Todo lo que debe saber al reportar un siniestro del vehículo

Teresa Ruiz chocó su automóvil mientras se dirigía al trabajo. La preocupación de reportar el accidente a su compañía de seguros la invadió de inmediato: llamar al corredor, hacer la inspección, esperar la cita del taller formarán parte de la innumerable lista de diligencias por hacer. Sin embargo, existen formas de agilizarlas o por lo menos, no perder tiempo al momento de ejecutarlas.

Daños mayores. Juan José Morante, corredor de seguros, indica que lo primero que hay que saber identificar es el tipo de siniestro: "Existen pérdidas totales, que pueden ser por choque o por robo, y pérdidas parciales". En el caso de choques es imperante notificar a las autoridades ÂTránsito Terrestre o Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y CriminalísticasÂ, para reportar el hecho a la aseguradora. Es importante saber que las pérdidas totales por choque se determinan, únicamente, cuando el seguro realiza la inspección del vehículo luego del siniestro. "La revisión se hace con la colaboración de un taller y se declara este tipo de daño cuando los costos de reparación del vehículo alcanzan o superan 75% del valor asegurado", explica Morante. Luego de hacer el avalúo, hay que consignar los documentos exigidos y esperar el pago en un lapso que varía entre 30 y 60 días. Este período comienza a transcurrir una vez que se entrega el último requisito.

Otros tipos de pérdidas totales pueden ser por incendio o inundación. En estos casos debe actuar el Cuerpo de Bomberos o se exige una declaración jurada. Si se trata del robo del vehículo, Morante sugiere comunicarse con el centro de localización si tiene algún dispositivo satelital para que hagan el rastreo. Luego es el momento de notificar a la compañía de seguros. "Lo aconsejable es que se haga mediante el corredor, quien tiene experiencia y podrá transmitir la información sin datos que perjudiquen a su cliente", señala. En su criterio, si roban el vehículo debe comunicarlo a la aseguradora, generalmente, dentro de las 24 horas siguientes. Si no se hace en ese lapso se corre el riesgo de no recibir la indemnización. "Una vez que se informa del siniestro, el próximo paso es consignar los recaudos exigidos en las oficinas de la empresa: declaración ante el cuerpo de seguridad, título de propiedad, factura de compra o documento de traspaso, pago de los impuestos municipales, y si la persona es casada, acta de matrimonio y copia de la cédula del cónyuge".

Averías menores. Las pérdidas parciales tienen muchas...

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