Decisión Nº 1.393 de Juzgado Superior Sexto de lo Contencioso Tributario (Caracas), 07-02-2018

Fecha07 Febrero 2018
Número de expediente1.393
Número de sentenciaSent.Int.Nº15-2018
Partes"TEMI, C.A." VS. SENIAT
Distrito JudicialCaracas
EmisorJuzgado Superior Sexto de lo Contencioso Tributario
Tipo de procesoRemisión A La Administración Tributaria Para Que Proceda Con La Ejecución Forzosa
TSJ Regiones - Decisión


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Sexto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 07 de Febrero de 2018.
207º y 158º

ASUNTO: AF46-U-1999-000059. SENTENCIA INTERLOCUTORIA Nº: 15/2018.-
Asunto Antiguo: 1.393.
Vista la diligencia presentada en fecha (01) de Febrero de 2018, por la ciudadana Adda Almanzar, titular de la cédula de identidad Nº 11.032.807 e inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 68.313, actuando en su carácter de abogada sustituta del ciudadano Procurador General de la República, mediante la cual solicitó se ordene a la contribuyente que proceda al cumplimiento voluntario de la sentencia recaída en la presente causa; este Tribunal observa de la revisión de las actas procesales que conforman el presente expediente, que el Recurso Contencioso Tributario fue interpuesto en fecha veintiuno (21) de Septiembre de 1999, por la ciudadana Silvia Armas Noya, titular de la cédula de identidad Nº 7.003.657, e inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 20.852, actuando en su carácter de apoderada judicial de la contribuyente “TEMI, C.A.”, inscrita originalmente en el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha trece (13) de Febrero de 1973, bajo el N° 202 e inserto en el Libro de Registro N° 98-A, bajo el N° 30, cuya última modificación para la época se encuentra inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha diecinueve (19) de Septiembre de 1988, bajo el N° 26, Tomo N° 18-A; contra la Resolución HGJT-A-179 de fecha nueve (09) de Febrero de 1999, emanada por la Gerencia Jurídico Tributaria del hoy Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), la cual declaró Sin lugar el Recurso Jerárquico ejercido en fecha veintiséis (26) de Junio de 1.997, ratificando el Acta de Reconocimiento N° 404317, emanada de la Aduana Aérea de Valencia, Estado Carabobo, así como las subsecuente Planilla de Liquidación N° HAAV-245 de fecha seis (06) de Mayo de 1997, emanada de la misma Aduana, por concepto de Multa de conformidad con lo establecido en los artículos 120, literal b, de la Ley Orgánica de Aduanas y 97 del Código Orgánico Tributario, por un monto de Bs. 12.999.627,91 cantidad equivalente actualmente a Bs. 12.999,63 en virtud de la reconversión monetaria que entró en vigencia el primero (01) de Enero de 2008, según el Decreto con rango, valor y fuerza de Ley de Reconversión Monetaria N° 5.229, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 38.638 del seis (06) de Marzo de 2007.
En el mencionado Recurso se declaró Extinguido por Decaimiento del Interés Procesal, mediante Sentencia Interlocutoria Nº 111/2013 dictada y publicada por este Tribunal en fecha seis (06) de Junio de 2013, y declarada definitivamente firme mediante auto de fecha veintiséis (26) de Noviembre de 2014.
Ahora bien, visto lo solicitado por la ciudadana Adda Almanzar, ya identificada, este Órgano Jurisdiccional ordena de conformidad con lo establecido en el artículo 287 del Código Orgánico Tributario vigente, la ejecución voluntaria de la Sentencia Definitiva Interlocutoria Nº 111/2013 dictada y publicada en fecha seis (06) de Junio de 2013, para lo cual se le concede un plazo de cinco (05) días continuos, a la contribuyente “TEMI, C.A.”, siguientes a su notificación, a fin que cumpla o demuestre haber cumplido con lo dispuesto en la señalada decisión. Líbrese Boleta.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Superior Sexto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los siete (07) días del mes de Febrero del año dos mil dieciocho (2018). Años 207º de la Independencia y 158º de la Federación.
El Juez,


Gabriel Ángel Fernández Rodríguez.
La Secretaria,


Dorelys Dayarí Blanco Malavé.
GAFR/Ddbm/mcmr.-

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