Decisión Nº AH19-X-2016-000054 de Juzgado Noveno Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito (Caracas), 20-10-2017

Número de expedienteAH19-X-2016-000054
Fecha20 Octubre 2017
PartesHOTELERA SOL, C.A., CONTRA EL BANCO MERCANTIL VENEZOLANO N.V. (AHORA MERCANTIL BANK CURACAO, N.V.)
Distrito JudicialCaracas
EmisorJuzgado Noveno Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
Tipo de procesoSuspension De Medidas
TSJ Regiones - Decisión


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 20 de octubre de 2017
207º y 158º

ASUNTO: AH19-X-2016-000054
Con vista a la diligencia presentada en la pieza principal del presente asunto distinguido AP11-V-2016-001460, en esta misma fecha, por los abogados JESÚS ESCUDERO ESTEVEZ, FRANCRIS PEREZ GRAZIANI, RAÚL REYES REVILLA, ANDREA CRUZ SUAREZ, PAOLO RIGIO CAMMARANO y FERNANDO ALEJANDRO FERNANDEZ NUÑEZ, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos 65.548, 65.168, 206.031, 216.577, 29.549 y 118.988, respectivamente, apoderados judiciales de la parte actora los cuatro primeros y los dos últimos, apoderados de la parte demandada, mediante la cual presenta transacción y solicitan en su particular SEXTO, el levantamiento inmediato y definitivo de la medida cautelar de embargo decretada por este Juzgado el 02 de agosto de 2017, que consta en el Cuaderno de medidas. Al respecto, observa este Juzgado, como quiera que se han cumplido con todos los requisitos exigidos por la Ley, los cuales esta Juzgadora debe velar y preservar para mantener el orden del proceso, y con vista a la transacción suscrita entre las partes y debidamente homologada por este Despacho Judicial mediante decisión dictada en esta misma fecha, es por lo que este Juzgado SUSPENDE la MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO decretada en el presente juicio en fecha 02 de agosto de 2017. ASÍ SE ESTABLECE.-
En consecuencia, este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en la pretensión que por ESTIMACIÓN E INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES, incoaran los abogados LUIS GONZALO MONTEVERDE MANCERA, JESÚS ESCUDERO ESTEVEZ, FRANCRIS PEREZ GRAZIANI, RAÚL REYES REVILLA y ANDREA CRUZ SUAREZ, en su carácter de representantes legales de HOTELERA SOL, C.A., contra el BANCO MERCANTIL VENEZOLANO N.V. (ahora MERCANTIL BANK CURACAO, N.V.), ampliamente identificados al inicio de esta decisión, DECLARA: Se SUSPENDE la MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO decretada en el presente juicio en fecha 02 de agosto de 2017 sobre bienes propiedad de la parte demandada, hasta cubrir la cantidad de SEIS MIL CIENTO SESENTA MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO BOLÍVARES (Bs. 6.160.967.354,00), que comprende el doble de la suma demandada en pago y TRES MIL OCHENTA MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS SETENTA Y SIETE BOLÍVARES (Bs. 3.080.483.677,00), si recayese sobre cantidades líquidas de dinero, que comprende la suma líquida demandada. ASÍ SE ESTABLECE.-
LA JUEZ,
EL SECRETARIO,
CAROLINA GARCIA CEDEÑO.-
CARLOS TIMAURE ALVAREZ.-

En esta misma fecha, siendo las dos y cuarenta y cinco minutos de la tarde (2:45 p.m.), previo el cumplimiento de las formalidades de Ley, se publicó y registró la anterior sentencia, dejándose en la Unidad de Archivo la copia certificada a la cual hace referencia el artículo 248 de Código de Procedimiento Civil.-.
EL SECRETARIO,

Abg. CARLOS TIMAURE ALVAREZ
Asunto: AH19-X-2016-000054
INTERLOCUTORIA

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