Decisión de Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de Anzoategui (Extensión Barcelona), de 21 de Mayo de 2009

Fecha de Resolución21 de Mayo de 2009
EmisorTribunal de Protección del Niño y del Adolescente
PonenteSanta Susana Figuera Cabello
ProcedimientoAutorización De Viaje

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.

Barcelona, veintiuno de Mayo de dos mil nueve.

199º y 150º

ASUNTO: BP02-S-2009-002236

Por recibida la anterior solicitud de AUTORIZACION PARA VIAJAR, propuesta por la ciudadana Fiscal Decimoprimera del Ministerio Público, Estado Anzoátegui, abogado EGRIS L.Z., a favor de la niña (Se omite el nombre de conformidad con los artículos 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), hijo de los ciudadanos L.A.F.E. y J.M.J.A., venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad V-10.292.551 y V-24.232.649, respectivamente, junto con los recaudos que en ella se mencionan, todo constante de un (01) folio útil y nueve (09) anexos; en consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio N° 01, la ADMITE por cuanto la misma no es contrario a derecho, de conformidad con lo establecido con el artículo 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el articulo 393 EJUSDEM. Cúmplase.

LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL N° 01.

ABPG. S.S.F..

LA SECRETARIA.

ABOG. ORLYMAR CARREÑO.

En la misma fecha del auto anterior se le dió cumplimiento a todo lo ordenado en él.

LA SECRETARIA.

ABOG. ORLYMAR CARREÑO.

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