Decisión Nº AP31-S-2017-006269 de Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas. (Caracas), 23-03-2018

Número de expedienteAP31-S-2017-006269
Fecha23 Marzo 2018
Número de sentenciaS-N
EmisorTribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas
PartesJOSE SILVESTRE RAMIREZ
Distrito JudicialCaracas
Tipo de procesoRectificacion De Acta De Defuncion
TSJ Regiones - Decisión


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
207° y 159°

SOLICITANTE: JOSE SILVESTRE RAMIREZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-5.974.318.
ABOGADO ASISTENTE: ARCENIO ANTONIO DUQUE OCHOA, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 51.105.
MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCION
TIPO DE SENTENCIA: Definitiva.
Expediente No. AP31-S-2017-006269

- I -

Visto el escrito presentado en fecha 01 de noviembre de 2017, por el ciudadano JOSE SILVESTRE RAMIREZ, debidamente asistido por el abogado en ejercicio ARCENIO ANTONIO DUQUE OCHOA, identificados anteriormente, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial Civil del Área Metropolitana de caracas, (U.R.D.D), y recibido ante este Tribunal en fecha 01 de noviembre de 2017, por medio de la cual solicita la Rectificación del Acta de Defunción de su hijo, expedida por ante el Registro Civil de la Parroquia San Pedro del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, según consta de Acta Nº 3553, folio Nº 053, Tomo Nº 15, de fecha 18 de septiembre de 2017, inserta en el Libro de Registro de Defunción llevado ante esa autoridad civil, cursante a los autos, pues alega el solicitante que se cometió un error material en cuanto a la fecha de defunción colocaron “dieciséis de abril del año dos mil diecisiete (16/04/2017)” cuando lo correcto es “dieciséis de septiembre del año dos mil diecisiete (16/09/2017)”
Por auto de fecha 09 de noviembre de 2017, el Tribunal admitió la presente solicitud de Rectificación de Acta de Defunción. Se ordenó la publicación de un Cartel en el diario “ULTIMAS NOTICIAS” o “EL NACIONAL”, emplazando a cuantas personas puedan ver afectados sus derechos a fin de que hicieran parte en el presente procedimiento. Asimismo, se ordenó notificar al Fiscal del Ministerio Público. En esa misma fecha se libró Cartel y se solicitó fotostatos para proveer.
En fecha 20 de noviembre de 2017, compareció el ciudadano JOSE SILVESTRE RAMIREZ, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-5.974.318, debidamente asistido por el abogado ARCENIO ANTONIO DUQUE OCHOA, antes identificado, mediante diligencia consigno fotostatos a los fines de librar boleta de Notificación al Fiscal del Ministerio Público. Asimismo otorgo Poder Apud Acta al abogado antes mencionado.
En fecha 23 de noviembre de 2017, El Juez Abogado Enrique Tomas Guerra Monteverde, se aboca al conocimiento de la presente causa.
Mediante nota de Secretaría de fecha 23 de noviembre de 2017, se libró Boleta de Notificación al Fiscal del Ministerio Público, conforma lo ordenada en auto de admisión de fecha 09 de noviembre de 2017.
En fecha 24 de noviembre de 2017, compareció el abogado ARCENIO ANTONIO DUQUE OCHOA, antes identificado, mediante diligencia retiró cartel.
En fecha 12 de diciembre de 2017, comparecieron los ciudadanos LEOPOLDO COLMENARES GUTIERREZ y ANGEL GILBERTO PLANAS HERNANDEZ, venezolanos, titulares de las cedulas de identidad Nros V-9.211.497 y V- 7.923.976, respectivamente, quienes declararon el conocimiento que tienen con respecto a la solicitud de Rectificación de Acta de Defunción.
En fecha 06 de diciembre de 2017, Compareció el abogado ARCENIO ANTONIO DUQUE OCHOA, antes identificado, mediante diligencia consignó cartel debidamente publicado en el diario el Nacional.
En fecha 20 de diciembre de 2017, compareció el ciudadano JAIME GARCIA, titular de la cedula de identidad Nº V- 11.438.043, mensajero de la Fiscalía del Ministerio Publico y consignó diligencia suscrita por la abogada MARIA CRISTINA ROZAS, encargada de la Fiscalía Nonagésima Cuarta del Ministerio Publico, mediante la cual se da por notificada y nada tiene que objetar a la presente solicitud
En fecha 08 de enero de 2018, compareció el ciudadano JOSE FELIX DURAN, Alguacil Titular de la Unidad de Coordinación de Alguacilazgo de este circuito sede, consignando Boleta de notificación firmada y sellada por el Fiscal del Ministerio Público.
En fecha 01 de febrero de 2018, compareció el abogado ARCENIO ANTONIO DUQUE OCHOA, antes identificado, mediante diligencia solicito se dicte sentencia a la brevedad posible.

Para probar lo alegado el solicitante consignó a la solicitud los siguientes documentos:
 Certificado de Defunción de fecha 17 de septiembre 2017, llenado a mano y por constituir dicha Acta documento público autentico conforme al artículo 1357 del Código Civil, con lo que prevé el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil, se le aprecia en todo su alcance probatorio, y así se declara.

 Copia certificada del Acta de Defunción Nº 3553, Tomo Nº 15, Folio Nº 053 año 2017, del De-Cujus DERWIN JOSE RAMIREZ SARCOS, expedida por ante el Registro Civil de la Parroquia San Pedro del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, de fecha 18 de septiembre de 2017, cursante en autos, de la cual se desprende claramente el error material cuanto a la fecha de defunción; y por constituir dicha Acta documento público autentico conforme al artículo 1357 del Código Civil, con lo que prevé el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil, se le aprecia en todo su alcance probatorio, y así se declara.
 Copia fotostática de la cédula de identidad de los ciudadanos DERWIN JOSE RAMIREZ SARCOS y JOSE SILVESTRE RAMIREZ, respectivamente; a las cuales se les otorga pleno valor probatorio conforme lo estipula el artículo 429 ejusdem; y así se establece.

-II-

Analizadas las pruebas presentadas por el solicitante, este Juzgador las considera suficiente para determinar lo alegado en autos. En consecuencia, este Tribunal Quinto de Municipio, Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta la siguiente sentencia:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE DEFUNCION Nº 3553, Tomo Nº 15, Folio Nº 053 año 2017, expedida por ante el Registro Civil de la Parroquia San Pedro del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, de fecha 18 de septiembre de 2017, correspondiente al De-Cujus DERWIN JOSE RAMIREZ SARCOS, quien en vida fue venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.190.657.
SEGUNDO: Se ORDENA la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE DE DEFUNCION Nº 3553, Tomo Nº 15, Folio Nº 053 de fecha 18 de septiembre de 2017, expedida por ante el Registro Civil de la Parroquia San Pedro del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, correspondiente al De-Cujus DERWIN JOSE RAMIREZ SARCOS; en lo que respecta a la fecha de defunción colocaron “dieciséis de abril del año dos mil diecisiete (16/04/2017)” cuando lo correcto es “dieciséis de septiembre del año dos mil diecisiete (16/09/2017)”
TERCERO: Se acuerda la remisión de copias certificadas de la solicitud y de la presente decisión ante el Registro Civil de la Parroquia San Pedro del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, a los fines que estampe las correspondientes nota marginal en el Acta de Defunción Nº 3553, Tomo Nº 15, Folio Nº 053 de fecha 18 de septiembre de 2017, correspondiente al De-Cujus DERWIN JOSE RAMIREZ SARCOS de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 149 de la Ley Orgánica de Registro Civil, en concordancia con el artículo 502 del Código Civil. Asimismo, se ordena expedir copias certificadas junto con oficios a las autoridades correspondientes, una vez consten en autos los fotostatos respectivos.
Publíquese, Regístrese Notifíquese y déjese copia, conforme a lo previsto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada, y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Quinto de Municipio, Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, a los 23 días del mes de marzo del año dos mil dieciocho (2.018). Años 207º de la Independencia y 159º de la Federación.
EL JUEZ,

ENRIQUE TOMAS GUERRA MONTEVERDE.
EL SECRETARIO,


EDWARD ALEJANDRO COLMENARES.
En esta misma fecha siendo las 11:40 a.m, se publicó y registró esta decisión.
EL SECRETARIO,


EDWARD ALEJANDRO COLMENARES.


Exp. AP31-S-2017-006269
ETGM/EAC/Russell



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