REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
CUARTO (4°) SUPERIOR LABORAL DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, veintiuno (21) de Marzo de dos mil diecisiete (2017)
206º y 158º
ASUNTO Nº: AP21-R-2016-000957
PARTE ACTORA: ROSBEL MORIN RUIZ RISSO.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: LUIS ALEXIS FLORES Y LUIS ALBERTO RUIZ RISSO, abogados en ejercicio e inscritos en el Inpreabogado bajo los nº 665.558 y 88.003.
PARTE DEMANDADA: INVERSIONES LIMONZO, C.A Y KABILA GROUP. S.A
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: WERNER REYES Y OSCAR ERNESTO PARRA MEDINA, abogados en ejercicio e inscritos en el Inpreabogado bajo los nº 82.929 y 82.355 respectivamente.
MOTIVO: Recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, contra la sentencia de fecha; cuatro (04) de octubre del dos mil dieciséis (2016), dictado por el Juzgado Vigésimo Segundo (22°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Recibido el presente expediente en fecha cinco (05) de diciembre de dos mil dos mil dieciséis (2016), pasa este juzgado a resolver la presente causa en los términos que siguen; se observa que en fecha catorce (14) de Marzo de dos mil diecisiete (2017), la representación judicial de la parte demandada, abogado OSCAR ERNESTO PARRA MEDINA, Inpreabogado nº 82.355, según consta en poder cursante en autos; al cual se le confirió la facultad para desistir; desistió expresamente de la apelación formulada contra la sentencia de fecha cuatro (04) de octubre del dos mil dieciséis (2016), dictado por el Juzgado Vigésimo Segundo (22°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
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Ahora bien, verificado los extremos legales correspondientes, y observando que no se afecta el orden público, este Juzgado CUARTO (4°) SUPERIOR LABORAL DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, procede a impartir la homologación respectiva; ordenándose la remisión del presente expediente al Juzgado correspondiente. ASÍ SE DECIDE.
DISPOSITIVO
Por las razones de hechos y de derecho anteriormente expuesto, este Juzgado CUARTO SUPERIOR DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: ÚNICO: HOMOLOGACIÓN DEL DESISTIMIENTO del recurso de apelación ejercido por la parte demandada, contra la sentencia de fecha cuatro (04) de octubre del dos mil dieciséis (2016), dictado por el Juzgado Vigésimo Segundo (22°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SE CONFIRMA LA SENTENCIA DE INSTANCIA. TERCERO: SE CONDENA en costas a la parte demanda recurrente de conformidad con lo establecido en el artículo 62 de la L.O.P.T. Finalmente La decisión documental será publicada dentro del lapso previsto en el artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Cuarto del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas, veintiuno (21) día del mes de Marzo de dos mil diecisiete (2017). Años: 206° y 158° de la Independencia y de la Federación, respectivamente.-
EL JUEZ,
CARLOS ACHIQUEZ
EL SECRETARIO
ELVIS FLORES
Remítase el presente expediente al Juzgado correspondiente mediante oficio.
Asimismo, se ordena la publicación de la presente sentencia en la página electrónica del Tribunal Supremo de Justicia en el sitio denominado Regiones Área Metropolitana de Caracas http://caracas.tsj.gov.ve/.
NOTA: En el día de hoy, se dictó, publicó y diarizó la anterior sentencia, siendo las horas de despacho de esta Alzada.
EL SECRETARIO
ELVIS FLORES