Decisión Nº 15-S-2017-1551 de Tribunal Décimo Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas. (Caracas), 18-09-2017

Fecha18 Septiembre 2017
Número de sentencia225
Número de expediente15-S-2017-1551
EmisorTribunal Décimo Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas
Distrito JudicialCaracas
PartesYELITZA EVELYN MONTENEGRO
Tipo de procesoRectificacion De Acta De Defuncion
TSJ Regiones - Decisión


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL DÉCIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS

207° Y 158°

SOLICITANTE: YELITZA EVELYN MONTENEGRO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-11.927.852.
ABOGADO ASISTENTE DE LA SOLICITANTE: RAMÓN DOMINGUEZ, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 237.044.
MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCION.
TIPO DE SENTENCIA: Definitiva.
Expediente No. 15-S-2017-1551.
- I -
DE LA PRETENSION

Se inicia el presente procedimiento, a través de escrito presentado en fecha 17 de abril de 2017, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial de los Tribunales de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, (U.R.D.D.), con sede en los Cortijos, por la ciudadana YELITZA EVELYN MONTENEGRO, venezolana mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-11.927.852, asistida por el ciudadano RAMÓN DOMINGUEZ, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 237.044, la cual fue recibida ante este Tribunal en fecha 20 de abril de 2017 a los fines de requerir la RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCION, de su madre, la De-Cujus ROSA MERCEDES MONTENEGRO CAMARGO, la cual se encuentra asentada en el Libro de Acta de Defunción bajo el Nro. 169, folio Nº 169, de fecha 7 de Noviembre de 2005, llevados por ante el Registro Civil de la Parroquia Nuestra Señora del Rosario, Municipio Baruta del Estado Bolivariano de Miranda.
En ese sentido manifiesta la solicitante, que en la referida Acta se incurrió en un error material, por cuanto allí dice que su madre era natural de Caracas, siendo esto incorrecto, ya que su madre era natural de Cúcuta República de Colombia, como consta en su Partida de Nacimiento signada bajo el Nro. 415, expedida por el Registrador Segundo del Municipio San José de Cúcuta- República de Colombia, razón por la cual solicita a este Tribunal se sirva corregir el error material antes mencionado en el acta de defunción Nro. 169.
Mediante auto de fecha 12 de Mayo de 2017, el Tribunal admitió la presente solicitud de Rectificación de Acta de Defunción, ordenó la publicación de un Cartel en el diario “EL UNIVERSAL”, emplazando a todas aquellas personas que puedan tener derechos o que vean afectados sus derechos.-
De igual manera se ordenó notificar al Fiscal del Ministerio Público y se insto a la solicitante consignar copia fotostática de su cédula de identidad. En esa misma fecha se libró Cartel. (f.07, 08 y 09).
Compareció en fecha 24 de mayo de 2017, compareció el ciudadano RAMON DOMINGUEZ, plenamente identificado en autos, quien mediante diligencia consignó copia fotostática de la cédula de identidad de la solicitante y de los fotostatos requeridos por el Tribunal. (f.10).
Mediante nota de Secretaria de fecha 07 de junio de 2017, se libró Boleta de Notificación al Fiscal del Ministerio Publico. (f.12 y 13).
En fecha 12 de junio de 2017, compareció el ciudadano RAMON DOMINGUEZ, plenamente identificado en autos, y consignó cartel publicado en El Diario El Universal. (f.14 al 16)
En fecha 14 de agosto de 2017, compareció el ciudadano FIDEL ESTANCIO, Alguacil Titular de la Unidad de Coordinación de Alguacilazgo de los Tribunales de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Área Metropolitana de Caracas, quien mediante diligencia consignó boleta de notificación firmada y sellada por la Fiscalía Nº 99° del Ministerio Público. (f.17, al 19).
Compareció en fecha 14 de agosto de 2017, el ciudadano LEONARDO MORALES, titular de la cédula de identidad Nro. V16.813.128, oficinista de la Fiscalia 99º del Área Metropolitana de Caracas y consignó diligencia suscrita por la abogada VILMA LEONOR CIFUENTES BARRIOS encargada de la Fiscalia 99º del Ministerio Público, mediante la cual manifestó que esa representación Fiscal como parte de buena fe se mantendrá atenta a la Legalidad del Proceso. (f.20 al 22).
Para probar lo alegado, la solicitante consignó:

- Copia Certificada del Acta de Defunción Nro. 169 de fecha 07 de Noviembre de 2005, de la De-Cujus ROSA MERCEDES MONTENEGRO CAMARGO, expedida por ante el Registro Civil de la Parroquia Nuestra Señora del Rosario, Municipio Baruta del Estado Bolivariano de Miranda. Cursante en autos, en la cual se desprende claramente el error, y por constituir dicha Acta documento público conforme al artículo 1357 del Código Civil, concatenado con lo previsto en el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil, se le aprecia en todo su alcance probatorio, y así se declara.
- Acta de Nacimiento Original y apostillada Nro. 415 expedida por ante el Registro Segundo del Municipio San José de Cúcuta- República de Colombia, Libro 31, folio 415 de 07 de Enero de 1953, de la ciudadana ROSA MERCEDES MONTENEGRO CAMARGO, cursante en autos, en la cual se desprende claramente el error manifestado en la presente solicitud, y por constituir dicha Acta documento público conforme al artículo 1357 del Código Civil, concatenado con el articulo 429 del Código de Procedimiento Civil, se le aprecia en todo su alcance probatorio, y así se declara.
-II-
MOTIVACION

Analizadas las pruebas presentadas por la solicitante, este Tribunal considera suficiente para determinar lo alegado en autos. En consecuencia, este Tribunal Décimo Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ordena la Rectificación del Acta de Defunción Nro. 169, libro 2, folio 169 de fecha 7 de Noviembre de 2005, llevados por ante el Registro Civil de la Parroquia Nuestra Señora del Rosario, Municipio Baruta del Estado Bolivariano de Miranda, perteneciente a la De-Cujus ROSA MERCEDES MONTENEGRO CAMARGO, anteriormente identificada.
- III -
DECISIÓN

Por las motivaciones anteriormente expuestas, este TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la siguiente sentencia:
PRIMERO: Declara CON LUGAR la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE DEFUNCION Nº 169, peticionada por la ciudadana YELITZA EVELYN MONTENEGRO, venezolana mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-11.927.852
SEGUNDO: Se ORDENA la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE DEFUNCION Nº 169, libro 2, folio 169 de fecha 07 de Noviembre de 2007 de la De-Cujus ROSA MERCEDES MONTENEGRO CAMARGO, anteriormente identificada, en consecuencia donde se lee “…natural de Caracas..” debe leerse “… natural de Cúcuta República de Colombia…”que es lo correcto.-
TERCERO: Se acuerda la remisión de copias certificadas de la solicitud y de la presente decisión al Registro Civil de la Parroquia Nuestra Señora del Rosario, Municipio Baruta del Estado Bolivariano de Miranda y al Registro Principal del Estado Miranda, a los fines que estampe la correspondiente nota marginal en el Acta de defunción Nº 169, libro 02 folio N° 169, de fecha 07 de Noviembre de 2005, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 774 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 502 del Código Civil. Asimismo, se ordena expedir copias certificadas y remitirlas junto con oficios a las autoridades correspondientes, una vez consten en autos los fotostátos respectivos.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA, conforme lo prevé el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Tribunal Décimo Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los dieciocho (18) del mes de septiembre de dos mil Diecisiete (2017). Años 207° DE LA INDEPENDENCIA y 158° DE LA FEDERACIÓN.
EL JUEZ TITULAR

RENAN JOSÉ GONZALEZ

EL SECRETARIO,

EDWARD ALEJANDRO COLMENARES

En esta misma fecha, siendo las 2:45 p.m., se publicó y registró la anterior decisión.

EL SECRETARIO,

EDWARD ALEJANDRO COLMENARES.

EXP. 15-S-2017-1551
RJG/ EAC/KEISY

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