Decisión Nº AP31-S-2016-010071 de Tribunal Décimo Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas. (Caracas), 26-05-2017

Número de expedienteAP31-S-2016-010071
Fecha26 Mayo 2017
Número de sentencia143
EmisorTribunal Décimo Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas
Distrito JudicialCaracas
PartesMARIO JOSÉ BERROTERAN CHAVEZ
Tipo de procesoRectificacion De Acta De Defuncion
TSJ Regiones - Decisión


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DÉCIMO QUINTO DE MUNICIPIO, ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA
METROPOLITANA DE CARACAS
207 y 158°

SOLICITANTE: MARIO JOSÉ BERROTERAN CHAVEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 6.197-252
ABOGADO ASISTENTE: DAVID JOSE HUNG PEREZ, abogado inscrito en el Inpreabogado bajo el números 121.830
MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCION
TIPO DE SENTENCIA: Definitiva.
Expediente No. AP31-S-2016-010071
- I -
DE LA PRETENSION

Se inicia el presente procedimiento, a través de escrito presentado en fecha 30 de Noviembre de 2016, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial de los Tribunales de Municipio Ordinarios y Ejecutores de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, (U.R.D.D.) por el ciudadano MARIO JOSÉ BERROTERAN CHAVEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 6.197-252, representado por el abogado en ejercicio DAVID JOSE HUNG PEREZ, abogado inscrito en el Inpreabogado bajo el números 121.830, y recibido por este Tribunal en fecha 02 de Diciembre 2016, a los fines de requerir la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE DEFUNCION Nº 035, del año 2015, la cual corre inserta por ante los Libros de actas de Nacimiento llevados por el Registro Civil del Municipio Libertador, Parroquia El Paraíso del Distrito Capital.
En ese sentido manifiesta el solicitante, que en la mencionada Acta se incurrió en un error material de fondo, por cuanto su representado ciudadano MARIO JOSÉ BERROTERAN CHAVEZ, no aparece como hijo de la fallecida, alegando el funcionario que en el acta de nacimiento aparecía el nombre de la madre como Alberta Chávez de Berroteran, cuando lo correcto era Francisca Alberta Chávez de Berroteran, motivo por el cual no se podía colocar como hijo en dicha acta, por lo que se realizo el procedimiento vía judicial solicitando la rectificación de la Partida de Nacimiento, declarando el Tribunal Vigésimo Tercero de Municipio, Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas , con lugar la rectificación del acta de nacimiento Nº 594, en fecha 25 de Febrero de 2016, por lo que en esta oportunidad, ya siendo rectificada su acta de nacimiento solicita se ordene la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO Nº 035, en fecha 06 de enero de 2015.
Por auto de fecha 15 de Marzo de 2017, el Tribunal Admitió la presente solicitud de Rectificación de Acta de Defunción, ordenó notificar al Fiscal del ministerio Público. Asimismo se ordenó la publicación de un cartel en el diario de mayor circulación, emplazando a todas aquellas personas que puedan ver afectados sus derechos o que tengan interés directo o manifiesto en el asunto. En esa misma fecha se libró cartel de emplazamiento.
En fecha 20 de marzo de 2017, compareció el abogado DAVID HUNG, inscrio en el Inpreabogado Bajo el Nro.121.830 y mediante diligencia retiro cartel de citación.
Mediante diligencia de fecha 27 de Marzo de 2017, compareció el abogado DAVID HUNG, inscrito en el Inpreabogado Bajo el Nro.121.830 y mediante diligencia consigna cartel debidamente publicado.
Mediante diligencia de fecha 05 de Abril de 2017, compareció el abogado DAVID HUNG, inscrito en el Inpreabogado Bajo el Nro.121.830 y consigna copias simples a los fines de notificar al Fiscal del Ministerio.
Mediante nota de secretaría de fecha 21 de Abril de 2017, se dejó constancia de haberse librado Boleta de Notificación al Fiscal del Ministerio Público.
En fecha 24 de mayo de 2017, compareció el Fiscal del Ministerio Publico e indico que se mantendrá vigilante de la presente solicitud, nada objeto.
En fecha 25 de mayo de 2017, compareció el Alguacil Miguel Bautista y mediante diligencia consigno boleta de notificación debidamente sellada por Fiscalia.
Para probar lo alegado, el solicitante consignó:
• Copia certificada del Acta de Defunción Nº 035, del año 2015, la cual corre inserta por ante la Unidad de Registro Civil de la Parroquia El Paraíso Municipio Libertador del Distrito Capital, FRANCISCA ALBERTA CHAVEZ BERROTERAN cursante en autos, y por constituir dicha Acta documento público autentico conforme al artículo 1357 del Código Civil, con lo que prevé el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil, se le aprecia en todo su alcance probatorio, y así se declara.
• Copia certificada de la sentencia de Rectificación de Acta de Nacimiento Nº 594 del año 1967 del ciudadano MARIO JOSE BERROTERAN CHAVEZ, la cual corre inserta por ante los Libros de Actas de Nacimiento llevados por el Registro Civil de la Parroquia San Juan Municipio Libertador del Distrito Capital, hijo de la de cujus FRANCISCA ALBERTA CHAVEZ BERROTERAN y por constituir dicha Acta documento público autentico conforme al artículo 1357 del Código Civil, con lo que prevé el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil, se le aprecia en todo su alcance probatorio, y así se declara.
• Copia de la cedula de identidad del ciudadano MARIO JOSE BERROTERAN CHAVEZ y de la De cujus FRANCISCA ALBERTA CHAVEZ BERROTERAN

MOTIVACION

Analizadas las pruebas presentadas por el solicitante este Juzgador considera suficiente para determinar lo alegado en autos. En consecuencia, este Tribunal Décimo Quinto de Municipio, Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ordena RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE DEFUNCION Nº 035, del año 2015, la cual corre inserta por ante la Unidad de Registro Civil de la Parroquia El Paraíso Municipio Libertador del Distrito Capital.
- III -
DECISIÓN

Por las motivaciones anteriormente expuestas, este TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO, ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la siguiente sentencia:
PRIMERO: DECLARA con lugar la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE DEFUNCION Nº 035, peticionada por el ciudadano MARIO JOSE BERROTERAN CHAVEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 20.412.640.
SEGUNDO: Se ORDENA la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE DEFUNCION Nº 035, de la De cujus FRANCISCA ALBERTA CHAVEZ BERROTERAN, en consecuencia en lo que respecta a la mencionada Acta de Defunción donde se lee: HIJOS E HIJAS DEL FALLECIDO 1) BERROTERAN DE SANZ YANIRE, DOCUMENTO DE IDENTIDAD Nº V-6.197.251 debe decir 1) BERROTERAN DE SANZ YANIRE, DOCUMENTO DE IDENTIDAD Nº V-6.197.251 y 2) MARIO JOSE BERROTERAN CHAVEZ, DOCUMENTO DE IDENTIDAD Nº V-6.197.252, siendo esto lo correcto.
TERCERO: Se acuerda la remisión de copias certificadas de la solicitud y de la presente decisión a la Unidad de Registro Civil de la Parroquia El Paraíso Municipio Libertador del Distrito Capital, a los fines que estampen la correspondiente nota marginal en el Acta de Defunción Nº 035, de fecha 06 de Enero de 2015 de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 774 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 502 del Código Civil. Asimismo, se ordena expedir copias certificadas junto con oficios a las autoridades correspondientes, una vez consten en autos los fotóstatos respectivos.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA, conforme lo prevé el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Tribunal Décimo Quinto de Municipio, Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los veintiséis (26) días del mes de mayo de dos mil diecisiete (2017). Años 206° DE LA INDEPENDENCIA y 158° DE LA FEDERACIÓN.
EL JUEZ TITULAR,

DR. RENAN JOSE GONZALEZ.

EL SECRETARIO,

EDWARD COLMENARES.

En esta misma fecha, siendo las 02:45 (p.m.), se publicó y registró la anterior decisión.
EL SECRETARIO,

EDWARD COLMENARES.

EXP. AP31-S-2016-010071
MAF/AC/José Pérez

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