Decisión Nº AP31-S-2017-004316 de Tribunal Décimo Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas. (Caracas), 21-03-2018

Fecha21 Marzo 2018
Número de sentencia398
Número de expedienteAP31-S-2017-004316
Distrito JudicialCaracas
EmisorTribunal Décimo Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas
PartesFLORELIA REY DE FORERO, MARIA DEL PILAR FORERO DE SILVA, SILVIA MERCEDES FORERO DE SOJO, PABLO ANTONIO FORERO REY Y JAVIER JOSE FORERO REY
Tipo de procesoDeclaracion De Unicos Y Universales Herederos
TSJ Regiones - Decisión



REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 21-03-2018
207º y 159°

Vista la anterior solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos; así como las Justificaciones promovidas y evacuadas al efecto, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor Derecho, y de conformidad con lo previsto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, se Declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a los ciudadanos FLORELIA REY DE FORERO, MARIA DEL PILAR FORERO DE SILVA, SILVIA MERCEDES FORERO DE SOJO, PABLO ANTONIO FORERO REY y JAVIER JOSE FORERO REY, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nro. V-1.579.876, V-6.326.217, V-6.561.324, V-6.561.325 y V-11.668.699 respectivamente, causahabientes del De-Cujus PABLO ANTONIO FORERO HERNANDEZ, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad Nº V-6.099.859, fallecido Ab-Intestato, en fecha 05 de enero de 2017, en la Parroquia El Recreo del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital. Expídanse por secretaría copias certificadas de la presente solicitud y entréguese a la parte interesada de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, una vez sean consignados por los solicitantes los fotostatos correspondientes.-
Devuélvanse las presentes actuaciones a la parte interesada a los fines legales consiguientes, previa anotación en el Libro Diario llevado en este Tribunal.- Cúmplase.
EL JUEZ TITULAR,

DR. RENAN JOSE GONZALEZ.

LA SECRETARIA,

YENNY CARABALLO.
AP31-S-2017-004316 AAML/JGCH

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