Decisión nº 752 de Juzgado Superior Contencioso Tributario de Anzoategui, de 29 de Febrero de 2008

Fecha de Resolución29 de Febrero de 2008
EmisorJuzgado Superior Contencioso Tributario
PonenteJorge Luis Puentes
ProcedimientoJuicio Ejecutivo

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental

Barcelona, veintinueve de febrero de dos mil ocho

197º y 149º

ASUNTO: BP02-U-2007-000242

Visto el escrito Contentivo de JUICIO EJECUTIVO, interpuesto en fecha 05-10-2007, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documento (U.R.D.D) Civil, por el Abogado J.C.M.S., venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro., V- 9.966.309, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 100.256, funcionario adscrito a la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Nor Oriental, actuando en su carácter de sustituto de la ciudadana Procuradora General de la República Bolivariana de Venezuela y por ende Representante Legal de la República Bolivariana de Venezuela, contra la contribuyente sociedad mercantil SERVICIOS CIVILES Y PETROLEROS, C.A., inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 06/08/1984, bajo el Nro. 41, Tomo B-7, e inscrita en el Registro de Información Fiscal bajo el Nro J-08015786-9, con domicilio Calle Democracia, Edificio Bartolomé, piso 1, oficina 4, Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui; representada por el ciudadano L.A.S.B., mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.916.996 en su carácter de miembro de la junta directiva de la contribuyente antes mencionada y recibido por ante este Tribunal Superior en fecha ocho (08) de octubre de 2007; Este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental, realizada la revisión del referido escrito y sus recaudos, observa que se encuentran llenos todos y cada uno de los requisitos exigidos en el artículo 340 del Código de Procedimiento Civil; así como las disposiciones establecidas en los artículos 211, 212 , 213 y 289 del Código Orgánico Tributario vigente, motivo por el cual ADMITE el presente JUICIO EJECUTIVO intentado por la GERENCIA REGIONAL DE TRIBUTOS INTERNOS DE LA REGIÓN NOR ORIENTAL DEL SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA SENIAT ADSCRITO AL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS FINANZAS, contra la contribuyente SERVICIOS CIVILES Y PETROLEROS, C.A., se ordena la intimación de la contribuyente SERVICIOS CIVILES Y PETROLEROS, C.A., domiciliada en la Calle Democracia, Edificio Bartolomé, piso 1, oficina 4, Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, en la persona de cualquiera de su representante ciudadano L.A.S.B., mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.916.996; a fin de que comparezca por ante este Tribunal Superior dentro de los cinco (05) días de despacho siguientes, a la constancia en autos de haberse practicado la intimación ordenada, para que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 294 del Código Orgánico Tributario, pague o compruebe haber pagado a la GERENCIA REGIONAL DE TRIBUTOS INTERNOS DE LA REGIÓN NOR ORIENTAL DEL SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA SENIAT ADSCRITO AL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS FINANZAS, las siguientes cantidades de dinero:

  1. La cantidad de CIENTO SESENTA Y DOS MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 162.000,00), REEXPRESADO EN BOLIVARES FUERTES CIENTO SESENTA Y DOS BOLIVARES CON CERO CÉNTIMOS (BF. 162,00) por concepto de Multa, contentiva en la planilla de liquidación Nro 071065001541 de fecha 16-11-1998.

  2. La cantidad de DOCE MIL DOSCIENTOS SESENTA BOLIVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 12.260,00), REEXPRESADO EN BOLIVARES FUERTES DOCE BOLIVARES CON VEINTISEIS CENTIMOS (BF. 12,26) por concepto de Intereses Moratorios, contentiva en la planilla de liquidación Nro. 071065001541 de fecha 16-11-1998.

  3. La cantidad de TRESCIENTOS TREINTA Y DOS MIL CIEN BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 332.100,00), REEXPRESADO EN BOLIVARES FUERTES TRESCIENTOS TREINTA Y DOS BOLIVARES CON DIEZ CÉNTIMOS (BF. 332,10) por concepto de Multa, contentiva en la planilla de liquidación Nro. 071065001542 de fecha 16-11-1998.

  4. La cantidad de TRES MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS TRES BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 3.966.803,00), REEXPRESADO EN BOLIVARES FUERTES TRES MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SEIS BOLIVARES CON OCHENTA CÉNTIMOS (BF. 3.966,80) por concepto de Impuestos, Multas e Intereses, contentiva en la planilla de liquidación Nro. 071002165001926 y 071002165001927 de fecha 03-09-1998.

  5. La cantidad de TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS SETENTA Y OCHO BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 367.578,00), REEXPRESADO EN BOLIVARES FUERTES TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE BOLIVARES CON CINCUENTA Y CINCO CÉNTIMOS (BF. 367,55) por concepto de Intereses, contentiva en la planilla de liquidación Nro. 071002165001951 de fecha 18-09-1998.

  6. La cantidad de CINCUENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS TREINTA Y TRES BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 56.933,00), REEXPRESADO EN BOLIVARES FUERTES CINCUENTA Y SEIS BOLIVARES CON NOVENTA Y TRES CÉNTIMOS (BF. 56,93) por concepto de Multa e Intereses, contentiva en la planilla de liquidación Nro. 071002165001952 de fecha 18-09-1998.

  7. La cantidad de DOSCIENTOS CATORCE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y DOS BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 214.272,00), REEXPRESADO EN BOLIVARES FUERTES DOSCIENTOS CATORCE BOLIVARES CON VEINTISIETE CÉNTIMOS (BF. 214,27) por concepto de Intereses, contentiva en la planilla de liquidación Nro. 071002165001953 de fecha 18-09-1998.

  8. La cantidad de DOSCIENTOS VEINTIDOS MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 222.000,00), REEXPRESADO EN BOLIVARES FUERTES DOSCIENTOS VEINTIDOS BOLIVARES CON CERO CÉNTIMOS (BF. 222,00) por concepto de Intereses, contentiva en la planilla de liquidación Nro. 071001265005692 de fecha 07-12-1998.

  9. La cantidad de TRESCIENTOS SETENTA MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 370.000,00), REEXPRESADO EN BOLIVARES FUERTES TRESCIENTOS SETENTA BOLIVARES CON CERO CÉNTIMOS (BF. 370,00) por concepto de Multa, contentiva en la planilla de liquidación Nro. 071001228000489 de fecha 20-02-2002.

  10. La cantidad de DOSCIENTOS VEINTIDOS MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 222.000,00), REEXPRESADO EN BOLIVARES FUERTES DOSCIENTOS VEINTIDOS BOLIVARES CON CERO CÉNTIMOS (BF. 222,00) por concepto de Multa, contentiva en la planilla de liquidación Nro. 071001228000490 de fecha 20-02-2002.

  11. La cantidad de CIENTO SESENTA Y DOS MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 162.000,00), REEXPRESADO EN BOLIVARES FUERTES CIENTO SESENTA Y DOS BOLIVARES CON CERO CÉNTIMOS (BF. 162,00) por concepto de Multa, contentiva en la planilla de liquidación Nro. 071001228000491 de fecha 20-02-2002.

  12. La cantidad de CIENTO SETENTA MIL CIEN BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 170.100,00), REEXPRESADO EN BOLIVARES FUERTES CIENTO SETENTA BOLIVARES CON DIEZ CÉNTIMOS (BF. 170,10) por concepto de Multa, contentiva en la planilla de liquidación Nro. 071001228000492 de fecha 20-02-2002.

  13. La cantidad de CIENTO SETENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 178.200,00), REEXPRESADO EN BOLIVARES FUERTES CIENTO SETENTA Y OCHO BOLIVARES CON VEINTE CÉNTIMOS (BF. 178,20) por concepto de Multa, contentiva en la planilla de liquidación Nro. 071001228000493 de fecha 20-02-2002.

  14. La cantidad de CIENTO OCHENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 186.300,00), REEXPRESADO EN BOLIVARES FUERTES CIENTO OCHENTA Y SEIS BOLIVARES CON TREINTA CÉNTIMOS (BF. 186,30) por concepto de Multa, contentiva en la planilla de liquidación Nro. 071001228000494 de fecha 20-02-2002.

  15. La cantidad de CIENTO NOVENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 194.400,00), REEXPRESADO EN BOLIVARES FUERTES CIENTO NOVENTA Y CUATRO BOLIVARES CON CUARENTA CÉNTIMOS (BF. 194,40) por concepto de Multa, contentiva en la planilla de liquidación Nro. 071001228000495 de fecha 20-02-2002.

  16. La cantidad de DOSCIENTOS DOS MIL QUINIENTOS BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 202.500,00), REEXPRESADO EN BOLIVARES FUERTES DOSCIENTOS DOS BOLIVARES CON CINCUENTA CÉNTIMOS (BF. 202,50) por concepto de Multa, contentiva en la planilla de liquidación Nro. 071001228000496 de fecha 20-02-2002.

  17. La cantidad de DOSCIENTO DIEZ MIL SEISCIENTOS BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 210.600,00), REEXPRESADO EN BOLIVARES FUERTES DOSCIENTOS DIEZ BOLIVARES CON SESENTA CÉNTIMOS (BF. 210,60) por concepto de Multa, contentiva en la planilla de liquidación Nro. 071001228000497 de fecha 20-02-2002.

  18. La cantidad de DOSCIENTOS DIECIOCHO MIL SETECIENTOS BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 218.700,00), REEXPRESADO EN BOLIVARES FUERTES DOSCIENTOS DIECIOCHO BOLIVARES CON SETENTA CÉNTIMOS (BF. 218,70) por concepto de Multa, contentiva en la planilla de liquidación Nro. 071001228000498 de fecha 20-02-2002.

  19. La cantidad de TRESCIENTO DIEZ MIL OCHOCIENTOS BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 310.800,00), REEXPRESADO EN BOLIVARES FUERTES TRESCIENTO DIEZ BOLIVARES CON OCHENTA CÉNTIMOS (BF. 310,80) por concepto de Multa, contentiva en la planilla de liquidación Nro. 071001228000499 de fecha 20-02-2002.

  20. La cantidad de TRESCIENTO VEINTIUN MIL NOVECIENTOS BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 321.900,00), REEXPRESADO EN BOLIVARES FUERTES TRESCIENTO VEINTIUN BOLIVARES CON NOVENTA CÉNTIMOS (BF. 321,90) por concepto de Multa, contentiva en la planilla de liquidación Nro. 071001228000500 de fecha 20-02-2002.

  21. La cantidad de TRESCIENTO TREINTA Y TRES MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 333.000,00), REEXPRESADO EN BOLIVARES FUERTES TRESCIENTOS TREINTA Y TRES BOLIVARES CON CERO CÉNTIMOS (BF. 333,00) por concepto de Multa, contentiva en la planilla de liquidación Nro. 071001228000501 de fecha 20-02-2002.

  22. La cantidad de TRESCIENTO CUARENTA Y CUATRO MIL CIEN BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 344.100,00), REEXPRESADO EN BOLIVARES FUERTES TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO BOLIVARES CON DIEZ CÉNTIMOS (BF. 344,10) por concepto de Multa, contentiva en la planilla de liquidación Nro. 071001228000502 de fecha 20-02-2002.

  23. La cantidad de CUATROCIENTOS SESENTA MIL OCHOCIENTOS BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 460.800,00), REEXPRESADO EN BOLIVARES FUERTES CUATROCIENTOS SESENTA BOLIVARES CON OCHENTA CÉNTIMOS (BF. 460,80) por concepto de Multa, contentiva en la planilla de liquidación Nro. 071001228000503 de fecha 20-02-2002.

  24. La cantidad de CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 475.200,00), REEXPRESADO EN BOLIVARES FUERTES CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO BOLIVARES CON VEINTE CÉNTIMOS (BF. 475,20) por concepto de Multa, contentiva en la planilla de liquidación Nro. 071001228000504 de fecha 20-02-2002.

  25. La cantidad de CUATROCIENTOS OCHENTA MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 480.000,00), REEXPRESADO EN BOLIVARES FUERTES CUATROCIENTOS OCHENTA BOLIVARES CON CERO CÉNTIMOS (BF. 480,00) por concepto de Multa, contentiva en la planilla de liquidación Nro. 071001228000505 de fecha 20-02-2002.

  26. La cantidad de CUATROCIENTOS OCHENTA MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 480.000,00), REEXPRESADO EN BOLIVARES FUERTES CUATROCIENTOS OCHENTA BOLIVARES CON CERO CÉNTIMOS (BF. 480,00) por concepto de Multa, contentiva en la planilla de liquidación Nro. 071001228000506 de fecha 20-02-2002.

  27. La cantidad de QUINIENTOS OCHENTA MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 580.000,00), REEXPRESADO EN BOLIVARES FUERTES QUINIENTOS OCHENTA BOLIVARES CON CERO CÉNTIMOS (BF. 580,00) por concepto de Multa, contentiva en la planilla de liquidación Nro. 071001228000507 de fecha 20-02-2002.

  28. La cantidad de QUINIENTOS OCHENTA MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 580.000,00), REEXPRESADO EN BOLIVARES FUERTES QUINIENTOS OCHENTA BOLIVARES CON CERO CÉNTIMOS (BF. 580,00) por concepto de Multa, contentiva en la planilla de liquidación Nro. 071001228000508 de fecha 20-02-2002.

  29. La cantidad de QUINIENTOS OCHENTA MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 580.000,00), REEXPRESADO EN BOLIVARES FUERTES QUINIENTOS OCHENTA BOLIVARES CON CERO CÉNTIMOS (BF. 580,00) por concepto de Multa, contentiva en la planilla de liquidación Nro. 071001228000509 de fecha 20-02-2002.

  30. La cantidad de QUINIENTOS OCHENTA MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 580.000,00), REEXPRESADO EN BOLIVARES FUERTES QUINIENTOS OCHENTA BOLIVARES CON CERO CÉNTIMOS (BF. 580,00) por concepto de Multa, contentiva en la planilla de liquidación Nro. 071001228000510 de fecha 20-02-2002.

  31. La cantidad de QUINIENTOS OCHENTA MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 580.000,00), REEXPRESADO EN BOLIVARES FUERTES QUINIENTOS OCHENTA BOLIVARES CON CERO CÉNTIMOS (BF. 580,00) por concepto de Multa, contentiva en la planilla de liquidación Nro. 071001228000511 de fecha 20-02-2002.

  32. Las costas del proceso de conformidad con lo dispuesto en el artículo 327 del Código Orgánico Tributario; conforme a la Ley, por la cantidad de UN MILLON TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y DOS BOLIVARES CON SESENTA CÉNTIMOS (Bs. 1.355.472,60), REEXPRESADO EN BOLIVARES MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO BOLIVARES CON CUARENTA Y SIETE CENTIMOS (BF. 1.355,47) equivalente al diez por ciento (10%) de la suma demandada, así como los intereses moratorios generados desde el vencimiento del cumplimiento de las obligaciones, hasta la cancelación total de la deuda o formulen oposición conforme a la ley. En cuanto a la medida solicitada en el escrito libelar por la GERENCIA REGIONAL DE TRIBUTOS INTERNOS DE LA REGIÓN NOR ORIENTAL DEL SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA SENIAT ADSCRITO AL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS FINANZAS, el Tribunal proveerá en el correspondiente cuaderno separado de medidas el cual se ordena abrir.- Líbrese boleta de intimación con las inserciones pertinentes, anéxele copia certificada del escrito libelar y del presente auto a los fines de ser entregada al intimado. Cúmplase con lo ordenado.-

Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental. Barcelona, a los veintinueve (29) días del mes de febrero del año 2008. Años 197° de la Independencia y 149° de la Federación.

EL …

JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,

Dr. J.L.P.T..

LA SECRETARIA,

ABG. V.C.

Nota: En esta misma fecha (29-02-2008) se dictó la presente decisión previa las formalidades de la ley a las 10:20 a.m., Asimismo se requieren fotostatos a fin de librar la Boleta de Intimación. Conste.

LA SECRETARIA,

ABG. V.C..

JLPT/VC/g.i

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