Se dispone que todo proceso electoral que deba realizarse en los gremios y colegios profesionales, destinado a la elección de sus autoridades y directivas, debe cumplir sin excepción, con las pautas y requisitos establecidos en la Resolución N° 030807-387, contentiva de las 'Normas para Regular los Procesos Electorales de Gremios y Colegios Profesionales'.

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