Decisión Nº AP21-L-2015-000169 de Tribunal Trigesimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución (Caracas), 13-03-2017

Fecha13 Marzo 2017
Número de expedienteAP21-L-2015-000169
EmisorTribunal Trigesimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución
Distrito JudicialCaracas
Tipo de procesoCobro De Prestaciones Sociales Y Otros Conceptos
TSJ Regiones - Decisión


Se inicia el presente procedimiento con motivo de Calificación de Despido, presentado por el ciudadano: OSCAR ALEXANDER CORDOVA HERNANDEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 15.368.176; sin acreditar representación judicial alguna; la cual se dio por recibida por ante este Despacho en fecha veintitrés (23) de enero de 2015 y se dicta despacho saneador el día 30/01/2015.

Ahora bien, a partir del día 25 de marzo de 2015, fecha en que el tribunal ordena la notificación a la parte actora; y siendo que el día 07/04/2015 el alguacil Paúl Perdomo consigna resultas negativas de la notificación a la parte actora y no consta en autos ningún acto de procedimiento de las partes o del tribunal tendientes a darle continuidad al presente proceso estando en etapa de sustanciación.

En este sentido se observa que el artículo 201 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo contempla:

“Toda instancia se extingue de pleno derecho por el transcurso de un (01) año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes…”

En consecuencia, en el caso de marras se aprecia que, a partir del auto del tribunal de fecha 25/ 03/2015 hasta la presente fecha 13/03/2017, ha transcurrido más del año previsto en la norma antes transcrita; por lo que conforme al artículo 202 ejusdem, el cual aplica este Tribunal conforme a las facultades atribuidas a los Jueces laborales, contenidas en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; resulta forzoso para este Tribunal declarar la perención, como en efecto se establece.

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