Decisión nº 77 de Tribunal Segundo de Control L.O.P.N.A de Monagas, de 19 de Septiembre de 2008

Fecha de Resolución19 de Septiembre de 2008
EmisorTribunal Segundo de Control L.O.P.N.A
PonenteDilia Mendoza
ProcedimientoAuto

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Circuito Judicial Penal del Estado Monagas

Tribunal Segundo de Control Sección Adolescente

Maturín, 19 de Septiembre de 2008

198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-D-2008-000234

ASUNTO : NP01-D-2008-000234

Vista la solicitud de Orden de Aprehensión presentada por la Abg. SILIS M.T.V., en su condición de Fiscal Décima Auxiliar del Ministerio Público con Competencia en el Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente del Estado Monagas, en contra del adolescente XXXXXXXXXXXXXXXX, Apodado el ALEX, una vez realizadas las presentes actuaciones este Tribunal hace las siguientes consideraciones:

De la investigación N° H-535-264 que adelanta Funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas conjuntamente con la Fiscalía Décima del Ministerio Público y así lo discrimina en su escrito el Ministerio Público, que hasta el presente momento procesal consta en autos los siguientes elementos de convicción que textualmente se transcriben:

  1. - TRANSCRIPCION DE NOVEDAD, que riela al folio Uno (01) de las actuaciones, suscrita en fecha 05/02/08, donde deja constancia: “…que en las novedades diarias, llevadas por ante ese Despacho…del día de 05/01/08 hasta las 08:00 horas de la mañana de la mañana del día 06/01/08,…NUMERAL -19- 17:30- Hrs: RECEPCION TELEFONICA: Se recibe la misma de parte del ciudadano que se identifico como: FENG HUICHAO, de nacionalidad China,…Cedulado E-83.700.010, informando que tres sujetos desconocidos, portando armas de fuego, irrumpieron en el local de comercio denominado “Supermercado LIZHEN FENG”, ubicado en la calle Nueva Esparta del Sector El Mercado, Municipio de Caripito, logrando apoderarse de la cantidad de un millón de bolívares en efectivo y de la cantidad de 300 mil bolívares de tarjetas móvil de la empresas “Movilnet y Movistar” en varias denominaciones.

  2. - ACTA DE INVESTIGACION PENAL, que riela al folio Seis (06) de las actuaciones, suscrita en fecha 05/01/08, realizada por el funcionario J.F., adscrito al Área de Investigaciones de esta Sub-Delegación,…deja constancia de la siguiente diligencia policial,…en consecuencia expone: “Hoy en horas de la tarde,…me traslade hacia el Local Comercial Supermercado LIZHEN FENG, ubicado en la calle Nueva Esparta, Sector el Mercado Municipal de Caripito, Municipio B.d.E.M.,…en compañía del funcionario Detective S.M.,…una vez en la dirección antes mencionada, fuimos recibidos por el ciudadano Feng Huichao, de nacionalidad China, natural de Cantón China de 21 años de edad,…Cedulado E-83.700.010, residenciado en la Calle Nueva Esparta, Numero 09, Caripito, Estado Monagas,…manifestó ser el propietario de dicho local, así mismo que tres sujetos, entre ellos uno apodado “El Marciano” y “El Alex”, portando arma de fuego irrumpieron en su local comercial, sometieron a los presentes, para posteriormente llevarse de las cajas registradora la cantidad de 1.000 bolívares fuertes, producto de las ventas diarias y un aproximado de trescientas tarjetas telefónicas de la Empresa Movistar y Movilnet de diferentes precios, por un valor aun no determinado, seguidamente procedimos a realizar la correspondiente Inspección Técnica Policial en el lugar del hecho, culminada la misma efectuamos un amplio recorrido por el sector en compañía de la victima con la finalidad de ubicar e identificar a los autores del hecho que se investiga, siendo infructuosa dicha pesquisa,…”.

  3. - INSPECCIÓN TECNICA POLICIAL Nº. 0005, que riela al folio Siete (07) de las actuaciones, de fecha 05/01/08, suscrita por los funcionarios: Detective S.M. y Agente (PEM) J.F. (Investigador), adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas (Sub-Delegación Caripito), practicada en: SUPERMERCADO LIZHEN FENG, UBICADO EN LA CALLE NUEVA ESPARTA, SECTOR EL MERCADO MUNICIPAL, MUNICIPIO BOLIVAR, CARIPITO, ESTADO MONAGAS, en la cual se deja constancia de: “Trátese de ser un sitio de suceso CERRADO, y lo constituye una edificación de una planta, utilizada como local de venta al mayor y detal de víveres, Charcutería, Carnicería, Quincallera, denominado “SUPERMERCADO LIZHEN FENG, C.A”, cuya fachada esta orientada hacia la calzada vial o sentido cardinal Oeste;…en su parte inferior se ubica cuatro portones tipo “Santamaría”, pintados de color amarillo, sólo el tercer portón, contando de izquierda a derecha, permanece abierto en la inmediaciones del local, para el momento de practicar la presente Inspección Técnica, se aprecian numerosa concurrencia de transeúntes y vehículos,…al ingresar a interior del local se observa igualmente aglomeración de clientes en el local, así como movimiento del personal que labora en dicho comercio; en primer plano hacia el flanco derecho se aprecia la caja registradora principal con su pantalla o monitor a color (encendido), mostrando parte de los registros de ventas; dicha caja registradora reposa sobre un gavetero desprovisto de cerradura alguna, el mismo se observa abierto, desprovisto de dinero o valor alguno, a la derecha se aprecian un conjunto de cuatro dispositivos eléctricos, denominados, punto de “ventas electrónicos”, en la parte superior sobre un estante destaca otra pantalla monitor, en la cual se observan las imágenes captadas por las cámaras del comercio;…al lado izquierdo de la caja registradora principal, se ubica una segunda caja registradora con su respectiva pantalla o monitor, este presenta igualmente en su parte inferior el cajetín para el acomodo de dinero efectivo, la misma se aprecia igualmente desprovista se efectivo o valor alguno,…hacia el final se ubican el área de carnicería y charcutería, así como varios congeladores o “freezer”. No se observaron otras particularidades, saliendo nuevamente al exterior, se aprecian la calle denominada Nueva Esparta y las inmediaciones del Mercado Municipal; al frente del local inspeccionado se ubica la calle Bermúdez y la prolongación de la Calle Nueva Esparta que empalma con la Avenida M.d.S. el Rincón,…se procede a fijar fotográficamente la fachada del local y su área interna…”.

  4. - ACTA DE ENTREVISTA, que riela al folio Diez (10) de las actuaciones, de fecha 06/01/08, realizada al ciudadano: FENG HUICHAO, de nacionalidad China, Natural de Cantón, nacido en fecha 15/12/86, de 21 años de edad,…Ocupación Comerciante, portador de la Cédula de Identidad E-83.700.010, con residencia en la Calle Nueva Esparta, Local Nº 9, Sector El Mercado, Municipio Bolívar, Caripito Estado Monagas, teléfono de ubicación 0412-795.77.66,…víctima en la presente causa, quien manifestó: “El día de ayer 05/01/2008, como a las cinco horas y treinta minutos de la tarde, al “Supermercado Lizhen Feng, C.A”, llegaron tres sujetos desconocidos portando armas de fuego, quienes nos sometieron y se llevaron mil cien bolívares fuertes en efectivo en varias denominaciones, que había en la caja registradora principal y en la segunda caja registradora, además se llevaron varias tarjetas telefónicas móvil celular de marca “Movistar y Movilnet”, de varias denominaciones, habían de quince bolívares fuerte, de veinticinco bolívares fuerte y de veinte bolívares fuerte, todo por valor total a los trescientos bolívares fuerte, luego los sujetos huyeron a pie, hacia el puente del Sector El Rincón de Caripito, un funcionario policial me dijo que los sujetos habían corrido metiéndose en el rió. Es todo. FUNCIONARIO RECEPTOR PROCEDE A INTERROGAR AL ENTREVISTADO DE LA SIGUIENTE MANERA:…SEGUNDA: ¿Diga usted, en el hecho resulto lesionada alguna persona? CONTESTO: “Si, a una p.m., que es la cajera, de nombre “Ana”, tiene nombre chino, pero no sé como se escribe, a ella la golpearon en la cabeza con la cacha de la pistola por una de los sujetos”…CUARTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento de quienes son los autores del hecho delictivo que expone? CONTESTO: “Si, uno se llama “Marciano” y los otros dos se llaman “Alex” esto lo sé porque estuve averiguando”…SEXTA: ¿Diga usted, las características físicas de los sujetos que cometieron el hecho y que vestimenta portaba? CONTESTO: "Marciano, no es muy alto, tiene como 1.60 metros de estatura, es flaco, es de piel negra, cabello malo, tiene como 17 años del edad, tenía una gorra de color oscuro, vestía franela azul, manga corta, y bermuda de¡ color blanca; uno de los "Alex", es decir el cuñado de "Marciano", quien golpeó a mil prima, tiene como 1.70 de estatura, pelo malo, es flaco, tenía un zarcillo en la oreja derecha, tiene como 20 años, este tenía gorra de color a.c., vestía franela de color blanco, sin manga, y pantalón jeans, tipo bermuda, de color azul, no tenía zapatos, cuando huyó salió corriendo sin zapato; el segundo "Alex", como de 1.65 de estatura, no muy flaco, piel color negra, de cabello malo, como de 18 años de edad, tenía una gorra del color oscuro con blanco en la visera, tenía franela manga corta de color verde oscuro, pantalón jeans, color claro, tipo bermuda. SÉPTIMA: ¿Diga Usted, de volver a ver a le sujetos que describió los reconocería? CONTESTO: "Si, a dos de ellos, a "Marciano" y a su cuñado que llaman "Alex"…NOVENA: ¿Diga Usted, las características de las armas de fuego que portaban los sujetos en mención? CONTESTO: "Marciano tenía una escopeta, corta, de un solo tubo o cañón, de ce negra, con cacha de madera; su cuñado "Alex", tenía una pistola negra, corta, de peine, el otro "Alex", también tenía una pistola corta, no logré verla bien"... DÉCIMA SEGUNDA: ¿Diga Usted, desea agregar algo más a la presente entrevista? CONTESTO: "Quiero consignar un Cd que muestra el video cuando los si entraron al negocio a robar" (EL FUNCIONARIO RECEPTOR DEJA CONSTANCIA DE HABER RECIBIDO DE MANOS DEL ENTREVISTADO EL CITADO CD)…”.

  5. - ACTA DE ENTREVISTA, que riela al folio Once (11) de las actuaciones, de fecha 06/01/08, realizada a la ciudadana: LIANG DE FENG LIZHEN, de nacionalidad China, Natural de Cantón, de 48 años de edad, por haber nacida en fecha 05/12/59,…de profesión u Oficio Comerciante, residenciada en Calle Principal, numero 09, Sector Mercado Municipal, de Caripito Estado Monagas, teléfono 0291-772.1415 y 0412-795.7766, titular de la Cédula de Identidad numero E-82.235.290,…y en consecuencia expuso: "Resulta ser que me encontraba laborando en mi local comercial de nombre Supermercado L.Z.F., ubicado en la dirección arriba mencionada, cuando llegaron tres sujeto, entre ellos uno apodado "El Marciano" y otro apodado "El Alex" portando armas de fuego con las cuales me apuntaron y me obligaron a que les entregara todo el dinero de la caja registradora, por un monto aproximado de mil quinientos bolívares fuertes y la cantidad de treinta tarjetas telefónicas Movistar y Movilnet, por un monto aun no determinado, luego estos sujetos cuando terminaron de meter el dinero y las tarjetas en un bolso de color negro, salieron corriendo del local, con dirección hacia el rió San J.d.C., Es todo." SEGUIDAMENTE EL FUNCIONARIO RECEPTOR PROCEDE A INTERROGAR A LA ENTREVISTADA DE LA SIGUIENTE MANERA:…SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, las características fisonómicas los autores de! hecho que se investiga? CONTESTO: "Bueno el Marciano es Estatura mediana, de piel morena, cabello color negro, como de 18 años de edad. Alex es blanco, de estatura alta, como de 20 años de edad y el orto no lo conozco pero de piel negra, alto, contextura fuerte, como de 20 años de edad"…SEXTA PRESUNTA: ¿Diga usted, las características de las armas que portaban los imputados para el momento de cometer el hecho que narra? CONTESTO: "Bueno Marciano y Alex tenían una escopeta recortada cada uno y el otro sujeto tenia un arma corta, pero no la pude ver muy bien" SÉPTIMA PRESUNTA: ¿Diga usted, alguien resulto lesionado para el momento del hecho que narra? CONTESTO: "Bueno ellos golpearon con un arma en la cabeza a mi sobrina de nombre Ana"…”.

  6. - ACTA DE INVESTIGACION PENAL, que riela al folio Doce (12) de las actuaciones, suscrita en fecha: 06/02/08, por el funcionario Agente C.V., adscrito al Área de Investigaciones del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas (Sub-Delegación Caripito), donde deja constancia de la siguiente diligencia: “En horas de la mañana del día de hoy,…procediendo a editar video de las cámaras de seguridad, del supermercado Chino "LIZHEN FENG, C.A.", donde quedo grabado en un Disco Compacto (CD), escenas del hecho ocurrido; En el mismo se puede visualizar tres ciudadanos con las siguientes Características: uno de contextura delgada, color de piel moreno, vestía franela de color A.c., Bermuda color Blanco, gorra de color Negro, este tenía en su poder, un arma de fuego tipo Escopeta "Recortada", con la que sometía a los presentes; Otro de contextura delgada, color de piel morena, vestía una franelilla sin mangas de color Blanco, Bermuda de Jeans color A.c., gorra de color Negro, portando un arma de fuego tipo Pistola, con la que sometía igualmente a los presentes; El último de contextura delgada, color de piel moreno, vestía camisa manga corta color Azul oscuro, Bermuda Beige, gorra color negro con Blanco, este ciudadano tenía en sus manos un bolso de color Azul, en el que introducía todo lo que sustraía de las cajas registradoras que se encontraban en el lugar; Una vez que este ultimo mencionado retiró el dinero y cosas que se encontraban en las referidas cajas, emprendieron la huida de la Escena del Crimen. Es Todo”.

  7. - ACTA DE ENTREVISTA, que riela al folio Quince (15) de las actuaciones, de fecha 06/01/08, realizada a la ciudadana: XIUQIAO FENG, (Mencionada en actas de entrevistas anteriores como: “ANA”) de nacionalidad China, Natural de Cantón, nacida en fecha 22/12/1990, de 17 años de edad,…de profesión u Oficio Cajera, portadora de la Cédula de Identidad E-84.329.766, con residencia en: Calle Nueva Esparta Principal, en el Local del “Supermercado Lizhen Feng”, Sector Mercado Municipal, Municipio Bolívar, Caripito Estado Monagas,…y en consecuencia expuso: “Yo estaba haciendo el cambio de precio a las mercancías en la caja, cuando llegaron tres malandros, todos tenían gorras en la cabeza, los tres sacaron pistola, uno de los malandros buscó una bolsa de basura para meter el dinero; uno de esos malandros me golpeó con la cacha de la pistola en la cabeza, ya que la caja principal no tenía llave; el me decía "rápido dame la llave”, yo abrí la caja con la llave, y ese malandro sacó, de la caja registradora donde yo estaba, ochocientos mil bolívares en efectivo, en billetes de distinto valor; se llevaron tarjetas telefónicas "Movilnet", "Movistar" y "Digitel", eran de tarjetas de quince mil bolívares, de veinte mil bolívares, de veinticinco mil bolívares y de diez mil bolívares, por todo en tarjetas un aproximado de trescientos mil bolívares; de la caja principal el mismo malandro se llevó un millón y medio de bolívares en efectivo con las tarjetas juntas. Es todo". FUNCIONARIO RECEPTOR PROCEDE A INTERROGAR AL ENTREVISTADO DE LA SIGUIENTE MANERA…TERCERA: ¿Diga Usted, cuantos fueron los sujetos que cometieron hecho que expone? CONTESTO: "Fueron Tres". CUARTA: ¿Diga Usted, describa las características físicas de los autores del hecho que expone y que vestimenta portaban? CONTESTO: "El malandro que me golpeó era flaquito, tenía una gorra, no era muy alto, tenía los pómulos salidos, era jovencito; había otro que estaba cuidando en la calle, tenía una pistola larga, muy flaquito, cara delgada y tenía gorra; y el tercer malandro que buscaba los reales, era tamaño mediano, tenía gorra, era muy flaquito, siempre se la pasa en el mercado, pero ahorita no viene para el negocio, éste tenía un zarcillo en la oreja"…SEXTA: ¿Diga Usted, las características de las armas de fuego que portaban los sujetos que menciona? CONTESTO: "El malandro que me golpeó tenía un arma corta, de color negro, era una pistola vieja; el otro malandro tenía una pistola pequeña; el malandro de tamaño alto tenía una pistola larga"…OCTAVA: ¿Diga Usted, tiene conocimiento de la identidad de esos sujetos que cometieron el hecho que expone? CONTESTO: "Escuché que a uno de ellos le laman "Alex"…No, es todo"…”.

  8. - ACTA DE INVESTIGACION PENAL, que riela al folio Dieciséis (16) de las actuaciones, suscrita en fecha: 10/02/08, por el Inspector (POMU) J.S., adscrito en Comisión de servicio al Área de Investigaciones del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas (Sub-Delegación Caripito), donde deja constancia de la siguiente diligencia: “En horas de la mañana del día de hoy,…me traslade en compañía del funcionario, Agente (PEM): L.S.,…hacia el barrio El Rincón de esta Localidad, con la finalidad con la finalidad de practicar pesquisas destinadas a la identificación de la persona mencionada hasta ahora en actas como: A.P., apodado ALEX, imputado en la presente causa. Una vez en el Sector en referencia y luego de varias pesquisas y por informaciones aportadas por residentes y moradores de la zona, quienes prefirieron mantenerse en el anonimato, por temor a futuras represalias, nos manifestaron que el mismo responde al nombre de: XXXXXXXXXXXXXX apodado ALEX, a quien calificaron como un adolescente de dudosa reputación y de alta peligrosidad, por cuanto ha participado en varios robos a establecimientos Chinos en esta Localidad, siendo uno de éstos perpetrado en Abril del año pasado, el cual fue frustrado por una comisión de este Cuerpo Policial y donde se logró la aprehensión del mismo, en compañía de tres (03) Ciudadanos más y otro adolescente, pero no obstante, fue dejado en libertad, volviéndose reincidente en este tipo de hechos delictuosos, desconociendo la ubicación de éste, para el momento. Oído lo expuesto, regresamos a esta Oficina, donde luego de una breve pesquisa documental, por ante el área de Substanciación, logré constatar que en fecha: 12-04-2007, se le dio apertura, de OFICIO Y POR APREHENSIÓN FLAGRANTE, a la Causa Penal H-109.444, por la comisión de uno de los Delitos Contra La Propiedad, en perjuicio del Establecimiento Comercial Automercado KOL, ubicado en la Avenida Miranda, Sector El Rincón, de esta Localidad, resultando retenido durante este suceso, el adolescente: XXXXXXXXXXXXXXXX, apodado ALEX, de nacionalidad Venezolana, natural de Caripito, Estado Monagas, para la fecha, de 15 años de edad (16 en la actualidad), por haber nacido en fecha: 08-10-91, soltero, sin profesión u oficio conocido, Cedulado V-23.530.732, con residencia fijada en la Calle F.d.M., casa número 09, Barrio El Rincón de este Municipio,…”.

  9. - ACTA, que riela al folio Veintiuno (21) de las actuaciones, suscrita en fecha: 19/08/08, donde se deja constancia que se realizo llamada telefónica al numero 0291-772.1136 del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas (Sub-Delegación Caripito), siendo atendida por el funcionario (Agente) L.M., a quien se le dio instrucciones de practicar citación al adolescente Imputado XXXXXXXXXXXXXXXX, siendo pautada para el día 25/08/08 a las 10:00 de la mañana, con el objeto de que el referido adolescente Designe Abogado de su confianza, que lo asista en la presente Investigación.

  10. - ACTA, que riela al folio Veintitrés (23) de las actuaciones, suscrita en fecha: 25/08/08, siendo las 4:05 de la tarde, se deja constancia de la NO comparecencia por ante este Despacho Fiscal, del adolescente XXXXXXXXXXXXXXXX, quien fue citado en compañía de su Representante Legal con el objeto que Designe Abogado de su confianza, que lo asista en la presente Investigación de la cual estaba pautada para el día de hoy 25/08/08 a las 10:00 de la Mañana.

  11. - ACTA, que riela al folio Veinticuatro (24) de las actuaciones, suscrita en fecha: 25/08/08, donde se deja constancia que se realizo llamada telefónica al numero 0291-772.1136 del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas (Sub-Delegación Caripito), siendo atendida por la funcionaria (Agente) R.C., a quien se le giró instrucciones de practicar citación al adolescente Imputado XXXXXXXXXXXXXXXX, en compañía de su Representante Legal, siendo pautada para el día 01/09/08 a las 08:30 de la mañana, con el objeto de que el referido adolescente Designe Abogado de su confianza, que lo asista en la presente Investigación.

  12. - ACTA, que riela al folio Veinticinco (25) de las actuaciones, suscrita en fecha: 01/09/08, siendo las 4:00 de la tarde, se deja constancia de la NO comparecencia por ante este Despacho Fiscal, del adolescente XXXXXXXXXXXXXXXX, quien fue citado en compañía de su Representante Legal con el objeto que Designe Abogado de confianza, que lo asista en la presente Investigación de la cual estaba pautada para el día de hoy 01/09/08 a las 08:30 de la Mañana.

  13. - ACTA DE INVESTIGACION PENAL, que riela al folio Veintiséis (26) de las actuaciones, suscrita en fecha: 19/08/08, por el (Agente) L.M., adscrito al Área de Investigaciones del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas (Sub-Delegación Caripito),…donde deja constancia de la siguiente diligencia: “En esta misma fecha en horas de la tarde, recibí llamada telefónica por parte del funcionario H.M., adscrito a la Fiscalia Décima del Ministerio Publico del Estado Monagas, solicitando la colaboración que funcionarios se trasladen hasta la Calle F.d.M., Casa numero 09, Sector El Rincón de esta localidad, con la finalidad de que citen al adolescente XXXXXXXXXXXXXXXX, quien es Imputado en la causa penal H-535.264,…acompañado de su Abogado de Confianza,…me traslade en compañía del funcionario Agente L.H., hasta la mencionada dirección,…una vez presente en la mencionada dirección,…fuimos atendido por la ciudadana C.R.P.A., de nacionalidad Venezolana, natural de Caripito, Estado Monagas, 56 años de edad, nacida el 23/05/52,…Cedulada V-XXXXXXXX, quien al ser impuesta del motivo de nuestra comisión nos manifestó: ser la abuela de la persona requerida y que para el momento no se encontraba presente motivo por el cual se le hizo entrega a dicha ciudadano de boleta de citación a nombre del adolescente arriba mencionado, a fin de que comparezca por ante la Fiscalia Décima del Ministerio Publico del Estado Monagas, acompañado de su abogado de confianza,…”.

  14. - ACTA DE INVESTIGACION PENAL, que riela al folio Veintisiete (27) de las actuaciones, suscrita en fecha: 25/08/08, por el (Agente) L.H., adscrito al Área de Investigaciones del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas (Sub-Delegación Caripito),…donde deja constancia de la siguiente diligencia: “En esta misma fecha en horas de la tarde,…recibí llamada telefónica por parte del funcionario H.M., adscrito a la Fiscalia Décima del Ministerio Publico del Estado Monagas, solicitando la colaboración que funcionarios se trasladen hasta la Calle F.d.M., Casa numero 09, Sector El Rincón de esta localidad, con la finalidad de que citen para dicha Representación Fiscal, al adolescente XXXXXXXXXXXXXXXX, quien es Imputado en la causa penal H-535.264,…acompañado de su Abogado de Confianza,…me traslade en compañía del funcionario Detective N.V., hasta la mencionada dirección,…una vez presente en la mencionada dirección,…fuimos recibimos por la ciudadana C.R.P.A., de nacionalidad Venezolana, natural de Caripito, Estado Monagas, 56 años de edad, nacida el 23/05/52,…Cedulada V-5.546.636, quien al ser impuesta del motivo de nuestra comisión nos manifestó: ser la abuela de la persona requerida y que para el momento no se encontraba presente motivo por el cual se le hizo entrega a dicha ciudadano de boleta de citación a nombre del adolescente arriba mencionado, a fin de que comparezca por ante la Fiscalia Décima del Ministerio Publico del Estado Monagas, acompañado de su abogado de confianza,…”.

Con los antes señalados elementos se evidencia la existencia de un hecho punible perseguible de oficio y cuya acción no se encuentra prescrita, que merece según la legislación especial ser sancionado con medida privativa de libertad, que señalan al adolescente XXXXXXXXXXXXXXXX, Apodado “EL ALEX”, como el presunto autor o participe del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en los Artículos 458 Código Penal Vigente, en perjuicio de SUPERMERCADO LIZHEN FENG, C.A, pues se encuentran llenos los extremos previstos en los ordinales 1° , 2° y 3° del Artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal.

Ahora bien, existe un razonable peligro de fuga por parte del adolescente XXXXXXXXXXXXXXXX, Apodado “EL ALEX”, pues el mismo no ha comparecido por ante el Ministerio Público las reiteradas oportunidades en las que ha sido requerido según se evidencia de las boletas de citación y de actas levantadas por la Fiscalía Décima del Ministerio Público y que rielan en autos, tomando en cuenta la magnitud del daño causado y la entidad del delito el cual merece ser sancionado con medida privativa de libertad, esto hace presumir a este Tribunal su disposición de no someterse al proceso.

DISPOSITIVA

En virtud de lo anteriormente expuesto este Tribunal Segundo de Control Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la Republica DECRETA ORDEN DE APREHENSION en contra del adolescente XXXXXXXXXXXXXXXX, Apodado “EL ALEX”, Venezolano, de (16) años de edad, nacido en fecha 08/10/91, titular de la Cédula de Identidad Nº. V-Xxxxxxxxxx residenciado xxxxxxxxxxxx de conformidad con lo establecido en el artículo 44 ordinal 1º de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, el articulo 548 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, 250 ordinales 1,2 y 3 del Código Orgánico Procesal Penal, por Remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, y una vez materializada, deberán comunicarle de inmediato al Fiscal Décimo del Ministerio Público, de conformidad con lo establecido en la citada Ley Especial. Se ordena Remitir la Presente causa a la Fiscalía Décima del Ministerio Público. Líbrense los oficios correspondientes. Cúmplase.

LA JUEZ SEGUNDO DE CONTROL,

ABG. D.M.B.

LA SECRETARIA,

ABG. M.G.B.

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