Decisión Nº AP31-S-2018-005131 de Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas. (Caracas), 10-08-2018

Número de expedienteAP31-S-2018-005131
Número de sentenciaS-N
Fecha10 Agosto 2018
PartesRICHARD CAMARGO BOUZAS E ISABEL ROSBARBY ARANGO GARCIA.
EmisorTribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas
Distrito JudicialCaracas
Tipo de procesoSeparacion De Cuerpos
TSJ Regiones - Decisión


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas, Diez (10) de Agosto de 2018.-
Años: 208° y 159°

Visto el escrito de solicitud de SEPARACIÓN DE CUERPOS presentado por los ciudadanos RICHARD CAMARGO BOUZAS e ISABEL ROSBARBY ARANGO GARCIA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-16.554.943 y V-11.742.637, respectivamente, asistidos por los abogados LUZ MIREYA MENA GONZALEZ y ALEJANDRO PAREJO, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 183.332 y 111.453, respectivamente, ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial Civil del Área Metropolitana de Caracas, (U.R.D.D.), désele entrada y anótese en el libro respectivo. En consecuencia, este Tribunal ADMITE la presente solicitud de Separación de Cuerpos cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa en la ley, en consecuencia, este Tribunal DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS entre los ciudadanos antes identificados; en los mismos términos y condiciones por ellos convenidos, de conformidad con lo establecido en los artículos 188 y 189 del Código Civil, en concordancia con el parágrafo primero del artículo 762 del Código de Procedimiento Civil. Expídanse por secretaria copias certificadas del escrito de solicitud y del presente auto, y entréguese a la parte interesada de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, una vez sea consignados por los solicitantes los fotostatos correspondientes. Cúmplase.-
EL JUEZ,

ENRIQUE TOMAS GUERRA MONTEVERDE.
EL SECRETARIO,


EDWARD ALEJANDRO COLMENARES.

En esta misma fecha, quien suscribe, EDWARD ALEJANDRO COLMENARES, Secretario del TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, CERTIFICA: Que la copia fotostática que antecede es traslado fiel y exacto de su original, el cual corre inserto a los folios del expediente No. EXP. Nº AP31-S-2018-005131, de conformidad con lo establecido en los Artículos 111 y 112 del código de procedimiento civil.
EL SECRETARIO,



EDWARD ALEJANDRO COLMENARES.



No. EXP. Nº AP31-S-2018-005131,

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