Decisión Nº AP31-S-2017-000592 de Tribunal Vigésimo Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas. (Caracas), 20-03-2017

Número de expedienteAP31-S-2017-000592
Fecha20 Marzo 2017
EmisorTribunal Vigésimo Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas
PartesEDGAR RAFAEL MONTAÑEZ ROJAS, NELLYS MARIA MONTAÑEZ ROJAS, MIGUEL ANGEL MONTANEZ ROJAS Y BLANCA ELENA MONTAÑEZ DE MONTILLA
Distrito JudicialCaracas
Tipo de procesoDeclaracion De Unicos Y Universales Herederos
TSJ Regiones - Decisión
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL VIGÉSIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS.


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL VIGESIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 20 de marzo de 2017
206º y 158°
Vista la anterior solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos; así como las Justificaciones promovidas y evacuadas al efecto, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor Derecho, y de conformidad con lo previsto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil Declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a favor de los ciudadanos EDGAR RAFAEL MONTAÑEZ ROJAS, NELLYS MARIA MONTAÑEZ ROJAS, MIGUEL ANGEL MONTANEZ ROJAS y BLANCA ELENA MONTAÑEZ DE MONTILLA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-2.743.148, V-3.850.128, V-4.003.142 y V-4.003.141, respectivamente, causahabientes de la de-cujus, CARMEN DIAMORA MONTAÑEZ ROJAS, quien en vida fue de nacionalidad venezolana y titular de la cédula de identidad Nº V-3.853.683, fallecida ab-intestato en fecha 17 de noviembre de 2016, en el Municipio Los Salias. Expídanse por secretaría copias certificadas de la presente solicitud y entréguese a la parte interesada de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, una vez sean consignados por los solicitantes los fotostatos correspondientes.
Devuélvanse las presentes actuaciones a la parte interesada a los fines legales consiguientes, previa anotación en el Libro Diario llevado en este Tribunal.- Cúmplase.
LA JUEZ,


ABG. ENEIDA J. TORREALBA
EL SECRETARIO,


ABG. LUIS DANIEL GARCÌA LARA.



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