por el Juez Titular Abg. R.M.N.R., titular de la cédula de identidad número V-8.107.931 y la Secretaria Abg. TRINEIMA YERINNE PADILLA CONTRERAS, titular de la cédula de identidad número V-11.975.135, y se constituyó en la Entidad Financiera Banco Mercantil, ubicada en la carrera 4, entre calle 7 y 8, de la población de Coloncito, Municipio Panamericano del Estado Táchira, todo con el fin de dar cumplimiento al Mandamiento de Ejecución decretado en el expediente número 14.589-2003 por el Juzgado Tercero de Primera instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, sobre bienes propiedad de la co-demandada Sociedad Mercantil Seguros Horizonte C.A. hasta cubrir la suma de VEINTE MIL BOLIVARES (Bs.20.000,oo) si el embargo recae sobre cantidades liquidas de dinero solo podrá hacerse hasta cubrir la suma de DIEZ MIL BOLIVARES (Bs. 10.000,oo). Presente en el acto el abogado actor ciudadano O.A.M.C., titular de la cédula de identidad V-7.094.923, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 31.070. Seguidamente constituido como se encuentra este Juzgado Ejecutor de Medidas el ciudadano Juez Abg. RAFAEL M, NIETO R, procedió a notificar de la presencia y misión del Tribunal a un ciudadano que dijo ser y llamarse F.C.D.C., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-10.157.780, en su condición de Gerente de la Entidad Financiera en la cual se encuentra constituido este Despacho Judicial y a quien se le dio lectura del Mandamiento de Ejecución al cual se contrae la presente comisión ordenada por el Juzgado Comitente. En este estado el profesional del derecho ciudadano O.A.M.C., en su condición de demandante plenamente identificado, solicito a este Tribunal el derecho de palabra y concedido como le fue expuso: “Solicito muy respetuosamente al ciudadano Juez Ejecutor, requiera del ciudadano F.C.D.C., notificado en la presente acta y en su condición de Gerente, la información sobre la cantidad de dinero existente para el día de hoy en la cuenta corriente número 01050026511026428300, que posee la co-demandada de autos Sociedad Mercantil Seguros Horizontes C.A., en la institución bancaria Banco Mercantil. Es todo.” En este estado el ciudadano notificado F.C.D.C., ya identificado, en su condición de Gerente de la Entidad Financiera Banco Mercantil, previo el requerimiento realizado por el Juez, informo a este Juzgado Ejecutor de Medidas que la demandada Seguros Horizontes posee en esta Institución Financiera una Cuenta Corriente signada con el número 01050026511026428300, la cual para el día de hoy posee un saldo superior a la cantidad ordenada a embargar. Es todo. En este estado solicitó el derecho de palabra el Abogado Actor O.A.M.C., ya identificado y concedido que le fue expuso: “Solicito muy respetuosamente al ciudadano Juez Ejecutor se sirva dar cumplimiento al Mandamiento de Ejecución al cual se contrae la presente comisión, en consecuencia, pido se proceda a Embargar Ejecutivamente la suma de DIEZ MIL BOLIVARES (Bs. 10.000,oo) existente en la Cuenta Corriente Supra señalada y cuyo titular es la co-demandada Sociedad Mercantil Seguros Horizonte C.A. Es todo”. Vista la solicitud formulada por el abogado actor y por no ser contraria a derecho la acuerda en conformidad, en consecuencia este Juzgado Ejecutor de Medidas en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley procede a dar estricto cumplimiento al presente Mandamiento de Ejecución decretado por el Juzgado Comitente se procede a DECLARA FORMALMENTE EMBARGADA EJECUTIVAMENTE la suma de DIEZ MIL BOLIVARES (Bs.10.000,oo), de la cuenta corriente número 01050026511026428300, cuyo titular es la co-demandada de autos Sociedad Mercantil Seguros Horizonte C.A. se DECLARA CONSUMADA LA DESPOSESION JURIDICA DE LA MISMA DEL PATRIMONIO DE LA CO-DEMANDADA. Se ordena en este acto al ciudadano F.C.D.C., ya identificado, en su condición de Gerente de la Entidad Financiera Banco Mercantil, que emita un Cheque de Gerencia que formara parte integrante de esta comisión a nombre del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, girado en contra de la cuenta ahorros número 01050026511026428300 del Banco Mercantil y cuyo titular es la demandada de autos Sociedad Mercantil Seguros H.C.p. la suma de DIEZ MIL BOLIVARES (Bs.10.000,oo) cantidad que fue embargada en este acto. Seguidamente el ciudadano F.C.D.C., ya identificado, en su condición de Gerente de la Entidad Financiera Banco Mercantil procedió a entregar a este Juzgado Ejecutor de Medidas un Cheque de Gerencia signado con el número 90002854, girado contra la cuenta corriente número 01050026511026428300, el cual se consigna constante de un folio útil a la presente comisión a los fines de su posterior envió al Juzgado Comitente. No siendo otro el objeto del tribunal se le dio lectura a la presente acta y conforme se firma siendo las doce y diez horas de la tarde (12:10 p.m.)

El Juez Ejecutor

Abg. Rafael M, Nieto R

El Demandante El Notificado

Abg. Omar A, Monsalve C Franklin C, Duarte Ch

Secretaria del Tribunal

Abg. Trineima Yerinne Padilla Contreras

Comisión Nro. 1437-2011

Exp. 14.589-2003

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