Decisión Nº 1.635 de Juzgado Superior Sexto de lo Contencioso Tributario (Caracas), 10-10-2017

Fecha10 Octubre 2017
Número de expediente1.635
Número de sentenciaSent.Int.Nº88-2017
PartesAUTO REPUESTOS EL MACARO, C.A. VS. SENIAT
Distrito JudicialCaracas
EmisorJuzgado Superior Sexto de lo Contencioso Tributario
Tipo de procesoCumplimiento Voluntario
TSJ Regiones - Decisión


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Sexto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 10 de Octubre de 2017.
207º y 158º

Asunto: AF46-U-2000-000064 Sentencia Interlocutoria: Nº 88/2017.
Asunto Antiguo: 1.635.

Vista la diligencia de fecha cuatro (04) de Octubre de 2017, suscrita por la ciudadana Adda Almanzar, titular de la cédula de identidad Nº 11.032.807 e inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 68.313, actuando en su carácter de abogada sustituta del ciudadano Procurador General de la República, mediante la cual solicitó se ordene a la contribuyente que proceda al cumplimiento voluntario de la sentencia recaída en la presente causa; este Tribunal observa de la revisión de las actas procesales que conforman el presente expediente, que el Recurso Contencioso Tributario fue interpuesto subsidiariamente al Recurso Jerárquico en fecha cuatro (4) de Agosto de 1997 por el ciudadano Felipe Navarro Rodríguez, titular de la cédula de identidad Nº 8.732.456, presuntamente actuando en su carácter de representante legal de la contribuyente “AUTO REPUESTOS EL MACARO, C.A.”, inscrita en el Registro de Información Fiscal (R.I.F.) bajo el N° J-07542990-7, contra la Resolución Nº HGJT-A-2484 de fecha catorce (14) de Junio de 1999, emanada de la Gerencia Jurídico Tributaria del hoy Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), la cual declaró Inadmisible dicho Recurso Jerárquico ejercido contra la Resolución de Imposición de Sanción sin número, de fecha veintisiete (27) de Junio de 1997, Notificación 1000002793-1, para el período de imposición Mayo de 1997, por monto de Bs. 162.000,00 emanada de la Oficina de Contribuyentes Especiales – Sector Maracay, Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Central del SENIAT, cantidad equivalente actualmente a Bs. 162,00 en virtud de la reconversión monetaria que entró en vigencia el primero (01) de Enero de 2008, según el Decreto con rango, valor y fuerza de Ley de Reconversión Monetaria N° 5.229, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 38.638 del seis (06) de Marzo de 2007.
El mencionado Recurso fue declarado INADMISIBLE mediante Sentencia Definitiva Nº 1.483 dictada y publicada por este Tribunal en fecha veintiuno (21) de Marzo de 2012 y declarada definitivamente firme mediante auto de fecha trece (13) de Agosto de 2015.
Ahora bien, visto lo solicitado por la ciudadana Adda Almanzar, ya identificada, este Órgano Jurisdiccional ordena de conformidad con lo establecido en el artículo 287 del Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Tributario, la ejecución voluntaria de la Sentencia Definitiva Nº 1.483 dictada por este Juzgado en fecha veintiuno (21) de Marzo de 2012, para lo cual se le concede un plazo de cinco (05) días de despacho, a la contribuyente “AUTO REPUESTO EL MACARO, C.A.” siguientes a su notificación, a fin que cumpla o demuestre haber cumplido con lo dispuesto en la señalada decisión. Líbrese Boleta.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Superior Sexto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los diez (10) días del mes de Octubre del año 2017. Años 207º de la Independencia y 158º de la Federación.-
El Juez,



Gabriel Ángel Fernández Rodríguez.
La Secretaria,


Dorelys Dayarí Blanco Malavé.

GAFR/ddbm/mvs.-

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