Decisión Nº AP31-S-2018-004835 de Tribunal Duodécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas. (Caracas), 26-07-2018

Número de expedienteAP31-S-2018-004835
Fecha26 Julio 2018
EmisorTribunal Duodécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas
Distrito JudicialCaracas
PartesORLANDO SCARPONE SANDUECI
Tipo de procesoRectificación De Acta De Nacimiento
TSJ Regiones - Decisión


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Duodécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, veintiséis de julio de dos mil dieciocho
208º y 159º

ASUNTO : AP31-S-2018-004835
SOLICITANTE: ORLANDO SCARPONE SANDUECI, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad número V-6.008.681.
ABOGADO ASISTENTE: ciudadano DAVID ALESANDRO CAMPANA JIMENEZ, abogado en ejercicio e inscrito en el I.P.S.A. bajo el número 71.260.
MOTIVO: RECTIFICACION ACTA DE NACIMIENTO.
SENTENCIA: DEFINITIVA
Vista la anterior solicitud, presentada por el ciudadano ORLANDO SCARPONE SANDUECI, asistido por el abogado DAVID ALESANDRO CAMPANA JIMENEZ, up-supra ya identificados, mediante la cual solicitó a este Juzgado la Rectificación de su Acta de Nacimiento, inserta en los Libros llevados por ante Registro Civil de la Parroquia Sucre, Municipio Libertador del Distrito Capital, bajo el No 468, año 1958, alegando que en dicha acta se cometió un error material que en el primer nombre de su padre se colocó “HUMBERTO SCARPONE” siendo lo correcto “UMBERTO SCARPONE ROLLI”.
Para los efectos probatorios acompañó a la presente solicitud:
1.- Copia certificada del acta de nacimiento del ciudadano Orlando Scarpone Sandueci emitida por ante el Registro Civil de la Parroquia Sucre, Municipio Libertador del Distrito Capital.
2.- Copia certificada del acta de nacimiento del ciudadano Humberto Scarpone Rolli, emitida por ante la Oficina del Estado Civil de Teramo, Italia.
3.- Copia de la cédula de identidad del ciudadano Orlando Scarpone Sandueci.
4.-Copia de la cédula de identidad del ciudadano Humberto Scarpone Rolli.
Este Tribunal en atención a lo previsto en el artículo 3 de la Resolución 2009-0006 de fecha 18 de Marzo de 2009, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nro. 39152 de fecha 02 de Abril de 2009, probado como ha sido lo alegado y visto que el error señalado no amerita la tramitación de un juicio ordinario de rectificación; se procede a tramitarlo sumariamente.
Este Juzgado administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la Rectificación del Acta de Nacimiento No. 468, Año 1958, la cual corre inserta en los libros de Nacimiento del Registro Civil de la Parroquia Sucre, Municipio Libertador del Distrito Capital. En consecuencia, donde dice: “HUMBERTO SCARPONE", debe decir y leerse: "UMBERTO SCARPONE ROLLI", quedando así rectificada el ACTA DE NACIMIENTO antes señalada.
En tal virtud, remítase copia certificada de la solicitud, de la presente decisión y ejecución de la misma mediante oficio al Registro Civil de la Parroquia Sucre, Municipio Libertador del Distrito Capital, así como al Registrador Principal del Distrito Capital, para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil. Elabórense las copias certificadas acordadas, a tenor de lo que establece el artículo 112 ibídem, una vez consten en autos los fotostatos requeridos para su elaboración. Líbrense Oficios. Cúmplase.-.
LA JUEZ,
ABG. ANABEL GONZALEZ GONZALEZ

LA SECRETARIA,
ABG. LIGIA ELENA ELIAS
AGG/LEE/Nelly

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR