Decisión Nº AH13-X-2013-000041 de Juzgado Tercero Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito (Caracas), 16-05-2017

Fecha16 Mayo 2017
Número de expedienteAH13-X-2013-000041
Distrito JudicialCaracas
EmisorJuzgado Tercero Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
Tipo de procesoDisolución De Sociedad
TSJ Regiones - Decisión


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 16 de mayo de 2017
207º y 158º
ASUNTO: AH13-X-2013-000041
Vista la diligencia de fecha 03 de mayo de 2015, presentada por el abogado JUAN VICENTE ARDILA VISCONTI, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 73.419, apoderado judicial de la parte demandada, este Tribunal ordena agregar dicha actuación a los autos junto con su comprobante de presentación, previa su lectura por Secretaria, todo a los fines de que surta los efectos legales consiguientes.
En consecuencia, con vista al pedimento efectuado por la parte demandada, y por cuanto se HOMOLOGO LA TRANSACCIÓN, efectuada por las partes en fecha 25 de abril de 2017, este Tribunal a solicitud de la parte acuerda SUSPENDER la Medida Cautelar Innominada, decretada en fecha 10 de Junio de 2013, y participada al Consultor Jurídico del Instituto Nacional de Aeronáutica Civil (INAC), con oficio Nº 13-0617, de fecha 10 de Junio de 2013, sobre:
“…la inmediata paralización de las operaciones aeronáuticas de la aeronave propiedad de la Sociedad Mercantil YV-733P C.A., identificada con la matricula YV-733P, fabricada por Rocwell Internacional U.S.A., marca Rocwell, Turbo Commander, modelo 690-A, serial No. 11207, fecha de fabricación 1.974...”

De igual forma se acuerda SUSPENDER la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada en fecha 23 de Octubre de 2013, y participada a la Oficina de Registro Público de los Municipios Urdaneta y Cristóbal Rojas del Estado Miranda, con oficio Nº 13-1030, sobre el bien inmueble que se describe a continuación:

“Un Hangar, que forma parte del Aeropuerto Caracas, C. A., (también denominado Aeropuerto Internacional del Centro), constante de una superficie de DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y SEIS CENTIMETROS CUADRADOS (249,56 m2). El Hangar es del Tipo H-18, forma parte de la Nave IV, da su frente a la Calle D del mencionado Aeropuerto Caracas, esta distinguido con el Nº Ciento Treinta y Siete (Nº 137) en el Plano que marcado con la letra “Z” quedó agregado al Cuaderno de Comprobantes de la Oficina Subalterna de Registro del Distrito Urdaneta (hoy Municipio Urdaneta) del estado Miranda, el día 10 de julio de 1980, bajo el Nº 8, folio 8 y se encuentra comprendido dentro de las siguientes medidas y linderos: NORTE: En nueve metros de sesenta y seis centímetros (9,66 mts) con el Hangar Nº 162 y nueve metros con sesenta y seis centímetros (9,66 mts) con el hangar Nº 163 del Aeropuerto Caracas; SUR: En dieciocho metros con quince centímetros (18,15 mts) con la calle D del aeropuerto; ESTE: En doce metros con diez centímetros (12, 10 mts) con el modulo de culata Nº 31 y OESTE: En doce metros con diez centímetros (12, 10 mts) con el Hangar Nº 136”

Dicho inmueble pertenece a la sociedad mercantil YV-733P C. A., según se evidencia de documento protocolizado ante el Registro Público de los Municipios Urdaneta y Cristóbal Rojas del Estado Miranda, en fecha 09 de junio de 2009, bajo el Número 2009.1641, Asiento Registral 1 del Inmueble matriculado con el Nº 236.13.12.1.1165 y correspondiente al Libro de Folio Real del año 2009, el cual se anexa en copia certificada marcada con la letra A…

Se ordena oficiar lo conducente al Consultor Jurídico del Instituto Nacional de Aeronáutica Civil (INAC) y la Oficina de Registro Público de los Municipios Urdaneta y Cristóbal Rojas del Estado Miranda, a los fines de que se sirva estampar la nota marginal y acuse de recibo a este Juzgado.

EL JUEZ,

Dr. GUSTAVO HIDALGO BRACHO
EL SECRETARÍO

Abg. DIEGO CAPPELLI






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