Decisión Nº AP21-L-2016-000360 de Tribunal Décimo Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo (Caracas), 07-06-2017

Número de expedienteAP21-L-2016-000360
Fecha07 Junio 2017
Número de sentenciaPJ0632017000054
EmisorTribunal Décimo Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo
Distrito JudicialCaracas
PartesCIUDADANOS JOSE ARMANDO ASCANIO, JOSE MARTIN LABRADOR, WILMAR ALEXANDER LUZARDO, LUIS EDUARDO FERNANDEZ, JACKSON JOSE MENDEZ, JOSE DOMINGO CONTRERAS, GIOVANNY ALEXANDER RODRIGUEZ, WILLIANS JOSE DIAZ, ANDRES ELOY YEPEZ Y HERSON YVAN RINCON, EN CONTRA DE LAS SOCIEDAD ANONIMA TECNICA DE CONSERVACION AMBIENTAL (SATECA) Y ALCALDIA DEL MUNICIPIO CHACAO DEL ESTADO MIRANDA,
Tipo de procesoCobro De Prestaciones Sociales
TSJ Regiones - Decisión


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

JUZGADO DUODECIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS

ASUNTO N° AP21-L-2016-000360.-

PARTE ACTORA: JOSE ARMANDO ASCANIO, JOSE MARTIN LABRADOR, WILMAR ALEXANDER LUZARDO, LUIS EDUARDO FERNANDEZ, JACKSON JOSE MENDEZ, JOSE DOMINGO CONTRERAS, GIOVANNY ALEXANDER RODRIGUEZ, WILLIANS JOSE DIAZ, ANDRES ELOY YEPEZ y HERSON YVAN RINCON, venezolanos, mayores de edad y Cédula de Identidad N° 6.151.448, 6.126.911, 16.880.803, 21.284.793, 9.191.434, 17.429.587, 13.642.247, 11.200.881, 10.381.104 y 11.562.652, respectivamente.-

APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: CRUZ MERAIDA ARCIA MORILLO, LEOPOLDO OLIVARES, NEIDA CARBAJAL, EWUARD DARIO ALVAREZ LOYO, ANA MARINA DIAZ, CRUZ MERAIDA ARCIA MORILLO, LEOPOLDO OLIVARES, NEIDA CARBAJAL, EWUARD DARIO ALVAREZ LOYO, ANA MARINA DIAZ.-

PARTES DEMANDADAS: SOCIEDAD ANONIMA TECNICA DE CONSERVACION AMBIENTAL (SATECA) y ALCALDIA DEL MUNICIPIO CHACAO DEL ESTADO MIRANDA.

APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: JOAN CAROLINA GONZALEZ RIVERA Y OTROS.-

CODEMANDADA: ALCALDIO DE CHACAO

APODERADOS JUDICIALES DE LA CODEMANDADA: LEONARD VELASQUEZ, Inpre-abogado N° 255.814.-

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES

ANTECEDENTES
Se inició la presente causa por libelo de demanda presentado en fecha 12 de Febrero de 2016, por el abogado EWUARD DARIO ALVAREZ LOYO, abogado, inscritos en el INPREABOGADO bajo el No.204.844, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos antes mencionados, en contra las co-demandadas SOCIEDAD ANONIMA TECNICA DE CONSERVACION AMBIENTAL (SATECA) y ALCALDIA DEL MUNICIPIO CHACAO DEL ESTADO MIRANDA, siendo admitido por el Juzgado Octavo (8) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 18 de febrero de 2016. Posteriormente en fecha 17 de enero de 2017 (folios 117 y 118 de la pieza principal), el Juzgado Décimo (10°) de Sustanciación Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, dio por concluida la audiencia preliminar, en consecuencia, se ordenó la incorporación al expediente de las pruebas promovidas por ambas partes. Siendo que en fecha 23 de enero de 2017, cuando fue recibida ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos, escrito de contestación. Por auto de fecha 25 de enero de 2017 (folio 32 de la 2° pieza), se ordenó la remisión del presente expediente a los Juzgados de Juicio y luego de verificado el trámite de insaculación de causas le correspondió al Juzgado Duodécimo de Primera Instancia del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, siendo recibida en fecha 31 de enero de 2017. Mediante auto de fecha 08 de febrero de 2017, fueron admitidas las pruebas promovidas por ambas partes, y se fijó oportunidad para la celebración de la audiencia de juicio para el día 22/02/2017, siendo modificada dicha fecha por auto de fecha 09/02/2017, para el día 22/03/2017, a las 9:00 a.m., en dicha fecha tuvo lugar la celebración de la audiencia de juicio, y unos de los demandantes ciudadano JOSE ARMANDO ASCANIO, compareció sin representación judicial, por lo que se reprogramó la audiencia oral de juicio para el día 01/06/2017, a las 9:00 a.m., en dicha fecha tuvo lugar la audiencia oral de juicio en el cual se declaró lo siguiente: PRIMERO: DESISTIDO el procedimiento incoada por ciudadanos JOSE ARMANDO ASCANIO, JOSE MARTIN LABRADOR, WILMAR ALEXANDER LUZARDO, LUIS EDUARDO FERNANDEZ, JACKSON JOSE MENDEZ, JOSE DOMINGO CONTRERAS, GIOVANNY ALEXANDER RODRIGUEZ, WILLIANS JOSE DIAZ, ANDRES ELOY YEPEZ y HERSON YVAN RINCON, en contra de las co-demandadas SOCIEDAD ANONIMA TECNICA DE CONSERVACION AMBIENTAL (SATECA) y ALCALDIA DEL MUNICIPIO CHACAO DEL ESTADO MIRANDA, por concepto de prestaciones sociales y otros, en consecuencia, se da por terminado el presente juicio.- SEGUNDO: Dada la naturaleza del presente fallo, no hay condenatoria en costas.- Ahora bien, y estando en la oportunidad procesal para dictar el fallo in-extenso pasa a realizarlo en los siguientes términos:

ALEGATOS DE LA PARTE ACTORA:

Alega la parte actora en su libelo de demanda lo siguiente:

“… Mis representados comenzaron a prestar sus servicios de forma personal, subordinada para la entidad de trabajo (…), cuyo contrato de Concesión fue suscrito por ate la Alcaldía del Municipio Chacao del Estado Miranda, pero esta había decidido la no renovación o no prorroga del contrato para la ejecución durante l ejercicio correspondiente al año 2014, así como también la contratación del personal y la mano de obra, para la prestación del cérvico público de ASEO Urbano y Domiciliario en el Municipio Chacao del Estado Miranda, desconociendo unilateralmente y con ausencia total de procedimiento la naturaleza plurianual de la contratación suscrita entre el referido Instituto Autónomo Municipal y la entidad de trabajo DATECA, en el año 2010, como resultado del concurso abierto, realizado en el procedimiento de Contratación de 2010, (…)”.-


Este Tribunal para decidir observa:

Ahora bien, vista la inasistencia de la parte actora a la audiencia oral de juicio en fecha 01 de Junio de 2017, cabe destacar lo establecido en el artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo el cual es el tenor siguiente:
“Artículo 151. En el día y la hora fijado para la realización de la audiencia de juicio, deberán concurrir las partes o su apoderado, quienes expondrán oralmente los alegatos contenidos en la demanda y en su contestación, y no podrá ya admitirse la alegación de nuevos hechos.
Si no compareciere la parte demandante se entenderá que desiste de la acción; en este caso, el juez de juicio dictará un auto en forma oral, reduciéndolo a un acta que se agregará al expediente. Contra esta decisión podrá el demandante apelar ambos efectos por arte el Tribunal Superior del Trabajo competente, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes.
De manera que, entiende este Sentenciador que La Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en congruencia con los principios de celeridad, inmediatez y concentración postulados en su artículo 2, quiso recalcar la trascendencia de la audiencia de juicio en el proceso laboral, por ello dispuso en su referido artículo 151, que la incomparecencia de una o ambas partes a dicho acto tendría distintas consecuencias jurídicas, dependiendo del rol de cada sujeto procesal y de los intereses involucrados. En ese sentido, los supuestos de hecho se concretan a tres situaciones: a) si no comparece la parte demandante, se entenderá desistida la acción; b) si quien no comparece es la parte demandada, se le tendrá por confeso con relación a los hechos planteados por la parte demandante; c) si ninguna de las partes compareciere a la audiencia, el proceso se extingue.-
Por tal razón y cumpliendo a cabalidad y estrictamente con lo antes señalado, es forzoso para este Juzgador declarar desistido el procedimiento incoada por los ciudadanos JOSE ARMANDO ASCANIO, JOSE MARTIN LABRADOR, WILMAR ALEXANDER LUZARDO, LUIS EDUARDO FERNANDEZ, JACKSON JOSE MENDEZ, JOSE DOMINGO CONTRERAS, GIOVANNY ALEXANDER RODRIGUEZ, WILLIANS JOSE DIAZ, ANDRES ELOY YEPEZ y HERSON YVAN RINCON, en contra de las SOCIEDAD ANONIMA TECNICA DE CONSERVACION AMBIENTAL (SATECA) y ALCALDIA DEL MUNICIPIO CHACAO DEL ESTADO MIRANDA, por concepto de prestaciones sociales y otros conceptos.-Y ASÍ SE DECIDE.-

DISPOSITIVO

Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: DESISTIDO el procedimiento incoado por los ciudadanos JOSE ARMANDO ASCANIO, JOSE MARTIN LABRADOR, WILMAR ALEXANDER LUZARDO, LUIS EDUARDO FERNANDEZ, JACKSON JOSE MENDEZ, JOSE DOMINGO CONTRERAS, GIOVANNY ALEXANDER RODRIGUEZ, WILLIANS JOSE DIAZ, ANDRES ELOY YEPEZ y HERSON YVAN RINCON, en contra de las SOCIEDAD ANONIMA TECNICA DE CONSERVACION AMBIENTAL (SATECA) y ALCALDIA DEL MUNICIPIO CHACAO DEL ESTADO MIRANDA, por concepto de prestaciones sociales y otros conceptos, en consecuencia, se da por terminado el presente juicio.- SEGUNDO: Dada la naturaleza del presente fallo, no hay condenatoria en costas.- TERCERO: Se ordena notificar al Sindico Procurador Municipal Municipio Chacao de la presente decisión.- Y ASÍ SE ESTABLECE.-

PUBLIQUESE, REGISTRESE, NOTIFIQUESE Y REMITASE

Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del JUZGADO DUODECIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.- En Caracas, a los siete (07) día del mes de Junio de dos mil Diecisiete (2017). Años 207° y 158°.

RONALD FLORES
EL JUEZ
MARCIAL MECIA
EL SECRETARIO


VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR